Visita a los calabozos del Palacio de Justicia de Soria.

RECOMENDACION:

Que se doten los calabozos de las sedes judiciales dependientes del Ministerio de Justicia con un libro registro, supervisado por los distintos decanatos de los juzgados y tribunales, en el que se anoten las incidencias relacionadas con el mantenimiento, limpieza y disponibilidad de recursos materiales de las zonas de detención y custodia, con expresión de la fecha, incidencia advertida, identificación de la persona que realiza la anotación, así como el momento en el que se subsana dicha incidencia, así como que su emplazamiento sea conocido, a los efectos pertinentes.

Fecha: 13/07/2023
Administración: Secretaría de Estado de Justicia. Ministerio de Justicia
Respuesta: Aceptada parcialmente
Queja número: 23009342

 


Visita a los calabozos del Palacio de Justicia de Soria.

En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), dos técnicos de esta institución, realizaron una visita a los calabozos del Palacio de Justicia de Soria, el día 8 de marzo de 2023.

Como consecuencia de dicha visita se ha efectuado un acta en la que se destacan los aspectos que a continuación se señalan. El contenido del presente escrito, que coincide con el enviado a efectos meramente informativos a la persona titular del juzgado decano y al presidente de la Audiencia Provincial, incluye las resoluciones adoptadas al amparo de los artículos 9.1 y 30.1 de Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo que dan lugar al inicio de actuaciones ante esa Secretaría de Estado, la Dirección General de la Policía, la Dirección General de la Guardia Civil y la Gerencia Territorial de Castilla y León, en Burgos, del Ministerio de Justicia.

RECOMENDACIÓN

PRIMERA. Que se doten los calabozos de las sedes judiciales dependientes del Ministerio de Justicia con un libro registro, supervisado por los distintos decanatos de los juzgados y tribunales, en el que se anoten las incidencias relacionadas con el mantenimiento, limpieza y disponibilidad de recursos materiales de las zonas de detención y custodia, con expresión de la fecha, incidencia advertida, identificación de la persona que realiza la anotación, así como el momento en el que se subsana dicha incidencia, así como que su emplazamiento sea conocido, a los efectos pertinentes.

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, antes citada, en el sentido de si se acepta o no la Recomendación formulada, así como en caso negativo, las razones que fundamenten su no aceptación.

Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las cuestiones referidas, así como responder a las solicitudes de información realizadas en el informe técnico adjunto donde se detallan los aspectos observados durante la visita.

Agradeciendo la colaboración que presta,

le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

 

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