Ha comparecido ante esta institución doña (…..) con NIE (…..).
Consideraciones
1. Expone la interesada que presentó solicitud para la adquisición de la nacionalidad española por residencia en fecha 5 de abril de 2017.
2. Su solicitud quedó registrada con el número de expediente …../2017.
3. Consultada la página web habilitada a tales efectos por el Ministerio de Justicia, se comprueba que el expediente se encuentra “sin evaluar, pendiente del inicio de tramitación”.
Por todo cuanto antecede se adopta la siguiente decisión:
Decisión
En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella ley orgánica, formular la siguiente:
SUGERENCIA
Que se resuelva el expediente de solicitud de nacionalidad española …../2017 en el sentido que proceda, a la mayor brevedad posible.
En consecuencia, prosigue la actuación solicitando información en el sentido de si se acepta o no la SUGERENCIA formulada y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.
Le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo