Archivo de un expediente sancionador, una vez obtenido cita para formalizar una solicitud de asilo con anterioridad a una detención

Tipo de actuación: Sugerencia

Administración: Comisaría General de Extranjería y Fronteras. Ministerio del Interior

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 15009258


Texto

El compareciente expone que solicitó cita el 17 de junio del presente año y le fue otorgada para el día 20 de noviembre de 2015.

El día 22 de junio de 2015 fue detenido y le ha sido incoado un expediente sancionador de expulsión, al carecer de cualquier documento que le identifique como solicitante de asilo porque aún no ha presentado la petición. El interesado expresa su preocupación ante la posibilidad de ser expulsado.

Consideraciones

1ª. D. (…) había presentado queja en esta Institución con carácter previo a su detención, precisamente por la demora existente para la formalización de su solicitud de protección internacional y la misma motivó que se iniciaran actuaciones ante la Dirección General de Política Interior, que aún no han concluido.

2ª. El 21 de julio de 2015, se formularon a esa Comisaría General unas Recomendaciones en el expediente 15010274, en los siguientes términos:

“1ª. Adoptar las medidas que procedan para que se habilite, de manera urgente, en coordinación con la Dirección General de Política Interior, un sistema de grabación inmediata en los registros policiales de todas las citas que se otorguen para la presentación de solicitudes de protección internacional.

2ª. Impartir instrucciones para que los funcionarios policiales realicen consultas a estos registros, con la finalidad de evitar la incoación de expedientes sancionadores improcedentes y el riesgo de ejecutar expulsiones o devoluciones de personas que se encuentren en necesidad de protección internacional, vulnerando el principio de no devolución”.

En el mismo escrito, se formulaba una Sugerencia para que se archivara el expediente sancionador incoado a un solicitante de protección internacional que se encontraba en una situación similar a la del interesado en la presente queja.

Dada la proximidad de las fechas en las que se han remitido a esa Comisaría General las citadas resoluciones, aún no se ha recibido la respuesta.

Decisión

1ª. Dar por reproducida la argumentación que motivaron las resoluciones mencionadas.

2ª. En atención a lo establecido en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora de esta Institución, se formula la siguiente:

SUGERENCIA

Impartir instrucciones para que se archive el expediente sancionador incoado a D. (…), una vez realizada la comprobación de que el interesado había obtenido cita para formalizar su solicitud de asilo con anterioridad a su detención.

En la seguridad de que la Sugerencia formulada será objeto de atención por parte de esa Comisaría General.

Le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.