Visita a la Policía local de Albacete.

SUGERENCIA:

Sustituir el enrejado de las puertas de las celdas por un sistema que minimice el riesgo de intentos de autolesión o suicidio.

Fecha: 29/09/2020
Administración: Ayuntamiento de Albacete
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 20024309

 

SUGERENCIA:

Ampliar la cobertura del sistema de videovigilancia de manera que cubra todas las zonas por las que transita o en las que permanece la persona detenida a excepción de los baños y la sala para la entrevista reservada con su abogado.

Fecha: 29/09/2020
Administración: Ayuntamiento de Albacete
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 20024309

 

SUGERENCIA:

Adaptar el sistema de videovigilancia y grabación de manera que permita también la captación y grabación de audio.

Fecha: 29/09/2020
Administración: Ayuntamiento de Albacete
Respuesta: Aceptada parcialmente
Queja número: 20024309

 

SUGERENCIA:

Situar el monitor de visualización del sistema de videovigilancia de la zona de calabozos en un lugar que permita preservar un mayor nivel de intimidad de las personas detenidas y a una altura que facilite al agente a cargo de la visualización mantener una postura ergonómica.

Fecha: 29/09/2020
Administración: Ayuntamiento de Albacete
Respuesta: Aceptada
Queja número: 20024309

 

SUGERENCIA:

Mientras no se dote a las celdas de un sistema sonoro de aviso o se adapte el sistema de videovigilancia para habilitar la captación de audio, debería garantizarse una presencia constante de agentes en la zona de calabozos cuando hay detenidos de forma que puedan atender posibles situaciones de urgencia que requieran la asistencia inmediata de los agentes y no puedan ser apreciadas exclusivamente con el visionado de las imágenes.

Fecha: 29/09/2020
Administración: Ayuntamiento de Albacete
Respuesta: Rechazada
Queja número: 20024309

 

SUGERENCIA:

Elaborar un protocolo específico con medidas de actuación en el marco de la pandemia de Covid-19 que incluya las especificidades propias del manejo de detenidos en este contexto.

Fecha: 29/09/2020
Administración: Ayuntamiento de Albacete
Respuesta: Aceptada
Queja número: 20024309

 

SUGERENCIA:

Adoptar las medidas necesarias para garantizar el suministro de alimentación ante una eventual prolongación de la estancia de los detenidos en las dependencias o cuando dicha estancia coincida con las horas de las comidas.

Fecha: 29/09/2020
Administración: Ayuntamiento de Albacete
Respuesta: Aceptada
Queja número: 20024309

 

SUGERENCIA:

Reemplazar los focos instalados en los vehículos de traslado de detenidos que enfocan a la cara de las personas trasladadas por un sistema de iluminación que no constituya una medida innecesariamente aflictiva para las personas detenidas.

Fecha: 29/09/2020
Administración: Ayuntamiento de Albacete
Respuesta: Aceptada
Queja número: 20024309

 


Visita a la Policía local de Albacete.

En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), tres técnicos de esta institución, realizaron de oficio una visita a la Policía local de Albacete.

Como consecuencia de dicha visita se ha llegado a las siguientes conclusiones:

1. La visita se desarrolló sin incidentes y con una actitud colaboradora de los agentes que atendieron al equipo de inspección.

2. Las instalaciones de la Policía Local son relativamente nuevas por lo que las dependencias se encuentran en un estado correcto de conservación y mantenimiento y son accesibles para personas con diversidad funcional, tanto en el acceso general como en el de personas detenidas.

3. Las puertas de dos de las celdas de la zona de calabozo están, en parte, cubiertas por un enrejado que podría utilizarse por las personas detenidas para autolesionarse o suicidarse.

Se formula la SUGERENCIA PRIMERA.

4. El sistema de videovigilancia cubre el garaje, el distribuidor de celdas y el interior de las mismas, pero no las escaleras de acceso a la zona oficinas para la toma de declaración, por lo que no cubre todo el recorrido por el que transita la persona detenida.

Se formula la SUGERENCIA SEGUNDA.

5. Según informó el personal presente durante la visita, el sistema de videovigilancia y grabación no permite la captación de audio.

Se formula la SUGERENCIA TERCERA.

6. El monitor de visualización del sistema de videovigilancia está ubicado en una zona de paso del área de oficinas, donde, según se informó, permanece un agente siempre que hay detenidos en las celdas. Ello supone que las imágenes de las personas detenidas quedan a la vista de toda persona que transite por el pasillo en el que se encuentra la pantalla.

Además, el monitor está situado a una altura que obliga al agente que deba supervisar las imágenes a mantener una postura incómoda y poco ergonómica, mirando hacia arriba de forma permanente.

Se formula la SUGERENCIA CUARTA.

7. Los agentes presentes en el momento de la visita no conocían el tiempo exacto de conservación de las imágenes, por lo que se solicita que remita esta información.

8. Las celdas no disponen de ningún sistema sonoro de aviso a los agentes de custodia, a lo que hay que añadir, como se ha indicado, que el sistema de videovigilancia tampoco permite la captación de audio.

Se formula la SUGERENCIA QUINTA.

9. No hay en las dependencias ropa limpia adecuada a disposición de las personas detenidas que la precisen para que la puesta disposición judicial, o en libertad, en su caso, sea en condiciones dignas, lo que resultaría conveniente.

10. Según la información proporcionada, no se han recibido en estas dependencias órdenes o protocolos concretos en relación con el manejo de detenidos en el marco de la pandemia de covid-19, más allá de lo indicado a la población general y lo previsto por el servicio de prevención de riesgos laborales para todos los trabajadores del Ayuntamiento de Albacete.

Se formula la SUGERENCIA SEXTA.

11. Tampoco se dispone de protocolos de prevención de suicidios o para el manejo de detenidas embarazadas, lo que resultaría conveniente.

12. Según la información recibida, no se prevé que a los detenidos se les ofrezca alimentación ya que suelen estar poco tiempo en calabozo. Sin embargo, aun cuando la estancia no suela prolongarse, debería preverse la posibilidad de ofrecerles alimentación, en particular para aquellos casos en los que el tiempo de permanencia coincida con las horas de las comidas o cuando, por cualquier motivo, la estancia en calabozos deba prolongarse más tiempo del previsto.

Se formula la SUGERENCIA SÉPTIMA.

13. No había, en el momento de la visita, productos de higiene íntima femenina para las detenidas que lo puedan precisar, lo que debería corregirse.

14. Las dependencias no cuentan con sistema de videoconferencia, que facilitaría la comunicación con juzgados y letrados, resultando especialmente útil en caso de nuevas restricciones de movilidad que puedan adoptarse como consecuencia de la pandemia de covid-19.

15. Se dispone de un modelo de ficha de detenido en dependencias, en formato digital, que se asemeja a la ficha de cadena de custodia de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. No obstante, no había ninguna ficha cumplimentadas en el momento de la visita.

Se solicita que remita copia de las últimas cinco fichas cumplimentadas.

16. En la inspección realizada a los vehículos de traslado de detenidos se observó que se han instalados dos focos pequeños que, con una luz especialmente potente, iluminan la parte trasera del coche a la altura de la cara de los detenidos.

Se formula la SUGERENCIA OCTAVA.

Decisión

Con base en estas conclusiones y al amparo de lo dispuesto en los artículos 9.1 y 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se efectúan, respecto de la Policía Local de Albacete, las siguientes

SUGERENCIAS

PRIMERA. Sustituir el enrejado de las puertas de las celdas por un sistema que minimice el riesgo de intentos de autolesión o suicidio.

SEGUNDA. Ampliar la cobertura del sistema de videovigilancia de manera que cubra todas las zonas por las que transita o en las que permanece la persona detenida a excepción de los baños y la sala para la entrevista reservada con su abogado.

TERCERA. Adaptar el sistema de videovigilancia y grabación de manera que permita también la captación y grabación de audio.

CUARTA. Situar el monitor de visualización del sistema de videovigilancia de la zona de calabozos en un lugar que permita preservar un mayor nivel de intimidad de las personas detenidas y a una altura que facilite al agente a cargo de la visualización mantener una postura ergonómica.

QUINTA. Mientras no se dote a las celdas de un sistema sonoro de aviso o se adapte el sistema de videovigilancia para habilitar la captación de audio, debería garantizarse una presencia constante de agentes en la zona de calabozos cuando hay detenidos de forma que puedan atender posibles situaciones de urgencia que requieran la asistencia inmediata de los agentes y no puedan ser apreciadas exclusivamente con el visionado de las imágenes.

SEXTA. Elaborar un protocolo específico con medidas de actuación en el marco de la pandemia de Covid-19 que incluya las especificidades propias del manejo de detenidos en este contexto.

SÉPTIMA. Adoptar las medidas necesarias para garantizar el suministro de alimentación ante una eventual prolongación de la estancia de los detenidos en las dependencias o cuando dicha estancia coincida con las horas de las comidas.

OCTAVA. Reemplazar los focos instalados en los vehículos de traslado de detenidos que enfocan a la cara de las personas trasladadas por un sistema de iluminación que no constituya una medida innecesariamente aflictiva para las personas detenidas.

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, en el sentido de si se aceptan o no las sugerencias formuladas, así como, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.

Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las demás cuestiones referidas en las conclusiones y remita la información solicitada, en su caso, en las mismas.

Con esta misma fecha se da traslado al responsable del centro visitado de las sugerencias y conclusiones remitidas a ese Ayuntamiento.

Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta institución, así como la del personal que atendió la visita,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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