Visita a la Unidad Residencial y Rehabilitadora de Alcohete (Guadalajara).

RECOMENDACION:

Que se dote a las unidades de salud mental o centros socio sanitarios de su ámbito de competencia, de un documento que contemple el consentimiento libre e informado de la persona de ingresar de forma voluntaria, recordando a tal efecto lo dispuesto por el art. 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y por el Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, en su informe CAT/OP/27/2, «El internamiento y la institucionalización son voluntarios únicamente cuando son fruto de la decisión de la persona afectada, que da su consentimiento informado y mantiene la potestad de abandonar la institución o el centro».

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

RECOMENDACION:

Que se dote a los centros socio sanitarios de su ámbito de competencia de un protocolo de prevención, detección, protección y atención a posibles víctimas de malos tratos, abuso o acoso en el centro, que regule el acceso de la persona a la atención sanitaria, psicológica y social, informando de dicho derecho desde su ingreso en la unidad. Asimismo, que se disponga de un libro de registro inalterable en el que queden anotadas las denuncias relativas a malos tratos a las personas ingresadas. Dicho registro podrá ser también electrónico y deberá observar la normativa aplicable en materia de protección de datos.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: En trámite
Queja número: 22014245

 

RECOMENDACION:

Que se tomen todas las medidas a su alcance para aumentar los recursos disponibles en esa comunidad autónoma para aquellas personas ingresadas que cuenten con un cuadro terapéutico favorable puedan ser derivadas a otros recursos como habitaciones con acceso y baño independiente, pisos supervisados o propios con seguimiento terapéutico, que garanticen su autonomía, el pleno ejercicio de su derecho a la intimidad, privacidad en igualdad de condiciones y su derecho a vivir en la comunidad.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

RECOMENDACION:

Que se tomen medidas concretas para desalentar la aplicación de contenciones en las unidades de salud mental, centros residenciales y sociosanitarios de esa comunidad autónoma, sean éstos públicos o privados, garantizándose que en ningún caso sea prescrita de manera genérica sino individualizada en persona y tiempo, nunca como sanción o castigo ni como medida terapéutica, de acuerdo a los estándares internacionales en la materia y las pautas establecidas por la reciente Instrucción 1/2022, de 19 de enero, de la Fiscalía General del Estado, sobre el uso de medios de contención mecánicos o farmacológicos en unidades psiquiátricas o de salud mental y centros residenciales y sociosanitarios de personas mayores y con discapacidad y de la Resolución de 28 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención de la Dependencia.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

RECOMENDACION:

Que se adopten medidas concretas hacia un plan integral de deshabituación tabáquica en unidades de salud mental de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, que promueva, entre otras cuestiones, la sensibilización, acceso y participación de las personas residentes en actividades, talleres y terapias tanto individuales como colectivas, así como garantizar el seguimiento médico conforme al Plan Individualizado de Tratamiento y Rehabilitación (PITR).

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se mejore el registro de personas ingresadas en la unidad, a fin de contar con una base de datos completa y actualizada que facilite la gestión diaria de las personas ingresadas y, al mismo tiempo, contar con datos globales desagregados (edad, género, lugar de residencia previo al ingreso, fecha de ingreso, situación jurídica, situaciones de especial vulnerabilidad, etc.). Asimismo, que la ordenación y el archivo de la documentación relativa a la situación jurídica de las personas ingresadas se formalice en un único sistema digitalizado, además del soporte papel.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se disponga de un protocolo de ingreso a la unidad que organice de manera adecuada la intervención de cada profesional involucrado, sobre las condiciones de su ingreso, sea este voluntario o involuntario, el funcionamiento interno y régimen de vida, derechos que le asisten, explicando de manera clara y accesible la documentación entregada para su firma, así como su derecho a solicitar asistencia jurídica en cualquier momento durante el ingreso o estancia en dicho centro.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se tomen medidas para mejorar el sistema de gestión interna de documentación vinculada a la situación jurídica de los pacientes, en particular con relación al registro de altas, con información actualizada de cada persona, motivo, edad y fecha.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se valore la posibilidad de contar con un jurista en la plantilla de personal del centro, que se encargue de la gestión de la documentación vinculada con la situación jurídica de las personas ingresadas y las comunicaciones con las autoridades con competencia en la materia.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada parcialmente
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se tomen las medidas a su alcance para que la comparecencia judicial celebrada de forma telemática tenga lugar en una sala adecuada a tal fin, garantizándose un entorno no intimidante y respetuoso donde la persona se sienta cómoda y segura para expresarse libremente sobre las condiciones y el trato recibido durante su internamiento.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se tomen las medidas a su alcance para garantizar que las normas de funcionamiento interno de la Unidad Residencial de Alcohete sean explicadas de forma clara y adecuada, previo a requerir la firma del documento de aceptación de las normas por parte de la persona que ingresa a la unidad.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se disponga de un protocolo de prevención de suicidios especifico de esa unidad.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: En trámite
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se unifique la información dada a familiares y personas cercanas con relación al régimen de visitas y que se promueva un régimen con días y horarios – lo más extenso posible -, que se promuevan programas con la participación de familiares o personas cercanas, con posibilidad de salidas acompañadas incluso los fines de semana, previamente acordado según el plan individualizado de tratamiento de cada persona.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se revise el protocolo de actuación ante incumplimiento de normas a fin intentando minimizar las conductas de coerción que vulneran la libertad y autonomía de los pacientes y eliminar cualquier medida que se pueda entenderse como «castigos o sanción por mal comportamiento», con especial énfasis en los que implican la privación de objetos personales o uso de derechos básicos de los pacientes.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se fomente la autonomía en la gestión económica de las personas, disponiendo mecanismos para el uso no supervisado de sus recursos económicos en los casos en los que sea posible y adecuado.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se dote al departamento de terapia ocupacional de la Unidad Rehabilitadora y Residencial de Alcohete de recursos suficientes, que se designen las plazas vacantes de terapeutas ocupacionales a tiempo completo y evaluándose aumentar la plantilla de educadores y monitores, para mejorar el número y variedad de las actividades terapéuticas, recreativas y deportivas, programas de apoyo y promoción de la autonomía, en particular por la tarde, a fin de garantizar el derecho a la rehabilitación, establecido en el artículo 26 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: En trámite
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se efectúen las gestiones necesarias con las autoridades locales para promover la accesibilidad a recursos comunitarios e instaurar un servicio de transporte público a la Unidad Rehabilitadora y Residencial de Alcohete, que promueva la autonomía de las personas ingresadas y su integración con la comunidad, de conformidad con el artículo 19 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: En trámite
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se tomen medidas para mejorar el sistema de gestión de las historias clínicas digitales y garantizar la armonización e integración del sistema de prescripción farmacológica al programa de gestión que utiliza el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM). Asimismo, se considera conveniente mejorar el programa de notificación de errores de administración de fármacos.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se mejore el sistema informático a fin de contar con formularios adecuados a las intervenciones propias de una unidad de rehabilitación y residencial de salud mental.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se disponga de una consulta de psicología clínica con personal suficiente para la realización de terapias individuales y colectivas que mejoren la estancia y recuperación de las personas con problemas de salud mental aquí ingresadas.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: En trámite
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se diseñe un programa de automedicación para favorecer el conocimiento, la autonomía y autogestión de las personas residentes de su propia medicación, como parte el proceso rehabilitador.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada parcialmente
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se designe a la mayor brevedad una persona a cargo de la dirección del centro.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se tomen las medidas a su alcance para elaborar, con el director en funciones, la memoria anual del centro.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se tomen las medidas a su alcance para aumentar la plantilla de profesionales de psiquiatría en la Unidad Residencial y Rehabilitadora de Alcohete.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se revisen los procedimientos de actuación seguidos por el personal del centro y que se tomen medidas concretas para adecuar y actualizar los protocolos a los principios y pautas establecidas en la Instrucción núm. 1/2022, de 19 de enero, sobre el uso de medios de contención mecánicos o farmacológicos en unidades psiquiátricas o de salud mental y centros residenciales y sociosanitarios de personas mayores y con discapacidad, teniendo en consideración las indicaciones contenidas en el apartado 7, con relación a la necesidad de un protocolo especifico de actuación, garantizar el consentimiento libre e informado para cada situación y persona, la necesaria prescripción médica, el control periódico y la necesidad de supervisión y el debido registro y documentación.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que el consentimiento informado de uso de contención mecánica para evitar caídas nocturnas sea susceptible de ser entendido, firmado y revocado por la persona contenida.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se procure dotar a estas salas de aislamiento y contención todos los elementos necesarios para que, en caso de que fuera necesario su uso, las medidas de contención se realicen con las máximas garantías.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se mejore la gestión del sistema de videovigilancia y videograbación de las salas de aislamiento y contención.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que estas salas, al estar videovigiladas y contar con equipo de contención -correas, puerta con cerradura- sean utilizadas únicamente cuando sea estrictamente necesario, limitarse en tiempo y persona a situaciones de riesgo autolítico real, a fin de reducir la estigmatización y evitar vulnerar el derecho a la privacidad e intimidad de la persona con problemas de salud mental.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se efectúen las tareas de mantenimiento tendientes a solucionar los problemas de humedad en las paredes de una de las salas de contención y en patios internos. Asimismo, se considera conveniente cubrir los techos de los pasillos, ocultando los cables de videocámaras e iluminación para minimizar el riesgo de electrocución. Se debería, además, reemplazar las correas de contención se suelen utilizan para sujetar las puertas, lo que no se considera una buena práctica por el riesgo de conductas autolesivas y suicidas que podrían suponer.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se tomen medidas para proceder a la actualización, ordenación y adecuación de la biblioteca, con inventario, involucrando a las personas residentes en este proceso.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se evalúe la posibilidad de dotar al centro de servicio de conexión Wifi a disposición de las personas ingresadas.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada parcialmente
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Además de evaluar la posibilidad de contar con conexión wifi disponible para las personas ingresadas, se debería contar con una sala para que los pacientes puedan hablar por teléfono, respectando su intimidad y la confidencialidad en dichas comunicaciones.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que la medida de cerrar las puertas de las habitaciones durante el día sea utilizada únicamente en los casos estrictamente necesarios, a fin evitar restringir la libertad ambulatoria y el derecho de las personas de acceder a sus pertenencias cuando así lo deseen.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se considere eliminar las divisiones en la cafetería de la unidad, entre el área destinada al personal y a las personas residentes, a fin de garantizar la igualdad de trato y no discriminación.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 

SUGERENCIA:

Que se garantice la intimidad en los baños de la Unidad Residencial y Rehabilitadora de Alcohete, tanto en los bidés como en la zona de duchas comunes que deberían contar, como mínimo, de cortinas o mamparas para preservar la privacidad y así promover que las personas con mayor autonomía que puedan ducharse solas vean resguardada su intimidad.

Fecha: 23/09/2022
Administración: Consejería de Bienestar Social. Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22014245

 


Visita a la Unidad Residencial y Rehabilitadora de Alcohete (Guadalajara).

En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), el director del MNP, dos técnicas de esta institución, junto con un técnico externo y una vocal del Consejo Asesor del MNP, realizaron de oficio una visita a la Unidad Residencial y Rehabilitadora de Alcohete, los días 24 y 25 de mayo de 2022.

Para su conocimiento, en el informe técnico adjunto se detallan los aspectos observados durante la visita.

Como consecuencia de dicha visita se ha efectuado un acta en la que se destacan los aspectos que a continuación se señalan. El contenido del presente escrito que coincide con el enviado a efectos meramente informativos a la Conserjería de Sanidad de Castilla-La Mancha y al responsable de la instalación visitada, incluye las resoluciones adoptadas al amparo de los artículos 9.1 y 30.1 de Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo que dan lugar al inicio de actuaciones ante esa Consejería.

RECOMENDACIONES

PRIMERA. Que se dote a las unidades de salud mental o centros socio sanitarios de su ámbito de competencia, de un documento que contemple el consentimiento libre e informado de la persona de ingresar de forma voluntaria, recordando a tal efecto lo dispuesto por el art. 763 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y por el Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, en su informe CAT/OP/27/2, «el internamiento y la institucionalización son voluntarios únicamente cuando son fruto de la decisión de la persona afectada, que da su consentimiento informado y mantiene la potestad de abandonar la institución o el centro».  

SEGUNDA. Que se dote a los centros socio sanitarios de su ámbito de competencia de un protocolo de prevención, detección, protección y atención a posibles víctimas de malos tratos, abuso o acoso en el centro, que regule el acceso de la persona a la atención sanitaria, psicológica y social, informando de dicho derecho desde su ingreso en la unidad. Asimismo, que se disponga de un libro de registro inalterable en el que queden anotadas las denuncias relativas a malos tratos a las personas ingresadas. Dicho registro podrá ser también electrónico y deberá observar la normativa aplicable en materia de protección de datos.

TERCERA. Que se tomen todas las medidas a su alcance para aumentar los recursos disponibles en esa comunidad autónoma para que aquellas personas ingresadas que cuenten con un cuadro terapéutico favorable puedan ser derivadas a otros recursos como habitaciones con acceso y baño independientes, pisos supervisados o propios con seguimiento terapéutico, que garanticen su autonomía, el pleno ejercicio de su derecho a la intimidad, privacidad en igualdad de condiciones, y su derecho a vivir en la comunidad. 

CUARTA. Que se tomen medidas concretas para desalentar la aplicación de contenciones en las unidades de salud mental, centros residenciales y sociosanitarios de esa comunidad autónoma, sean éstos públicos o privados, garantizándose que en ningún caso sea prescrita de manera genérica sino individualizada en persona y tiempo, nunca como sanción o castigo ni como medida terapéutica. Todo ello de acuerdo a los estándares internacionales en la materia y las pautas establecidas por la reciente Instrucción 1/2022, de 19 de enero, de la Fiscalía General del Estado, sobre el uso de medios de contención mecánicos o farmacológicos en unidades psiquiátricas o de salud mental y centros residenciales y sociosanitarios de personas mayores y con discapacidad y de la Resolución de 28 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios del Sistema para la Autonomía y Atención de la Dependencia.

QUINTA. Que se adopten medidas concretas para desarrollar un plan integral de deshabituación tabáquica en unidades de salud mental de esa Comunidad Autónoma, que promueva, entre otras cuestiones, la sensibilización, acceso y participación de las personas residentes en actividades, talleres y terapias tanto individuales como colectivas, así como garantizar el seguimiento médico conforme al Plan Individualizado de Tratamiento y Rehabilitación (PITR).

SUGERENCIAS

PRIMERA. Que se mejore el registro de personas ingresadas en la unidad, a fin de contar con una base de datos completa y actualizada que facilite la gestión diaria de las personas ingresadas y, al mismo tiempo, contar con datos globales desagregados (edad, género, lugar de residencia previo al ingreso, fecha de ingreso, situación jurídica, situaciones de especial vulnerabilidad, etc.). Asimismo, que la ordenación y el archivo de la documentación relativa a la situación jurídica de las personas ingresadas se formalice en un único sistema digitalizado, además del soporte papel.

SEGUNDA. Que se disponga de un protocolo de ingreso en la unidad que organice de manera adecuada la intervención de cada profesional involucrado, sobre las condiciones de su ingreso, sea este voluntario o involuntario; el funcionamiento interno y régimen de vida; derechos que le asisten, explicando de manera clara y accesible la documentación entregada para su firma, así como su derecho a solicitar asistencia jurídica en cualquier momento durante el ingreso o estancia en dicho centro.

TERCERA. Que se tomen medidas para mejorar el sistema de gestión interna de documentación vinculada a la situación jurídica de los pacientes, en particular con relación al registro de altas, con información actualizada de cada persona, motivo, edad y fecha.

CUARTA. Que se valore la posibilidad de contar con un jurista en la plantilla de personal del centro, que se encargue de la gestión de la documentación vinculada con la situación jurídica de las personas ingresadas y las comunicaciones con las autoridades con competencia en la materia.

QUINTA. Que se tomen las medidas a su alcance para que la comparecencia judicial celebrada de forma telemática tenga lugar en una sala adecuada a tal fin, garantizándose un entorno no intimidante y respetuoso donde la persona se sienta cómoda y segura para expresarse libremente sobre las condiciones y el trato recibido durante su internamiento.

SEXTA. Que se tomen las medidas a su alcance para garantizar que las normas de funcionamiento interno de la Unidad Residencial de Alcohete sean explicadas de forma clara y adecuada, previo a requerir la firma del documento de aceptación de las normas por parte de la persona que ingresa a la unidad.

SÉPTIMA. Que se disponga de un protocolo de prevención de suicidios especifico de esa unidad.

OCTAVA. Que se unifique la información dada a familiares y personas cercanas con relación al régimen de visitas, y que se promueva un régimen con días y horarios -lo más extenso posible-, que se promuevan programas de actividades con la participación de familiares o personas cercanas, con posibilidad de salidas acompañadas incluso los fines de semana, previamente acordado según el plan individualizado de tratamiento de cada persona.

NOVENA. Que se revise el protocolo de actuación ante incumplimiento de normas intentando minimizar las conductas de coerción que vulneran la libertad y autonomía de los pacientes, y eliminar cualquier medida que se pueda entenderse como «castigos o sanción por mal comportamiento», con especial énfasis en los que implican la privación de objetos personales o uso de derechos básicos de los pacientes.

DÉCIMA. Que se fomente la autonomía en la gestión económica de las personas, disponiendo mecanismos para el uso no supervisado de sus recursos económicos en los casos en los que sea posible y adecuado.

DECIMOPRIMERA. Que se dote al departamento de terapia ocupacional de la Unidad Rehabilitadora y Residencial de Alcohete de recursos suficientes, que se designen las plazas vacantes de terapeutas ocupacionales a tiempo completo, y evaluándose aumentar la plantilla de educadores y monitores, para mejorar el número y variedad de las actividades terapéuticas, recreativas y deportivas, programas de apoyo y promoción de la autonomía, en particular por la tarde. Todo ello para garantizar el derecho a la rehabilitación, establecido en el artículo 26 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

DECIMOSEGUNDA. Que se efectúen las gestiones necesarias con las autoridades locales para promover la accesibilidad a recursos comunitarios e instaurar un servicio de transporte público a la Unidad Rehabilitadora y Residencial de Alcohete, que promueva la autonomía de las personas ingresadas y su integración con la comunidad, de conformidad con el artículo 19 de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.  

DECIMOTERCERA. Que se tomen medidas para mejorar el sistema de gestión de las historias clínicas digitales y garantizar la armonización e integración del sistema de prescripción farmacológica al programa de gestión que utiliza el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM). Asimismo, se considera conveniente mejorar el programa de notificación de errores de administración de fármacos.

DECIMOCUARTA. Que se mejore el sistema informático a fin de contar con formularios adecuados a las intervenciones propias de una unidad de rehabilitación y residencial de salud mental.

DECIMOQUINTA. Que se disponga de una consulta de psicología clínica con personal suficiente para la realización de terapias individuales y colectivas que mejoren la estancia y recuperación de las personas con problemas de salud mental aquí ingresadas.

DECIMOSEXTA. Que se diseñe un programa de automedicación para favorecer el conocimiento, la autonomía y autogestión de las personas residentes de su propia medicación, como parte el proceso rehabilitador.

DECIMOSÉPTIMA. Que se designe a la mayor brevedad una persona a cargo de la dirección del centro.

DECIMOCTAVA. Que se tomen las medidas a su alcance para elaborar, con el director en funciones, la memoria anual del centro.

DECIMONOVENA. Que se tomen las medidas a su alcance para aumentar la plantilla de profesionales de psiquiatría en la Unidad Residencial y Rehabilitadora de Alcohete.

VIGÉSIMA. Que se revisen los procedimientos de actuación seguidos por el personal del centro y que se tomen medidas concretas para adecuar y actualizar los protocolos a los principios y pautas establecidas en la Instrucción núm. 1/2022, de 19 de enero, sobre el uso de medios de contención mecánicos o farmacológicos en unidades psiquiátricas o de salud mental y centros residenciales y sociosanitarios de personas mayores y con discapacidad, teniendo en consideración las indicaciones contenidas en el apartado 7, con relación a la necesidad de un protocolo especifico de actuación, garantizar el consentimiento libre e informado para cada situación y persona, la necesaria prescripción médica, el control periódico y la necesidad de supervisión y el debido registro y documentación.

VIGESIMOPRIMERA. Que el consentimiento informado de uso de contención mecánica para evitar caídas nocturnas sea susceptible de ser entendido, firmado y revocado por la persona contenida.  

VIGESIMOSEGUNDA. Que se procure dotar a estas salas de aislamiento y contención todos los elementos necesarios para que, en caso de que fuera necesario su uso, las medidas de contención se realicen con las máximas garantías.

VIGESIMOTERCERA. Que se mejore la gestión del sistema de videovigilancia y videograbación de las salas de aislamiento y contención.

VIGESIMOCUARTA. Que estas salas, al estar videovigiladas y contar con equipo de contención -correas, puerta con cerradura- sean utilizadas únicamente cuando sea estrictamente necesario, limitarse en tiempo y persona a situaciones de riesgo autolítico real, a fin de reducir la estigmatización y evitar vulnerar el derecho a la privacidad e intimidad de la persona con problemas de salud mental. 

VIGESIMOQUINTA. Que se efectúen las tareas de mantenimiento tendentes a solucionar los problemas de humedad en las paredes de una de las salas de contención y en patios internos. Asimismo, se considera conveniente cubrir los techos de los pasillos, ocultando los cables de videocámaras e iluminación para minimizar el riesgo de electrocución. Se debería, además, reemplazar las correas de contención que se suelen utilizan para sujetar las puertas, lo que no se considera una buena práctica por el riesgo de conductas autolesivas y suicidas que podrían suponer.

VIGESIMOSEXTA. Que se tomen medidas para proceder a la actualización, ordenación y adecuación de la biblioteca, con inventario, involucrando a las personas residentes en este proceso.

VIGESIMOSÉPTIMA. Que se evalúe la posibilidad de dotar al centro de servicio de conexión wifi a disposición de las personas ingresadas.

VIGESIMOCTAVA. Además de evaluar la posibilidad de contar con conexión wifi disponible para las personas ingresadas, se debería contar con una sala para que los pacientes puedan hablar por teléfono, respetando su intimidad y la confidencialidad en dichas comunicaciones.

VIGESIMONOVENA. Que la medida de cerrar las puertas de las habitaciones durante el día sea utilizada únicamente en los casos estrictamente necesarios, a fin evitar restringir la libertad ambulatoria y el derecho de las personas de acceder a sus pertenencias cuando así lo deseen.

TRIGÉSIMA. Que se considere eliminar las divisiones en la cafetería de la unidad, entre el área destinada al personal y a las personas residentes, a fin de garantizar la igualdad de trato y no discriminación.

TRIGÉSIMA PRIMERA. Que se garantice la intimidad en los baños de la Unidad Residencial y Rehabilitadora de Alcohete, tanto en los bidés como en la zona de duchas comunes que deberían contar, como mínimo, de cortinas o mamparas para preservar la privacidad y así promover que las personas con mayor autonomía que puedan ducharse solas vean resguardada su intimidad.

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, antes citada, en el sentido de si se aceptan o no las Recomendaciones y Sugerencias formuladas, así como en caso negativo, las razones que fundamenten su no aceptación.

Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las cuestiones referidas, así como responder a las solicitudes de información realizadas.

Agradeciendo la colaboración que presta,

le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

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También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.