Visita al Centro de Internamiento de Extranjeros de Barcelona.

RECOMENDACION:

Que se adopten las medidas necesarias para establecer un sistema que permita detectar posibles problemas de salud mental graves de las personas extranjeras, tanto en el momento del ingreso como durante su estancia en los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE), para el cumplimiento de lo establecido en el artículo 37, apartado 1.f. del Real Decreto 162/2014, de 14 de marzo, comunicando tal circunstancia al juez de control.

Fecha: 30/11/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 22011868

 

RECOMENDACION:

Que los partes de lesiones sean cumplimentados y firmados por el facultativo médico. En su ausencia en ese momento en el centro, la persona interna deberá ser trasladada a un centro sanitario para su valoración y tratamiento.

Fecha: 30/11/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 22011868

 

SUGERENCIA:

Que se adecuen las condiciones de iluminación de la sala y se facilite una dotación de ordenadores para la sala de la biblioteca con Internet para el uso de las personas internadas en el centro.

Fecha: 30/11/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 22011868

 

SUGERENCIA:

Que se impartan instrucciones para la reparación inmediata de las cámaras que se encuentran estropeadas.

Fecha: 30/11/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 22011868

 

SUGERENCIA:

Que se module el volumen de la megafonía a un nivel adecuado y suficiente, y que sea empleada en los casos imprescindibles, tratando de buscar alternativas a su empleo.

Fecha: 30/11/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 22011868

 

SUGERENCIA:

Que se adopten las medidas necesarias para garantizar que los alimentos que se proporcionan a los internos sean suficientes, lo que implica que se pueda repetir, y que su reparto se realice con la temperatura adecuada.

Fecha: 30/11/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 22011868

 

SUGERENCIA:

Que se establezca un sistema claro de acceso a la asistencia sanitaria ordinaria y de urgencia y que se informe de dicho sistema en las normas que se entregan a los interesados de manera accesible. Dicho acceso se deberá protocolizar, sin que la asistencia efectiva se haga depender de las personas que de manera voluntaria se ofrecen a trasladar tales peticiones.

Fecha: 30/11/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 22011868

 

SUGERENCIA:

Que se deje constancia en la historia clínica de cada paciente de la asistencia ofrecida por parte del equipo sanitario, incluyendo curas y administración de medicación, identificándose la fecha, la hora y el profesional que la ofrece, tal y como establece el artículo 15 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

Fecha: 30/11/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 22011868

 

SUGERENCIA:

Que se impartan instrucciones para que los partes de lesiones se archiven de manera que su búsqueda e identificación sea sencilla y que se haga en una versión que garantice su integridad y confidencialidad, de modo que no puedan ser modificados. Asimismo, se debe garantizar que se guarde una copia en la historia clínica de los pacientes.

Fecha: 30/11/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 22011868

 

SUGERENCIA:

Que se impartan instrucciones para que los partes de lesiones sean cumplimentados de manera íntegra y rigurosa.

Fecha: 30/11/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 22011868

 

SUGERENCIA:

Que se valore ampliar los horarios de los facultativos médicos en fines de semana y festivos en aras de proporcionar una mejor asistencia a las personas internas

Fecha: 30/11/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 22011868

 


Visita al Centro de Internamiento de Extranjeros de Barcelona.

En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), el director y dos técnicas del MNP acompañados de una técnica externa médico y una técnica del área de informática del Defensor del Pueblo, realizaron de oficio una visita al Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Barcelona, los días 26 y 27 de abril de 2022.

Como consecuencia de dicha visita se ha efectuado un acta en la que se destacan los aspectos que a continuación se señalan. El contenido del presente escrito que coincide con el enviado a efectos meramente informativos a la Dirección del centro visitado, a la Fiscalía General del Estado y a los Juzgados de Instrucción Nº 1 y Nº 30, incluye las resoluciones adoptadas al amparo de los artículos 9.1 y 30.1 de Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo que dan lugar al inicio de actuaciones ante esa Dirección General.

Consideraciones

1. Se pudo constatar que las obras que se llevaron a cabo en dicho centro en julio de 2020, habían finalizado y se encontraba en ese momento totalmente operativo, incluido el nuevo módulo de mujeres.

2. La biblioteca no dispone de ordenadores y se encuentra medianamente dotada de libros, a pesar de que el espacio puede considerarse razonable. Las condiciones de iluminación de la sala no son adecuadas para el uso a que está destinada.

Se formula la SUGERENCIA PRIMERA.

Que se adecuen las condiciones de iluminación de la sala y se facilite una dotación de ordenadores para la sala de la biblioteca con Internet para el uso de las personas internadas en el centro.

3. Se comprobó que en uno de los pasillos de la zona de separación preventiva se encontraba material de equipamiento policial cuya ubicación en esta zona resulta improcedente. Esta cuestión ha sido objeto de Sugerencia en el expediente (…) y aún se encuentra en proceso de tramitación.

4. En cuanto a otras dependencias cabe señalar que se apreció que varias cámaras de videovigilancia del patio no estaban en funcionamiento.

Se formula la SUGERENCIA SEGUNDA.

Que se impartan instrucciones para la reparación inmediata de las cámaras que se encuentran estropeadas en el patio con el fin de garantizar el adecuado funcionamiento de la videovigilancia.

5. De las personas internadas entrevistadas, todas ellas aludían a la inseguridad que sienten en el Centro de Internamiento de Extranjeros respecto a su integridad física. Algunos de ellos referían sufrir un estrés y ansiedad elevada por este tema, incluso rompiendo a llorar. Relataban conflictos constantes con un interno en concreto y la falta de intervención por parte de la policía. En palabras de uno de los internos «en cualquier momento nos puede matar». Consecuencia de esta situación de estrés la mayoría de las personas entrevistadas requerían atención psicológica. El equipo del MNP se interesó por este asunto y entrevistó al interno que se presuponía creaba el clima de conflicto. Entrevistado el interno y revisada su historia clínica, se constató que tenía problemas de salud mental. A pesar de ello, y de la falta de conveniencia de estar internado en este recurso, se persiste en ello.

En el Centro de Internamiento de Extranjeros de Barcelona se pudo comprobar, que no se atiende convenientemente la problemática de la salud mental, lo que parece extensivo a todos los centros de esta tipología. El mero internamiento en un CIE impacta en el estado de ánimo de una persona, en su situación psicológica y, por ende, en su salud mental. Las personas internadas pueden pasar hasta 60 días en el centro pendientes de ser expulsados a sus países de origen y con escasas actividades programadas.

Por otro lado, el pliego de condiciones de los contratos de los servicios sanitarios de los Centros de Internamiento de Extranjeros no contempla las necesidades de atención psicológica que puedan requerir las personas internadas.

Se formula la RECOMENDACIÓN PRIMERA.

Que se adopten las medidas necesarias para establecer un sistema que permita detectar posibles problemas de salud mental graves de las personas extranjeras, tanto en el momento del ingreso como durante su estancia en los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE), para el cumplimiento de lo establecido en el artículo 37, apartado 1.f. del Real Decreto 162/2014, de 14 de marzo, comunicando tal circunstancia al juez de control.

Desde esta institución se formuló recomendación para que se instaure en todos los Centros de Internamiento de Extranjeros una consulta de asistencia psicológica y psiquiátrica, de acuerdo con lo establecido en el apartado 9 de las normas del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura de marzo de 2017 CPT/inf (2017)3. La citada recomendación aún está pendiente de respuesta.

6. Se pudo constatar durante la visita que un equipo de la Unidad de Intervención Policial (UIP) allí presente, acude a modo de refuerzo a la hora de las comidas o en determinadas circunstancias especiales. La intervención de la Unidad de Intervención Policial en el centro solo encuentra justificación, a juicio del Defensor del Pueblo, en el caso de incidentes que cursen con alteración grave de la convivencia y que obliguen a la intervención de dicha unidad. La necesidad de personal, se debería cubrir mediante el refuerzo de la plantilla.

Esta cuestión ha sido objeto de Sugerencia en el expediente (…) y aún se encuentra en proceso de tramitación.

7. La megafonía del centro, que está casi permanentemente siendo utilizada para diferentes avisos, se encuentra a un volumen tan alto que resulta molesto e irritante. El equipo de visita lo pudo constatar no siendo capaces de mantener una conversación cuando era empleada.

Por tanto, se formula la SUGERENCIA TERCERA.

Que se module el volumen de la megafonía a un nivel adecuado y suficiente, y que sea empleada en los casos imprescindibles, tratando de buscar alternativas a su empleo.

8. De las entrevistas realizadas emana una queja generalizada por la mala calidad, escasez y temperatura de la comida, que según se afirma se sirve fría y carece de variedad. Los responsables del centro explicaron al equipo visitante que son conscientes y que les gustaría intervenir de algún modo en los procesos de licitación, para poder expresar su opinión en lo que se refiere a las empresas a contratar, de modo que se pueda evitar una prórroga o mantenimiento de aquellas que no dispongan de la calidad suficiente.

Por tanto, se formula la SUGERENCIA CUARTA.

Que se adopten las medidas necesarias para garantizar que los alimentos que se proporcionan a los internos sean suficientes, lo que implica que se pueda repetir, y que su reparto se realice con la temperatura adecuada.

9. El acceso a la asistencia sanitaria en el centro no es claro y no se corresponde con el sistema previsto en las normas que se entregan a los internos. Así, se podía solicitar indistintamente a los miembros del Cuerpo Nacional de Policía, a los voluntarios de Cruz Roja, a través de la solicitud mediante PQ (Peticiones y Quejas) o a través del equipo de enfermería responsable de la administración de la medicación.

Por tanto, se formula la SUGERENCIA QUINTA.

Que se establezca un sistema claro de acceso a la asistencia sanitaria ordinaria y de urgencia y que se informe de dicho sistema en las normas que se entregan a los interesados de manera accesible. Dicho acceso se deberá protocolizar, sin que la asistencia efectiva se haga depender de las personas que de manera voluntaria se ofrecen a trasladar tales peticiones.

10. Respecto a los registros de asistencia y seguimiento clínico se emplea un documento Excel que se rellena a diario con las consultas de cada día. Esto dificulta el correcto seguimiento clínico y supone una brecha en la confidencialidad y la calidad de la asistencia.

Por tanto, se formula la SUGERENCIA SEXTA.

Que se deje constancia en la historia clínica de cada paciente de la asistencia ofrecida por parte del equipo sanitario, incluyendo curas y administración de medicación, identificándose la fecha, la hora y el profesional que la ofrece, tal y como establece el artículo 15 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.

11. Se pudo constatar que los partes de lesiones se encontraban almacenados únicamente en uno de los ordenadores, de manera errática, con muchos errores y de difícil consulta y manejo. Asimismo, se guardaba una versión no firmada por el médico responsable de su redacción.

Por tanto, se formula la SUGERENCIA SÉPTIMA.

Que se impartan instrucciones para que los partes de lesiones se archiven de manera que su búsqueda e identificación sea sencilla y que se haga en una versión que garantice su integridad y confidencialidad, de modo que no puedan ser modificados. Asimismo, se debe garantizar que se guarde una copia en la historia clínica de los pacientes.

12. Por otro lado, de los 74 partes de lesiones analizados, tan sólo la mitad de ellos incluía las manifestaciones del interno, un 5% incluía el juicio de compatibilidad, y sólo un 9% de ellos incluía una foto o representación gráfica de las lesiones. El contenido de los partes variaba en función de la persona que los redactaba.

Por tanto, se formula la SUGERENCIA OCTAVA.

Que se impartan instrucciones para que los partes de lesiones sean cumplimentados de manera íntegra y rigurosa.

Por otro lado, tres de los partes de lesiones analizados fueron realizados por un Diplomado Universitario de Enfermería (DUE) y no por un médico.

Por ello, se formula la RECOMENDACIÓN SEGUNDA.

Que los partes de lesiones sean cumplimentados y firmados por el facultativo médico. En su ausencia en ese momento en el centro, la persona interna deberá ser trasladada a un centro sanitario para su valoración y tratamiento.

13. En referencia a los horarios de los médicos, durante los fines de semana y festivos, únicamente se dispone de médico de 10 a 13 horas, lo que implica una demora en la asistencia y un retraso en la cumplimentación de documentos como la evaluación médica a la llegada, el documento de «Fit to Travel», los partes de lesiones, y una demora de la asistencia de los casos urgentes.

Por ello, se formula la SUGERENCIA NOVENA.

Que se valore ampliar los horarios de los facultativos médicos en fines de semana y festivos en aras de proporcionar una mejor asistencia a las personas internas.

Es criterio del MNP que se amplíen tales horarios. Sobre este asunto ya se emitió una recomendación en el año 2014 para que se dotara a los Centros de Internamiento de Extranjeros de asistencia sanitaria permanente, sin que hasta ahora esta cuestión se haya resuelto.

Se debe recordar a esa dirección General, que en la medida en que las personas internas en el Centro de Internamiento de Extranjeros se encuentran bajo su custodia se debe garantizar una atención inmediata. Tal garantía no se entiende cumplida si los fines de semana no existe atención médica, salvo traslados al hospital en casos urgentes.

14. Tras la revisión de la documentación, se constata que se permite el uso de teléfono móvil sin conexión a internet y sin cámara, es decir, no ha variado dicha regla que ya consta en el acta anterior. No obstante, se valora positivamente, que se les presta móvil para realizar videoconferencias. Además, se considera una buena práctica que se disponga de teléfono fijo gratuito.

Decisión

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, antes citada, en el sentido de si se aceptan o no las Recomendaciones y las Sugerencias formuladas, así como en caso negativo, las razones que fundamenten su no aceptación.

Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las cuestiones referidas, así como responder a las solicitudes de información realizadas.

Agradeciendo la colaboración que presta,

le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

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