Minimización de las molestias ocasionadas por los juegos de balón

Tipo de actuación: Sugerencia

Administración: Junta Vecinal de Cérdigo. Ayuntamiento de Castro-Urdiales

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 13020703


Texto

En relación con la queja arriba indicada, el Ayuntamiento de Castro-Urdiales ha remitido la información solicitada.

Comunica que el 4 de abril de 2016 remitió escrito a esa Junta Vecinal de Cérdigo solicitando información, pero afirma que no ha recibido contestación, motivo por el cual, el Ayuntamiento no ha podido atender el requerimiento de información de esta institución. No obstante en aras de intentar colaborar informa de aquellos datos que les constan.

Indica que no existe un documento firmado por el interesado por el que se negase a la colocación de la malla, ya que su negativa se manifestó verbalmente en una reunión que mantuvo en la Alcaldía, en un intento de mediación realizado desde el Ayuntamiento.

Respecto de la titularidad de la plaza pública de Cérdigo indica que, consultado el inventario municipal de bienes del Ayuntamiento de Castro-Urdiales, no figura el citado bien inmueble entre los bienes de titularidad municipal. Por ello, entiende que, a falta de que esa Entidad confirme esta información, se trata de un bien de dominio público propiedad de esa Junta Vecinal de Cérdigo, y es competencia de la citada Junta Vecinal el mantenimiento y conservación de sus bienes.

Respecto a si el Ayuntamiento de Castro-Urdiales se comprometió a sufragar la valla, indica que se ordenó a la Técnico de obras solicitar presupuesto para colocar la citada valla. Señala que al realizar el replanteo de la obra, esto es comprobar la disponibilidad de los terrenos, el Presidente de la Junta Vecinal de Cérdigo manifestó su oposición a que se colocase en terrenos de la Junta Vecinal, argumentando que el cierre de su propiedad se había realizado invadiendo el terreno de la Junta Vecinal, lo que manifestó igualmente por escrito argumentando que la valla debería instalarse sobre dicho muro, a lo cual se oponía el interesado, según consta en el Ayuntamiento. Aunque dicha oposición se manifestó de modo verbal. Acompaña copia del escrito esa Junta Vecinal argumentando que la valla debía colocarse sobre el cierre de la finca del Sr. (…..).

Consideraciones

1. De la información y documentación facilitada por ambas administraciones se desprende que la plaza es propiedad de esa Junta Vecinal y que actualmente está en buen estado de conservación y debidamente vallada en todo su perímetro, incluida la existencia de una malla protectora de titularidad pública sobre el muro que delimita la plaza y la vivienda del interesado.

2. El Ayuntamiento de Castro Urdiales, para tratar de minimizar las molestias ocasionadas por los juegos de balón, ha intentado sustituir la malla protectora pero afirma que no ha podido hacerlo debido por discrepancias entre el interesado y la Junta vecinal.

3. Puesto que el interesado afirma, en las alegaciones recibidas por esta institución, que no es cierto que se haya negado a la colocación de la malla en el muro que delimita ambas parcelas, y que esa Junta vecinal indica que tampoco se ha opuesto a la sustitución de la malla existente, siempre que se haga manteniendo su “ubicación actual” sobre el muro delimitador, propiedad la junta vecinal”, esta institución considera que el problema planteado está en vías de solución.

Decisión

De conformidad con los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora el Defensor del Pueblo, se ha considerado procedente formular a esa Junta Vecinal de Cérdigo, la siguiente:

SUGERENCIA

Sustituir la malla protectora existente sobre el muro que delimita la plaza y la vivienda del interesado por otra que minimice las molestias ocasionadas por los juegos de balón.

Dicha Resolución se ha formulado igualmente ante el Ayuntamiento de Castro-Urdiales.

Se agradece de antemano su colaboración y se solicita, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica, que a la mayor brevedad posible, comunique si acepta o no la SUGERENCIA, indicando en este último supuesto las razones en que funde su negativa.

Le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

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