Texto
Se ha recibido su escrito referido a la queja arriba indicada.
Consideraciones
1. Tras estudiar cuanto expone el Coordinador de Servicios Sociales y la Policía local, se comprueba que ese Ayuntamiento es consciente del problema existente en la calle (…..) y está llevando a cabo intervenciones a través de los servicios sociales y de la policía local.
2. No obstante, de la información remitida se desprende que existe una gran conflictividad vecinal e inseguridad en esa zona, por lo que no parece que las medidas adoptadas hasta ahora hayan sido todo lo efectivas que se pretendía.
3. Sin perjuicio de las actuaciones que deba llevar a cabo la Agencia de la Vivienda Social, como propietaria de las viviendas situadas en el número 23 de la citada calle, respecto a los inquilinos denunciados, ese Ayuntamiento debe garantizar la seguridad y la convivencia pacífica de sus vecinos.
Decisión
De conformidad con los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, se formula ante ese Ayuntamiento la siguiente:
SUGERENCIA
Valorar la implantación de una mayor presencia de Policía local en la calle (…..).
Se agradece de antemano su colaboración y se solicita, de conformidad con el artículo 30 de la Ley Orgánica, que a la mayor brevedad posible, comunique si acepta o no la SUGERENCIA, indicando en este último supuesto las razones en que funde su negativa.
Le saluda muy atentamente,
Francisco Fernández Marugán
Defensor del Pueblo (e.f.)