Supervisión de centros de atención a personas con enfermedad mental (Murcia).

RECOMENDACION:

Que se valore la elaboración de una norma, de nivel autonómico, reguladora del uso de contenciones físicas y farmacológicas en la Región de Murcia.

Fecha: 18/11/2024
Administración: Consejería de Salud. Región de Murcia
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 23017298

 

RECOMENDACION:

Que se promueva la actualización del Procedimiento de Contención Mecánica en Unidades de Hospitalización Psiquiátrica de Adultos, para garantizar que las contenciones, en caso de ser necesaria su práctica, atienden a los principios de cuidado, excepcionalidad, necesidad, proporcionalidad, provisionalidad y prohibición del exceso, en el sentido indicado en la Instrucción 1/2022, de 19 de enero, de la Fiscalía General del Estado, sobre el uso de medios de contención mecánicos o farmacológicos en unidades psiquiátricas o de salud mental y centros residenciales y/o sociosanitarios de personas mayores y/o con discapacidad.

Fecha: 18/11/2024
Administración: Consejería de Salud. Región de Murcia
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 23017298

 

RECOMENDACION:

Que se analice la evolución de la demanda de plazas de carácter residencial para personas con enfermedad mental, en el ámbito sanitario y en el sociosanitario, y, en su caso, y sin perjuicio de la prioridad de la atención en el medio comunitario, se contemplen medidas para evitar que en algún momento llegue a producirse demora en la atención a las personas que sean derivadas a estos recursos.

Fecha: 18/11/2024
Administración: Consejería de Salud. Región de Murcia
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 23017298

 

RECOMENDACION:

Que se lleve a cabo un análisis dinámico de la disponibilidad de profesionales de salud mental en esa comunidad autónoma (principalmente personal facultativo, pero también de enfermería especializada y auxiliares), con relación a las necesidades actuales y a las que se puedan dar en el corto y medio plazo, en orden a acordar actuaciones urgentes para asegurar la continuidad en la calidad asistencial a los pacientes con los profesionales idóneos.

Fecha: 18/11/2024
Administración: Consejería de Salud. Región de Murcia
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 23017298

 

RECOMENDACION:

Que todas las unidades o centros que prestan atención de carácter residencial en salud mental cuenten con un sistema reforzado de control y revisión de su funcionamiento y actividad enfocado a la mejor garantía de los derechos de los pacientes o usuarios, más allá del control ordinario que pueden realizar los órganos de dirección hospitalaria o del servicio de salud.

Fecha: 18/11/2024
Administración: Consejería de Salud. Región de Murcia
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 23017298

 

RECOMENDACION:

Que se garantice que los centros residenciales disponen de protocolos específicos de detección de prácticas de violencia sexual, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.

Fecha: 18/11/2024
Administración: Consejería de Salud. Región de Murcia
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 23017298

 

RECOMENDACION:

Que se valore la mejora de la información sobre la atención a la salud mental en la Región de Murcia que se facilita en la página web de esa consejería.

Fecha: 18/11/2024
Administración: Consejería de Salud. Región de Murcia
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 23017298

 

RECOMENDACION:

Que se promueva la planificación anticipada de decisiones para situaciones de crisis como derecho básico en la atención en salud mental, de acuerdo con las previsiones de la Estrategia de Mejora de la Salud Mental 2023-2026 de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

Fecha: 18/11/2024
Administración: Consejería de Salud. Región de Murcia
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 23017298

 

RECOMENDACION:

Que se avance en la coordinación con la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, de acuerdo con las previsiones de la Estrategia de Mejora de la Salud Mental 2023-2026 de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para facilitar el acceso de los facultativos de los centros residenciales a la historia clínica de los residentes y, a la inversa, que la historia clínica que se genera en las residencias sea conocida por los facultativos del SMS.

Fecha: 18/11/2024
Administración: Consejería de Salud. Región de Murcia
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 23017298

 

RECOMENDACION:

Que se desarrolle el procedimiento para presentar sugerencias, reclamaciones, quejas, y agradecimientos referentes al sistema sanitario privado de la Región de Murcia.

Fecha: 18/11/2024
Administración: Consejería de Salud. Región de Murcia
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 23017298

 

SUGERENCIA:

Que se establezca un registro de contenciones y se comuniquen las mismas al Ministerio Fiscal, en el caso de que se produzcan.

Fecha: 18/11/2024
Administración: Consejería de Salud. Región de Murcia
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 23017298

 

SUGERENCIA:

Que se determine un protocolo para la denuncia e investigación de los casos de abusos sexuales.

Fecha: 18/11/2024
Administración: Consejería de Salud. Región de Murcia
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 23017298

 

SUGERENCIA:

Que se elabore un reglamento de régimen interno, que incluya la relación de las posibles infracciones, así como de las sanciones que pueden aplicarse para que sean de conocimiento de los pacientes.

Fecha: 18/11/2024
Administración: Consejería de Salud. Región de Murcia
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 23017298

 

SUGERENCIA:

Que se contemple la posibilidad de establecer un órgano de participación para la expresión de los intereses de pacientes y/o familiares.

Fecha: 18/11/2024
Administración: Consejería de Salud. Región de Murcia
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 23017298

 

SUGERENCIA:

Que se lleve a cabo un plan de mantenimiento, hasta tanto se acometa la remodelación integral del hospital, que además evite los factores de riesgo de lesiones en los pacientes.

Fecha: 18/11/2024
Administración: Consejería de Salud. Región de Murcia
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 23017298

 

SUGERENCIA:

Que se estudien fórmulas de gestión del personal que garanticen una presencia adecuada de personal facultativo en todos los períodos del año.

Fecha: 18/11/2024
Administración: Consejería de Salud. Región de Murcia
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 23017298

 


Supervisión de centros de atención a personas con enfermedad mental (Murcia).

El presente expediente se tramita en el marco de la actividad de supervisión por parte del Defensor del Pueblo, de la atención a personas con enfermedad mental en centros que tienen carácter residencial, temporal o permanente. De este programa de trabajo se ha excluido expresamente la atención de procesos agudos de salud mental en el ámbito hospitalario, en las unidades de hospitalización breve, estancias en las que no llega a producirse estrictamente un ingreso de carácter residencial, como así ocurre cuando el paciente es derivado a una unidad de media o larga estancia, sin perjuicio de la atención que esta institución pueda prestar a estos procesos de hospitalización, tanto a instancia de parte como de oficio.

Para iniciar esta supervisión se remitió un escrito informativo tanto a esa Consejería de Salud de la Región de Murcia, como a la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, acompañado de un cuestionario para recabar determinados datos y documentación de interés para el Defensor del Pueblo. Paralelamente, por parte del equipo técnico de esta institución se mantuvo una reunión con la Dirección General de Salud Mental del Servicio Murciano de Salud, y se giraron sendas visitas al Hospital Psiquiátrico Román Alberca, dependiente del Servicio Murciano de salud, y a la Residencia para personas con enfermedad mental crónica «Luis Valenciano», dependiente el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), ambas ubicadas en El Palmar (Murcia).

Al finalizar las visitas a las unidades residenciales citadas se entregó un cuestionario a los responsables de las mismas, para su remisión cumplimentada al Defensor del Pueblo, información que junto a las conclusiones obtenidas por el personal técnico de esta institución en las respectivas visitas han servido de base para la redacción de este escrito.

Consideraciones

1. Sobre la atención residencial a las personas con enfermedad mental en la Región de Murcia.

Las dos primeras preguntas del cuestionario remitido a esa consejería se referían a las disposiciones normativas autonómicas reguladoras de los recursos de atención residencial en salud mental, así como al listado de centros residenciales para personas con enfermedad mental, que contenga al menos denominación, ubicación, responsable y número de plazas.

En respuesta a esta cuestión se señala que el Servicio Murciano de Salud no dispone de plazas residenciales de larga estancia para personas con Trastorno Mental Grave y/o Adicciones, siendo el Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) el organismo competente en la gestión de este tipo de equipamientos asistenciales.

En lo que respecta a hospitalización psiquiátrica breve, la Región de Murcia cuenta con una unidad cerrada de 20 camas (UHB), gestionada por la Gerencia de Salud Mental, así como una unidad abierta, con 14 camas, gestionada por la Gerencia del Área I de Salud, y cuatro unidades cerradas, con un total agregado de 86 camas, gestionadas por las gerencias de las áreas de salud II, III, VI y VII.

Asimismo, la comunidad autónoma dispone de una unidad cerrada de hospitalización breve para la infancia y adolescencia en el Hospital Clínico Universitario Virgen de la «Arrixaca», con 8 camas, gestionada por la Gerencia del Área I de Salud, una Unidad Hospitalaria de Trastornos de la Conducta Alimentaria (UTCA), específica para tratamiento hospitalario de pacientes adultos con Trastornos de la Conducta alimentaria, con 6 camas, y una Unidad de Desintoxicación Hospitalaria (UDH), con 8 camas.

Por otro lado, el Servicio Murciano de Salud dispone de un contrato, mediante el cual se ofertan un total de 120 plazas de ocupación mixta en Comunidad Terapéutica (CT) distribuidas en seis establecimientos sanitarios en el territorio de la comunidad autónoma y 15 plazas para mujeres víctimas de violencia de género, con problemas graves de salud mental y adicciones.

Aunque la solicitud de esta institución no se refería particularmente a la atención residencial de larga estancia, al excluirse únicamente la hospitalización breve de pacientes agudos, este extremo se pudo aclarar en la reunión mantenida con esa Administración, quedando recogida en el informe la disponibilidad de plazas tanto de hospitalización breve como de media estancia.

En ese sentido, en la Región de Murcia, en el momento de elaboración del informe, se cuenta con dos recursos para ingresos de media estancia (una duración media del ingreso estimada de seis meses) de adultos con problemas de salud mental. Uno de ellos es público y otro de gestión privada y concertado por el Servicio Murciano de Salud.

El recurso público es la Unidad Regional de Media Estancia del Hospital Psiquiátrico «Román Alberca», unidad cerrada con 74 camas. Dependiente del Servicio Murciano de Salud y gestionada por la Gerencia de Salud Mental, no disponiéndose en la actualidad del programa de pisos terapéuticos.

El recurso privado es la Clínica San Felipe del Mediterráneo, gestionada por el grupo ITA, con el que el Servicio Murciano de Salud mantiene un concierto para el uso de 50 camas psiquiátricas de media estancia.

La información sobre la Red de Salud Mental de la Región de Murcia se recoge de forma ordenada dentro de la web murciasalud.es, facilitando a los usuarios la información correspondiente a su centro de salud mental, mediante el acceso al municipio de residencia. En lo que afecta de forma directa a esta actuación, cabe señalar que la información sobre la atención en la Unidad Regional de Media Estancia (URME), dispositivo destinado a pacientes con trastorno mental grave en los que se hace necesaria una hospitalización más prolongada, se encuentra en la pestaña destinada a los profesionales, ofreciendo una información detallada sobre la unidad, el equipo asistencial y la cartera de servicios.

Al corresponder la atención social a las personas con enfermedad mental crónica, a través de los correspondientes equipamientos asistenciales, al Instituto Murciano de Acción Social (IMAS), no se dispone en la citada página web (murciasalud.es) de información sobre este tipo de dispositivos, lo cual podría resultar de interés para los pacientes y sus familiares, para que puedan acceder a la totalidad de la información sobre la atención a la salud mental, con independencia de la competencia de los diferentes órganos administrativos.

Tampoco se dispone en la citada web de la información sobre el concierto antes referido con la Clínica San Felipe del Mediterráneo, lo que podría resultar igualmente de interés para los usuarios y sus familias.

Según expresa el cuestionario remitido, en esa comunidad autónoma el acceso a las UHB puede ser por derivación de facultativos/as de salud mental (psiquiatra y/o psicólogo/a clínico/a) desde los Centros de Salud Mental (CSM) o desde las Urgencias psiquiátricas hospitalarias. El acceso a las UMEs, UTCA y UDH se realiza por derivación facultativa desde los CSM o desde la UHB.

En lo que respecta a la demanda asistencial, se señala en su informe que, por su funcionamiento, que supone el ingreso de pacientes en crisis psiquiátricas agudas que precisan de atención urgente, no existen listas de espera para las UHB. Por el contrario, sí existen listas de espera para las UME, la UTCA y la UDH. Estas listas de espera son gestionadas desde cada uno de dichas unidades.

En el marco de esta visita a la Región de Murcia el equipo técnico del Defensor del Pueblo visitó también la Residencia para personas con enfermedad mental crónica Luis Valenciano, gestionada por el IMAS. En esta visita se pudo constatar que los facultativos de dicha residencia no disponen de acceso al programa de historia clínica del SMS, circunstancia que también se produce a la inversa.

2. Sobre las líneas estratégicas de trabajo de la comunidad autónoma en salud mental.

La Estrategia de Mejora de la Salud Mental 2023-2026 de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia fue aprobada en el mes de marzo de 2023.

La Estrategia especifica los aspectos en los que la Región de Murcia prevé priorizar el trabajo para la mejora de la atención a la salud mental, que no corresponde a esta institución valorar, dado el carácter técnico del documento, si bien resulta necesario destacar la apuesta de esta Estrategia, que cuenta con 5 ejes, 17 líneas estratégicas y 123 acciones, por un modelo de atención centrado en las personas y un enfoque basado en la recuperación, en la doble perspectiva de la recuperación tanto del trastorno en sí, como de los efectos de haber sido diagnosticado, volviendo a ocupar una posición valiosa en la sociedad.

Con referencia a los recursos de carácter residencial de media estancia, en el epígrafe 6 de la Estrategia, referente a las infraestructuras, se recoge la previsión de remodelación integral del Hospital Román Alberca. Además, cabe señalar la implementación y desarrollo, en todas las Áreas de Salud de la Región de Murcia, del Protocolo de Coordinación Sociosanitaria para personas con Trastorno Mental Grave y/o Adicciones (acción 3.3.1.), el Programa de atención a Personas sin Hogar con Trastorno Mental Grave que les permita el acceso a los recursos asistenciales y sociosanitarios (acción 3.3.7.) o el Programa de atención a personas con Trastorno Mental Grave y necesidades complejas de difícil ubicación (acción 3.3.8.).

Según señala esa consejería, en la elaboración de la Estrategia regional se tuvieron en cuenta las recomendaciones contempladas en la Estrategia de Salud Mental del SNS 2022-2026, asegurando que todas las acciones incluidas estuvieran alineadas con la filosofía y prácticas propuestas en esta última. Además, la CCAA ha evaluado la implementación del Plan de Acción de Salud Mental 2022-2024 en la región.

Con respecto a la oferta de Formación Sanitaria Especializada en Salud Mental en la Comunidad Autónoma, se plantea la ampliación del número de plazas en la Estrategia, aunque no se cuantifica la misma.

3. Sobre la actividad inspectora que se lleva a cabo con respecto al servicio residencial de salud mental.

Mediante Resolución de 10 de marzo de 2022 del Director General de Planificación, Investigación, Farmacia y Atención al Ciudadano, se aprueba el Plan de Inspección de la Dirección General de Planificación, Investigación, Farmacia y Atención al Ciudadano, en relación con los servicios sanitarios y de ordenación y atención farmacéutica, para los años 2022 y 2023.

Este plan, en el Área de actuación de Inspección de centros, servicios y establecimientos sanitarios contempla la evaluación de la calidad sanitaria y detección del cumplimiento normativo en Centros de Media y Larga Estancia autorizados y Residencias Asistidas.

No obstante, la respuesta remitida no facilita resultados, señalando que el Plan de inspección, de carácter bienal, se encontraba todavía en curso cuando fue enviada la misma, si bien en el cuestionario se solicitaba también la información correspondiente al ejercicio 2021, no contemplado en el referido Plan de inspección 2022-2023.

El procedimiento de presentación de reclamaciones/sugerencias por parte de las personas residentes en recursos de salud mental es el correspondiente a todos los servicios públicos sanitarios de la Región de Murcia. En éstos se dispone de hojas de Reclamaciones/Sugerencias normalizadas a disposición de pacientes y usuarios, así como ciudadanos en general. Éstas también pueden ser tramitadas a través de Sede electrónica.

Las sugerencias, quejas o reclamaciones y agradecimientos se dirigirán al gerente de Atención Primaria, director o gerente del hospital, centro o establecimiento sanitario donde hayan tenido lugar los hechos objeto de su formulación. En todos los casos, el personal procederá a su registro en la aplicación informática que se establezca, entregando copia de la declaración o escrito presentado al interesado si se hallare presente.

Las reclamaciones que se presentan directamente en el centro asistencial al que se refiere, se resuelven en un plazo máximo de 30 días desde que es interpuesta. Si la reclamación se presenta en un centro distinto del referido, el plazo de contestación máximo es de 60 días desde que fue interpuesta. Si trascurridos los plazos de resolución no se ha notificado contestación al reclamante, éste podrá dirigirse a la Dirección General de Planificación Sociosanitaria, Farmacia y Atención al Ciudadano, con objeto de conocer la situación de su tramitación.

De acuerdo con la información que se facilita en la página web de esa Administración regional, las quejas, sugerencias y felicitaciones en el ámbito sanitario público son resueltas por los servicios de atención al paciente de las áreas sanitarias o del 061, por el servicio de personal, por el servicio de información al ciudadano y defensa de los usuarios de los servicios sanitarios o por la Dirección de Gestión y Servicios Generales.

En el enlace web facilitado no se hace referencia al procedimiento que han de seguir los ciudadanos para presentar sugerencias, reclamaciones, quejas, y agradecimientos referentes al sistema sanitario privado. Hay que tener en cuenta que la Ley 3/2009, de 11 de mayo, de los derechos y deberes de los usuarios del sistema sanitario de la Región de Murcia contempla la posibilidad de ejercer este derecho de opinión y queja con respecto a la sanidad privada.

4. Sobre las situaciones de especial restricción de derechos de las personas.

No se da respuesta en el cuestionario a la pregunta sobre disposición en el nivel autonómico de alguna norma o protocolo relativo a las condiciones de régimen interior en los centros y servicios con internamiento de salud mental, por lo que esta institución entiende que cada dispositivo asistencial con ingreso elaborará su protocolo de funcionamiento interno adaptado a las características del servicio.

Para las contenciones mecánicas existía un «Protocolo de Atención a Pacientes con Agitación y/o Heteroagresividad» editado por el Hospital Psiquiátrico Román Alberca en 2011, el cual recogía en uno de sus apartados normas para la aplicación de esta práctica. En 2019 se unificó un «Procedimiento de Contención Mecánica en Unidades de Hospitalización Psiquiátrica de Adultos» para su aplicación en UHB y UME públicas de la Comunidad.

Sobre la aplicación de contenciones físicas y farmacológicas, el Defensor del Pueblo ha manifestado en diversas ocasiones la conveniencia de una regulación de carácter estatal y rango de ley orgánica, puesto que se trata de prácticas que limitan el ejercicio de derechos fundamentales, lo que no debe obstar para una regulación autonómica de la aplicación de las mismas en el ámbito sociosanitario, mediante un protocolo asistencial que tenga en cuenta los criterios de los organismos de derechos humanos que vienen abordando esta cuestión.

En lo que respecta a la eliminación o minimización del uso de contenciones, esa consejería informa que la Gerencia de Salud Mental del Servicio Murciano de Salud está comprometida con la minimización/eliminación de uso de contenciones en los centros con internamiento que dependen de ella. En esta línea, incorpora desde hace años, en los Acuerdos de Gestión firmados por los distintas Áreas de Salud, un indicador de contenciones mecánicas cuya meta es la reducción gradual de su aplicación. Para ello se proporciona regularmente formación a los/as profesionales de salud mental en el manejo de los episodios de agitación y agresividad, mediante el entrenamiento en habilidades de desescalada verbal.

En cuanto a la coordinación con el Ministerio Fiscal con relación a la Instrucción 1/2022, de 19 de enero, de la Fiscalía General del Estado, sobre el uso de medios de contención mecánicos o farmacológicos en unidades psiquiátricas o de salud mental y centros residenciales y/o sociosanitarios de personas mayores y/o con discapacidad, esa consejería se limita en su informe a señalar que en la Región de Murcia se ha constituido recientemente la Fiscalía de Discapacidad, la cual forma parte del Consejo Asesor de Salud Mental.

A este respecto, resulta necesario destacar que la referida instrucción ordena la actividad de la fiscalía con relación al uso de las contenciones en personas mayores y/o con discapacidad en los internamientos involuntarios realizados en las unidades de salud mental y su empleo en los centros residenciales y/o sociosanitarios.

En este sentido, y desde una perspectiva integradora, la reiterada instrucción describe los presupuestos que han de orientar la utilización de las restricciones, predicables en todo el territorio nacional, sin perjuicio de la posible existencia de disposiciones normativas de ámbito autonómico que complementen esta visión.

De forma sintética cabe señalar que corresponde a los fiscales comprobar que existe una prescripción médica para practicar una contención física o farmacológica, que el centro dispone de un protocolo para el uso de las contenciones y para su supervisión, que se deja constancia documental y que se respeta la normativa sobre consentimiento informado, con especial interés en los supuestos de personas que no pueden consentir por sí mismas o precisan de apoyos para prestarlo.

Los fiscales deben dirigirse a los servicios de inspección competentes a fin de que informen sobre aquellos centros inspeccionados en los que hayan detectado el uso de sujeciones sin adecuarse a los principios informadores de los protocolos aplicables, y comunicar al órgano sancionador las irregularidades que detecte, por si las mismas pudieran subsumirse en una infracción administrativa.

5. Sobre la visita al Hospital Psiquiátrico Román Alberca.

La visita se produjo en fecha 30 de octubre de 2023, siendo atendido el equipo técnico del Defensor del Pueblo por las personas responsables de las direcciones médica y de enfermería del hospital, así como por diversos profesionales del centro.

Resulta necesario destacar, como primera premisa, que la visita que realiza el Defensor del Pueblo a un establecimiento sanitario o social no tiene por finalidad inspeccionar el funcionamiento del centro, ni está entre las funciones de la institución elaborar un acta sobre la visita a una Unidad de Salud Mental que pueda dar lugar a la incoación de un procedimiento sancionador.

El objetivo del Defensor del Pueblo, por el contrario, es examinar la manera en que la unidad o centro aborda determinadas prácticas que pueden afectar directamente a los derechos de los pacientes o usuarios de los recursos de salud mental y efectuar, en su caso, recomendaciones o sugerencias, desde la perspectiva de garante de los derechos comprendidos en el Título I de la norma suprema, que tiene encomendada por el artículo 54 de la Constitución y por la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, a cuyo efecto supervisa la actuación de las administraciones públicas para el esclarecimiento de sus actos y resoluciones, a la luz de lo dispuesto en el artículo 103.1 del texto constitucional.

En ese sentido, y sin perjuicio de otras cuestiones que puedan surgir durante el transcurso de la visita, la institución tiene un especial interés en examinar (I) la adecuación de los medios de que dispone el centro o unidad para atender a los pacientes o usuarios que tiene asignados, (II) el esfuerzo que se realiza en lo que se refiere a la recuperación y rehabilitación de los pacientes, (III) la atención a las personas que padecen discapacidad, (IV) el control externo que recibe el centro, y (V) el abordaje de las situaciones de especial restricción de derechos.

El Hospital Psiquiátrico «Román Alberca», se encuentra ubicado en El Palmar, pedanía de Murcia, en la que también se encuentra el Hospital Virgen de la Arrixaca, así como la citada residencia Luis Valenciano, una residencia psicogeriátrica, y una residencia para personas con discapacidad intelectual, gestionadas las tres por el IMAS (Instituto Murciano de Acción Social). Dispone de control de acceso en mostrador por personal celador, y presencia de personal de seguridad en la zona de hospitalización de agudos. Acceso peatonal y rodado, sin barreras arquitectónicas.

Desde el punto de vista de la funcionalidad del edificio, cabe señalar que el estado de algunas habitaciones es mejorable. Se observan algunas manchas de humedad o de desgaste, elementos en las ventanas que permiten posibles conductas autolesivas, así como suelos antideslizantes en estado inadecuado. Igualmente genera muchas dudas a los técnicos que realizan la visita la adecuada climatización de las habitaciones.

Aunque en general el complejo presenta un buen estado de limpieza y conservación, algunas estancias requieren de actuaciones de mantenimiento, que podrían estar condicionadas por el proyecto de remodelación integral del hospital, al que se aludió anteriormente en el epígrafe referido a la planificación estratégica en salud mental de la Región de Murcia.

De acuerdo con la información del Registro de Centros y Establecimientos Sanitarios, dispone de 105 camas autorizadas, si bien no se especifica la tipología de pacientes. La última autorización de funcionamiento es de 11 de octubre de 2023.

En el momento de la visita se informa que la ocupación es de 43 personas, con la siguiente distribución: Unidad de Hospitalización breve, 12 personas (7 hombres y 5 mujeres); Unidad de Media estancia, 11 personas (5 hombres y 6 mujeres); y Unidad de Recuperación, 20 personas (14 hombres y 6 mujeres). La ocupación del Hospital, en el momento de la visita, no alcanza el 50% de los pacientes; por lo que la espera desde la derivación del profesional es de apenas 10 días para UME. La situación es diferente, según informan los profesionales, en el centro concertado (Hospital ITA San Felipe), donde la ocupación es superior.

Algunos de los pacientes se encuentran cumpliendo medidas judiciales de seguridad. Se ha elaborado un procedimiento de buenas prácticas entre Servicio Murciano de Salud, Instituto Murciano de Acción Social y juzgados, para determinar el centro adecuado para el cumplimiento de las medidas de seguridad. El diagnóstico principal mayoritario, es de esquizofrenia y, en segundo lugar, de trastornos esquizoafectivos.

De las cifras facilitadas por el centro se desprenden ratios adecuadas de enfermería y de auxiliares (TCAE). En el informe remitido por el centro se señala que en periodo vacacional el personal que se sustituye es enfermería, TCAE, terapeutas ocupacionales y celadores, por lo que las presencias se mantienen. Se solicitan enfermeros especialistas en salud mental para las sustituciones, aunque en este periodo es difícil que haya en bolsa, por lo que las sustituciones se realizan con enfermeros generalistas cuando es necesario. Además, no se suelen sustituir a los psiquiatras ni a los psicólogos por no existir profesionales en bolsa para su sustitución, por lo que las presencias se pueden ver reducidas en esta época.

De acuerdo con la información facilitada por la unidad, algunos pacientes presentan ingresos de larga duración, a priori incompatibles con el carácter sanitario del centro, tanto en la unidad de media estancia como en la de recuperación. No se aprecia personalización de prácticamente ninguna habitación, pese a existir estancias prolongadas.

Se diseña un Plan de Acción Individualizado por cada paciente, con los objetivos de trabajo consensuados con cada uno de ellos y sus familias. De acuerdo con la información facilitada por el centro, para la elaboración del PIR y el diseño de estrategias de intervención, así como valoración y seguimiento de los casos se realizan reuniones (martes y jueves) por parte del equipo multidisciplinar, estableciendo un Plan de Actuación Coordinada (PAC) y el equipo multidisciplinar se reúne diariamente para comentar las incidencias.

El PAC es durante el ingreso del usuario el eje central de planificación del trabajo de recuperación; en él se definen objetivos y se proponen aquellas formas de intervención y actividades ajustados al usuario. A los pacientes desde el ingreso y hasta la realización de la primera reunión del PAC (a los 21 días del ingreso), se les recomienda que participen en grupos transversales de enfermería (estilos de vida saludable y estrategias de recuperación), terapia ocupacional (asamblea, creatividad, estimulación cognitiva, ejercicio físico, ocio), TCAE (paseo saludable) o psicología (grupo psicología). En el PAC se ponen en común aquellas actividades e intervenciones individuales y grupales en las que se incluye al usuario para conseguir los objetivos marcados en el mismo, con unos objetivos conocidos y consensuados por el usuario y el equipo. El PAC permite durante todo el ingreso incorporar aquellos cambios que se consideren en el PIR. Tras la realización del PAC y las sucesivas revisiones, el profesional gestor del caso, el encargado de devolver al usuario los objetivos consensuados para su proceso de recuperación.

En ese sentido y de acuerdo igualmente con la información facilitada, las actividades en turno de mañana son llevadas a cabo, sin perjuicio de la posible colaboración de otro personal de la unidad, por un terapeuta ocupacional en UME y por tres terapeutas ocupacionales en URH, lo que sugiere reconsiderar el número de terapeutas ocupacionales para el turno de mañana en UME.

Hay determinados residentes que cuentan con medidas de apoyo a la discapacidad, provistos por la Fundación Murciana Para La Tutela y Defensa Judicial de Adultos, que tiene como finalidad la provisión de medidas de apoyo a la discapacidad de personas mayores de edad y residentes en la Región de Murcia. En la información remitida por el centro no se precisa el número de estas personas, resultando necesario destacar que en la visita se señaló por los profesionales la percepción de que la Fundación, que externaliza parte de sus trabajos a empresas, se encuentra saturada por el elevado número de personas con medidas de apoyo judicialmente aprobadas, lo que hace que la relación con las personas a las que prestan apoyo sea muy infrecuente. Se alude también por la trabajadora social del centro a la existencia de pacientes extranjeros que carecen de vínculos en la Región, teniendo el apoyo para la atención de las mismas de diversas entidades del tercer sector.

Hay algunas familias implicadas, que visitan regularmente a los pacientes. No hay constituido ningún órgano de participación para la expresión de los intereses de pacientes y/o familiares. Los profesionales del centro indican que FEAFES/Salud Mental España se reúne regularmente con la Dirección General de Salud Mental del SMS.

Se observa una correcta gestión documental, quedando toda la información recogida en la historia clínica de cada paciente.

El centro no dispone de un Reglamento de Régimen Interior que contenga las normas de funcionamiento, así como una relación de infracciones y de sanciones, para garantía de los pacientes. De acuerdo con la información facilitada en la visita, se explican las normas de régimen interior al ingreso del paciente, así como las normas específicas de cada unidad. Las consecuencias de los comportamientos inadecuados se determinan de forma individualizada, no existiendo régimen de infracciones/sanciones de carácter general.

En cuanto a quejas y sugerencias, hay un procedimiento normalizado, con respuesta en breve plazo, lo cual se comprueba documentalmente en la visita. En ese momento se habían presentado 5 formularios de quejas/sugerencias correspondientes a 2023, habiendo sido todas contestadas.

De acuerdo con la información facilitada, las únicas inspecciones recibidas son las realizadas en el marco de la renovación de la autorización como centro sanitario. No se ha recibido inspección del departamento correspondiente de la Consejería de Salud, ni ha acudido ningún representante de la fiscalía.

Los profesionales del centro explican durante la visita que trabajan con el propósito de que las contenciones queden limitadas al mínimo y con la menor duración posible, llevando a cabo formación continua al personal en técnicas de desescalada. En el momento de la visita no hay contenciones activas. Disponen de dos habitaciones en UHB con observación directa desde el control de enfermería, aunque sin cámaras.

El Procedimiento de Contención Mecánica en Unidades de Hospitalización Psiquiátrica de Adultos es de 2019, por lo que podría ser conveniente su revisión, a la vista del contenido de la Instrucción 1/2022, de 19 de enero, de la Fiscalía General del Estado anteriormente citada.

Se revisa en la visita la documentación de la última contención llevada a cabo. Se observa la prescripción médica y el alta. En el Protocolo de Contención Mecánica en UHP, remitido por el centro, se indica que deberá reflejarse por escrito todo lo ocurrido en los formularios de Contención de Enfermería (Selene), procurando la descripción sea lo más completa y detallada posible, destinados al inicio, continuidad y finalización de la sujeción física.

No se dispone de un registro general de contenciones que permita conocer, sin tener que entrar en cada historia clínica, las contenciones practicadas en un período de tiempo. Tampoco se observa consentimiento informado del afectado o de su representante, anterior, simultáneo o posterior, ni que se comuniquen las mismas a la fiscalía o al juzgado.

Aunque se valora como buena práctica el trabajo en planificación anticipada de decisiones en salud mental que remite el centro, en el caso revisado (última contención llevada a cabo) no se accede a la misma.

No consta protocolo de malos tratos, abusos y acoso, para la prevención de éstos y para ordenar el procedimiento de investigación en caso de que se produzca alguna denuncia.

Decisión

Con fundamento en lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, esta institución ha acordado dirigirle las siguientes:

RECOMENDACIONES

1. Que se valore la elaboración de una norma, de nivel autonómico, reguladora del uso de contenciones físicas y farmacológicas en la Región de Murcia.

2. Que se promueva la actualización del Procedimiento de Contención Mecánica en Unidades de Hospitalización Psiquiátrica de Adultos, para garantizar que las contenciones, en caso de ser necesaria su práctica, atienden a los principios de cuidado, excepcionalidad, necesidad, proporcionalidad, provisionalidad y prohibición del exceso, en el sentido indicado en la Instrucción 1/2022, de 19 de enero, de la Fiscalía General del Estado, sobre el uso de medios de contención mecánicos o farmacológicos en unidades psiquiátricas o de salud mental y centros residenciales y/o sociosanitarios de personas mayores y/o con discapacidad.

3. Que se analice la evolución de la demanda de plazas de carácter residencial para personas con enfermedad mental, en el ámbito sanitario y en el sociosanitario, y, en su caso, y sin perjuicio de la prioridad de la atención en el medio comunitario, se contemplen medidas para evitar que en algún momento llegue a producirse demora en la atención a las personas que sean derivadas a estos recursos.

4. Que se lleve a cabo un análisis dinámico de la disponibilidad de profesionales de salud mental en esa comunidad autónoma (principalmente personal facultativo, pero también de enfermería especializada y auxiliares), con relación a las necesidades actuales y a las que se puedan dar en el corto y medio plazo, en orden a acordar actuaciones urgentes para asegurar la continuidad en la calidad asistencial a los pacientes con los profesionales idóneos.

5. Que todas las unidades o centros que prestan atención de carácter residencial en salud mental cuenten con un sistema reforzado de control y revisión de su funcionamiento y actividad enfocado a la mejor garantía de los derechos de los pacientes o usuarios, más allá del control ordinario que pueden realizar los órganos de dirección hospitalaria o del servicio de salud.

6. Que se garantice que los centros residenciales disponen de protocolos específicos de detección de prácticas de violencia sexual, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.

7. Que se valore la mejora de la información sobre la atención a la salud mental en la Región de Murcia que se facilita en la página web de esa consejería.

8. Que se promueva la planificación anticipada de decisiones para situaciones de crisis como derecho básico en la atención en salud mental, de acuerdo con las previsiones de la Estrategia de Mejora de la Salud Mental 2023-2026 de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

9. Que se avance en la coordinación con la Consejería de Política Social, Familias e Igualdad, de acuerdo con las previsiones de la Estrategia de Mejora de la Salud Mental 2023-2026 de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para facilitar el acceso de los facultativos de los centros residenciales a la historia clínica de los residentes y, a la inversa, que la historia clínica que se genera en las residencias sea conocida por los facultativos del SMS.

10. Que se desarrolle el procedimiento para presentar sugerencias, reclamaciones, quejas, y agradecimientos referentes al sistema sanitario privado de la Región de Murcia.

Igualmente, esta institución ha acordado formular, con respecto al Hospital Psiquiátrico Román Alberca, las siguientes:

SUGERENCIAS

1. Que se establezca un registro de contenciones y se comuniquen las mismas al Ministerio Fiscal, en el caso de que se produzcan.

2. Que se determine un protocolo para la denuncia e investigación de los casos de abusos sexuales.

3. Que se elabore un reglamento de régimen interno, que incluya la relación de las posibles infracciones, así como de las sanciones que pueden aplicarse para que sean de conocimiento de los pacientes.

4. Que se contemple la posibilidad de establecer un órgano de participación para la expresión de los intereses de pacientes y/o familiares.

5. Que se lleve a cabo un plan de mantenimiento, hasta tanto se acometa la remodelación integral del hospital, que además evite los factores de riesgo de lesiones en los pacientes.

6. Que se estudien fórmulas de gestión del personal que garanticen una presencia adecuada de personal facultativo en todos los períodos del año.

Se agradece su respuesta a las Recomendaciones y Sugerencias formuladas, en el sentido de si se aceptan o no, así como, en caso negativo, las razones que se opongan para su no aceptación.

Le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

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