Ha comparecido ante esta institución doña (…..) con NIE ….., solicitando nuestra intervención.
Consideraciones
1. Expone la interesada que presentó solicitud para la adquisición de la nacionalidad española.
2. Su solicitud quedó registrada en el expediente con el número …../2015(…).
3. El 19 de mayo del 2015, habiendo alcanzado su mayoría de edad, se le solicita un certificado de antecedentes penales de Polonia, aunque nunca ha residido ahí. Presenta el certificado solicitado.
4. En el año 2018 se le solicita un nuevo certificado de antecedentes penales. Lo solicita al Ministerio de Justicia de Polonia y lo presenta en fecha 27 de mayo de 2019.
5. Consultada la página web habilitada a tales efectos por el Ministerio de Justicia, se informa que su expediente se encuentra pendiente de trámite solicitado a través de requerimiento enviado al registro civil donde se inició el expediente en fecha 30 de agosto de 2018.
Decisión
En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella ley orgánica, formular la siguiente:
SUGERENCIA
Que se resuelva el expediente de solicitud de nacionalidad española …../2015(…) en el sentido que proceda, a la mayor brevedad posible.
En consecuencia, prosigue la actuación solicitando información en el sentido de si se acepta o no la SUGERENCIA formulada y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.
Le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Defensor del Pueblo (e.f.)