Visita a la Sala de inadmitidos y solicitantes de asilo del Aeropuerto de Las Palmas (Gran Canaria).

SUGERENCIA:

Adoptar las medidas necesarias que garanticen el servicio de raciones de alimentos, nutricionalmente equilibrados y diversos, con inclusión de verdura fresca, fruta y productos lácteos para todas las personas que permanezcan en la sala de inadmitidos y solicitantes de asilo del Aeropuerto de Las Palmas de Gran Canaria.

Fecha: 13/04/2023
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 21027016

 


Visita a la Sala de inadmitidos y solicitantes de asilo del Aeropuerto de Las Palmas (Gran Canaria).

Se agradece el escrito de contestación con motivo de la visita realizada por el Defensor del Pueblo en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), a la Sala de inadmitidos y solicitantes de asilo del Aeropuerto de Las Palmas (Gran Canaria).

Consideraciones

1. En su escrito se comunica que se ha dado traslado a AENA de la Recomendación formulada por esta institución para que se garanticen las condiciones adecuadas de las salas aeroportuarias para la permanencia de las personas migrantes que han sido rechazadas en frontera y los solicitantes de protección internacional. La misma respuesta se da a la Sugerencia formulada para que se supriman las celdas existentes en estas dependencias aeroportuarias que ya no se utilizan.

En consecuencia, se solicita información actualizada de las decisiones que se hayan adoptado por parte de AENA sobre ambas cuestiones, así como la decisión adoptada por esa Dirección General, tras conocer la respuesta de dicha empresa pública.

2. En respuesta a la SUGERENCIA PRIMERA, relativa al sistema de videovigilancia y videograbación, se informa de que ya se han instalado las cámaras sugeridas y se estaba a la espera de que se llevara a cabo la conexión de la instalación al cuadro eléctrico de las dependencias, por lo que se habían iniciado las gestiones a estos efectos. Se solicita información actualizada sobre este asunto.

3. Por lo que se refiere a la alimentación de las personas que permanecen en las salas de inadmitidos del aeropuerto de Las Palmas, se comunica que se han mantenido conversaciones con las compañías transportistas, responsables de la alimentación de las personas a las que se ha rechazado la entrada en España, para que se facilite una alimentación más equilibrada. Al parecer, esta Sugerencia ha sido atendida.

Respecto a la alimentación que se proporciona a los solicitantes de protección internacional de la que es responsable esa Dirección General, se afirma, una vez más, que es la misma que la que se ofrece a todos los privados de libertad en instalaciones policiales.

En este punto, conviene recordar que los solicitantes de protección internacional pueden permanecer en las instalaciones policiales aeroportuarias durante largos periodos de tiempo, lo que no ocurre con el resto de detenidos. Por tanto, resulta evidente que la alimentación que se debe proporcionar ha de ser necesariamente distinta.

Por tanto, procede reiterar la SUGERENCIA SEGUNDA formulada en su día para que se garantice un servicio de raciones de alimentos, nutricionalmente equilibrado y diverso, con inclusión de verdura fresca, fruta y productos lácteos para todas las personas que permanezcan en la sala de inadmitidos y solicitantes de asilo del Aeropuerto de Las Palmas de Gran Canaria.

4. Por lo que se refiere a la formación del personal policial, en su escrito se informa sobre los objetivos de la Oficina Nacional de Derechos Humanos y del Plan Integral de Formación de Derechos Humanos e Igualdad, lo que se valora positivamente.

No obstante, y con el fin de clarificar la cuestión tratada en el presente expediente, es necesario que se informe de los requisitos que se exigen a los funcionarios policiales que prestan servicios en puestos fronterizos: cursos obligatorios y número de horas de los que constan que dichos cursos.

Decisión

Conforme a lo establecido en el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora de esta institución, se solicita que tras el análisis del contenido del presente escrito se pronuncie de manera expresa sobre la SUGERENCIA SEGUNDA, que se reitera.

Asimismo, se ruega remita la información que se solicita en los puntos 1, 2 y 4 del apartado «Consideraciones».

Agradeciendo la colaboración que presta,

le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.