Ha comparecido ante esta institución doña (…) con NIE (…).
Consideraciones
1. Expone la interesada que en fecha 1 de marzo de 2016, presentó solicitud para la adquisición de la nacionalidad española.
2. En el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Arjona (Jaén) donde la presentó, quedó registrada con el número de expediente (…).
3. Hasta la fecha no ha recibido comunicación alguna desde ese ministerio, razón por la cual solicita la intervención del Defensor del Pueblo.
4. Se adjunta copia de la documentación aportada por la interesada a los efectos que pudieran resultar oportunos.
Por todo cuanto antecede se adopta la siguiente decisión:
Decisión
En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella ley orgánica, formular la siguiente:
SUGERENCIA
Que se resuelva el expediente de solicitud de nacionalidad española número (…) en el sentido que proceda, a la mayor brevedad posible.
En consecuencia, prosigue la actuación solicitando información en el sentido de si se acepta o no la SUGERENCIA formulada y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.
Le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo