Visita al Centro de Internamiento de Extranjeros de Murcia.

RECOMENDACION:

Que se instalen con urgencia cámaras de videovigilancia con sistema de grabación de video y audio en el cuarto de taquillas de la zona de preingreso, a fin de prevenir los malos tratos y las denuncias falsas que pudieran llegar a producirse, disponiendo un mecanismo de seguridad para preservar la intimidad de los internos, de forma que las imágenes no puedan ser visionadas directamente, pero sí almacenadas para el caso de que fuera necesario su examen ante denuncias administrativas o judiciales.

Fecha: 23/12/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 22025254

 

RECOMENDACION:

Que se modifiquen los locutorios y se adopten las medidas necesarias para permitir la apertura de los cristales a fin de que pueda existir contacto entre los internos y sus visitas, si así lo desean.

Fecha: 23/12/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: En trámite
Queja número: 22025254

 

RECOMENDACION:

Que se habiliten dependencias para que los solicitantes de asilo puedan estar separados de los ciudadanos extranjeros que no hayan presentado una solicitud de protección internacional, conforme a lo establecido por el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes (CPT) en su apartado 1 (CPT/Inf(2017)3.

Fecha: 23/12/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: En trámite
Queja número: 22025254

 

SUGERENCIA:

Que se examinen los elementos que tienen las celdas de la zona de precalabozos y se eliminen todos aquellos que los internos puedan ser utilizados con fines autolíticos.

Fecha: 23/12/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22025254

 

SUGERENCIA:

Que se efectúen las obras necesarias para instalar un poyete de obra en la celda de precalabozos que carece de dicho elemento de construcción.

Fecha: 23/12/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 22025254

 

SUGERENCIA:

Que se efectúe un estudio sobre las luces instaladas en los dormitorios del centro y en la celda de separación temporal para que su intensidad se adecue al uso de esas dependencias, y se valore la posibilidad de instalar luces de uso individual por los internos en dichos dormitorios, todo ello con el fin de proteger la salud ocular de los internos y favorecer la convivencia.

Fecha: 23/12/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: En trámite
Queja número: 22025254

 

SUGERENCIA:

Retirar las concertinas del patio y dejarlo abierto con la cubierta parcial ya realizada que permite a los internos resguardarse en caso de lluvia, garantizando las condiciones de seguridad necesarias.

Fecha: 23/12/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: En trámite
Queja número: 22025254

 

SUGERENCIA:

Adecuar la habitación destinada a sala de observación de modo tal que pueda utilizarse para este fin, lo que exige reordenar el mobiliario y aumentar el campo de visión que permita la observación del paciente.

Fecha: 23/12/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 22025254

 

SUGERENCIA:

Sustituir la cama de la sala de observación por otra que tenga la altura adecuada.

Fecha: 23/12/2022
Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 22025254

 


Visita al Centro de Internamiento de Extranjeros de Murcia.

En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), dos técnicas y el director del MNP acompañados de un asesor externo especialista en medicina legal, realizaron de oficio una visita al Centro de Internamiento de Extranjeros de Murcia, el día 3 de octubre de 2022.

Como consecuencia de dicha visita se ha efectuado un acta en la que se destacan los aspectos que a continuación se señalan. El contenido del presente escrito que coincide con el enviado a efectos meramente informativos a la Dirección del centro visitado, a la Fiscalía General del Estado y al Juzgado de Instrucción número 1 de Murcia, incluye las resoluciones adoptadas al amparo de los artículos 9.1 y 30.1 de Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo que dan lugar al inicio de actuaciones ante esa Dirección General.

Consideraciones

1. Como consecuencia de las obras realizadas en el centro se ha dado cumplimiento a una de las Sugerencias formuladas por esta institución que habían sido previamente aceptadas por la administración. En concreto, se ha habilitado una sala de oración.

2. La instalación de muros de separación en las duchas comunes y lavatorios para que las personas que lo deseen puedan hacer abluciones, así como la creación de una sala denominada «día/noche», se valoran positivamente. Todo ello constituye una buena práctica.

3. Igualmente se considera buena práctica la apertura automática de las puertas de las celdas si se produce algún problema con la alimentación eléctrica en el centro.

4. En la zona de preingreso se ha comprobado que existe una habitación con taquillas que carece de cámara de videograbación y que podría ser utilizada para la realización de cacheos integrales. La decisión de no instalar cámaras de videograbación en dicha sala no puede ser compartida por el MNP dado que la realización de cacheos integrales puede dar lugar a situaciones de tensión y en última instancia de uso de la fuerza susceptible de ser impugnada como agresión o malos tratos.

En consecuencia, se formula la RECOMENDACIÓN PRIMERA.

Que se instalen con urgencia cámaras de videovigilancia con sistema de grabación de video y audio en el cuarto de taquillas de la zona de preingreso, a fin de prevenir los malos tratos y las denuncias falsas que pudieran llegar a producirse, disponiendo un mecanismo de seguridad para preservar la intimidad de los internos, de forma que las imágenes no puedan ser visionadas directamente, pero sí almacenadas para el caso de que fuera necesario su examen ante denuncias administrativas o judiciales.

5. La zona de precalabozos cuenta con elementos que pueden ser utilizados por los internos con fines autolíticos.

Se formula la SUGERENCIA PRIMERA.

Que se examinen los elementos que tienen las celdas de la zona de precalabozos y se eliminen todos aquellos que los internos puedan ser utilizados con fines autolíticos.

6. En la zona de precalabozos se había construido una celda nueva que carecía de poyete de obra.

Se formula la SUGERENCIA SEGUNDA.

Que se efectúen las obras necesarias para instalar un poyete de obra en la celda de precalabozos que carece de dicho elemento de construcción.

7. Se observó que tanto en las celdas-habitaciones para el descanso de los internos como en la celda de separación, las luces son muy potentes, especialmente en esta última. Además, las luces de las celdas-dormitorio son comunes y no individuales, lo que resulta inapropiado, dado que las habitaciones pueden ser compartidas hasta por seis personas. Por todo ello, parece procedente que se efectúe un estudio de la iluminación de los dormitorios y de la celda de separación temporal.

Se formula la SUGERENCIA TERCERA.

Que se efectúe un estudio sobre las luces instaladas en los dormitorios del centro y en la celda de separación temporal para que su intensidad se adecue al uso de esas dependencias, y se valore la posibilidad de instalar luces de uso individual por los internos en dichos dormitorios, todo ello con el fin de proteger la salud ocular de los internos y favorecer la convivencia.

7. Los locutorios del Centro de Internamiento de Extranjeros tienen cristal fijo, a excepción de uno de ellos que se prevé sea utilizado por los letrados. El criterio del MNP es que los internos puedan establecer contacto físico con sus visitantes.

Por parte de la Dirección General se informó a esta institución de que los locutorios iban a ser abiertos para favorecer el contacto con los familiares y que su modificación se produciría cuando se realizaran las obras de remodelación en el Centro. Se comprueba, por tanto, que no se ha llevado a cabo la modificación anunciada.

Se formula la RECOMENDACIÓN SEGUNDA.

Que se modifiquen los locutorios y se adopten las medidas necesarias para permitir la apertura de los cristales a fin de que pueda existir contacto entre los internos y sus visitas, si así lo desean.

8. Se ha comprobado que no se ha habilitado ninguna dependencia para la estancia de solicitantes de asilo mientras se resuelve su petición. El Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes dispone que «Siempre que se prive de libertad a los solicitantes de asilo, como medida excepcional, en espera del resultado de su solicitud, se les debería proporcionar una amplia gama de salvaguardias en consonancia con su situación, que vayan más allá de las aplicables a los migrantes en situación irregular, y se les debería mantener separados de los nacionales extranjeros que no hayan presentado una solicitud de protección internacional».

Se formula la RECOMENDACIÓN TERCERA.

Que se habiliten dependencias para que los solicitantes de asilo puedan estar separados de los ciudadanos extranjeros que no hayan presentado una solicitud de protección internacional, conforme a lo establecido por el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes (CPT) en su apartado 1 (CPT/Inf(2017)3.

9. Se ha comprobado que en los patios se han instalado concertinas. Dicha instalación se estima desproporcionada a tenor del criterio del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes que señala en su apartado 3 que «Deberían tomarse precauciones en lo que respecta al diseño y la disposición de dichos locales, con el fin de evitar, en la medida de lo posible, cualquier impresión de un entorno carcelario» CPT/Inf (2017)3.

Se formula la SUGERENCIA CUARTA.

Retirar las concertinas del patio y dejarlo abierto con la cubierta parcial ya realizada que permite a los internos resguardarse en caso de lluvia, garantizando las condiciones de seguridad necesarias.

10. En cuanto a las dependencias para la asistencia sanitaria, se ha podido apreciar que la sala de observación es claramente deficiente en cuanto a su diseño, disposición y mobiliario. La pequeña ventana acristalada no permite una visión adecuada y el cartel instalado en la misma empeora la visión.

Se formula la SUGERENCIA QUINTA.

Adecuar la habitación destinada a sala de observación de modo tal que pueda utilizarse para este fin, lo que exige reordenar el mobiliario y aumentar el campo de visión que permita la observación del paciente.

11. La cama para el paciente de la sala de observación no tiene una altura adecuada y se encuentra situada muy cerca del suelo (a unos 30-35 cm) lo que supone un hándicap para acostarse y levantarse, especialmente para personas mayores o que tengan problemas de movilidad/discapacidad.

Se formula la SUGERENCIA SEXTA.

Sustituir la cama de la sala de observación por otra que tenga la altura adecuada.

12. No se pudo comprobar el equipamiento con el que va a contar la zona de atención sanitaria, dado que, al parecer parte del mismo no se encontraba en los despachos que está previsto sean utilizados para la atención sanitaria. Así pues, se solicita información sobre esta cuestión para conocer el equipamiento con el que cuenta el centro en materia sanitaria.

Asimismo, se ruega indique el número de médicos y DUE (Diplomado Universitario de Enfermería) con el que cuenta el centro, especificando el horario de atención y el modo en el que se solicita la atención por parte de los internos.

Por lo que se refiere a las humedades apreciadas durante la visita, se ruega comunique las medidas que se pretenden adoptar para solucionar dicho problema.

Decisión

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, en el sentido de si se aceptan o no las Recomendaciones y Sugerencias formuladas, así como en caso negativo, las razones que fundamenten su no aceptación.

Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las cuestiones referidas, así como responder a las solicitudes de información realizadas.

Agradeciendo la colaboración que presta,

le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.