Visita a la Comisaría Provincial de Almería en función de Centro de Atención Temporal de Extranjeros (CATE).

SUGERENCIA:

Dar instrucciones para que la detención de inmigrantes rescatados en el mar se realice en centros concebidos específicamente a tal efecto, que ofrezcan las condiciones materiales y el régimen apropiado a su situación jurídica, de conformidad con lo establecido en las normas del Comité Europeo para la Prevención de Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes CPT/inf(2017)3.

Fecha: 17/02/2021
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 20016990

 


Visita a la Comisaría Provincial de Almería en función de Centro de Atención Temporal de Extranjeros (CATE).

En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), tres técnicos de institución visitaron la Comisaría Provincial del Cuerpo Nacional de Policía de Almería.

Como consecuencia de dicha visita se ha alcanzado la siguiente conclusión:

La comisaría es un lugar inadecuado para alojar a las personas rescatadas en el mar, pues no reúne las condiciones básicas para una estancia de más de 24 horas. En concreto, la libertad de movimiento de las personas rescatadas en el mar se haya limitada por su estancia en celdas, no tienen acceso al aire libre, duchas, sala de estar, por lo que no se ofrecen las condiciones materiales ni un régimen apropiado para su situación jurídica, en contra de lo establecido en las normas del Comité Europeo para la Prevención de Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes CPT/inf(2017)3.

Por lo que se formula SUGERENCIA.

Decisión

Con base en estas conclusiones y al amparo de lo dispuesto en el artículo 9.1 y 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se efectúa, respecto de la Comisaría Provincial del Cuerpo Nacional de Policía de Almería, la siguiente

SUGERENCIA

Dar instrucciones para que la detención de inmigrantes rescatados en el mar se realice en centros concebidos específicamente a tal efecto, que ofrezcan las condiciones materiales y el régimen apropiado a su situación jurídica, de conformidad con lo establecido en las normas del Comité Europeo para la Prevención de Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes CPT/inf(2017)3.

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, antes citada, en el sentido de si se acepta o no la sugerencia formulada, así como, en caso negativo, las razones que fundamenten su no aceptación.

Se solicita la siguiente información: número de inmigrantes rescatados en el mar que han sido custodiados durante su detención en la comisaría en los años 2018, 2019 y 2020, con detalle anual del sexo, número de menores acompañados y no acompañados y nacionalidades.

Con esta misma fecha y a efectos meramente informativos, se da traslado al responsable de las dependencias visitadas.

Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta institución y el personal que atendió la visita,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.