Se agradece el escrito de contestación a la ampliación de actuaciones remitida con motivo de la visita realizada por el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP) en el marco del proyecto de discapacidad y privación de libertad, al Centro Educativo «La Zarza» (Murcia).
Consideraciones
Se agradece la información remitida respecto de las RECOMENDACIONES PRIMERA (variable discapacidad), SEGUNDA (atención psicológica y psiquiátrica) y CUARTA (dosier de ingreso), así como de las conclusiones 16 (actuaciones llevadas a cabo con familias) y 17 (colaboración con entidades sociales).
RECOMENDACIÓN TERCERA: Respecto de la formación del personal, se solicita información sobre si todo el personal de los centros La Zarza y Las Moreras cuenta ya con formación en materia de derechos de las personas discapacitadas. Se solicita respecto de ambos centros:
– El calendario de realización de las formaciones
– El número y cargo de las personas formadas a la fecha de este escrito
RECOMENDACIÓN QUINTA: Analizados los diferentes protocolos remitidos, se constata que:
– El protocolo de actuación ante la necesidad de contención física no cuenta con adaptaciones para personas con discapacidad intelectual.
Se considera necesario revisar desde la perspectiva de la atención a la discapacidad, el uso de medios de contención, para buscar soluciones y respuesta alternativas no violentas y respetuosas con las necesidades y limitaciones que presentan estas personas.
Por lo anterior, se formula una Recomendación sobrevenida que se corresponde con la RECOMENDACIÓN NOVENA.
Que se revise con enfoque de discapacidad intelectual los motivos de aplicación de los medios de contención.
– Del análisis del protocolo de prevención del suicidio y/o conductas autolesivas proporcionado durante la visita, se constata que no se contempla como indicador a tener en cuenta la discapacidad intelectual.
Interesa conocer si se ha modificado el protocolo de prevención de suicidio y/o conductas autolesivas, incluyendo la discapacidad intelectual como factor de riesgo y, en caso afirmativo, se remita una copia del mismo.
RECOMENDACIÓN SEXTA: Se solicita información sobre las medidas adoptadas en el centro Las Moreras para cumplir con la atención educativa adaptada a las necesidades especiales de las personas con discapacidad intelectual.
RECOMENDACIÓN SÉPTIMA: Se informa que se ha llevado a cabo una adaptación de la normativa interna del centro a fin de llevar una atención e intervención eficaz con este colectivo, y se remite el anexo 5.
Revisado este documento se constata que el mismo se corresponde con el dosier de ingreso de lectura fácil.
Se solicita nuevamente información sobre la adaptación de la normativa interna y del régimen disciplinario a personas con discapacidad intelectual.
RECOMENDACIÓN OCTAVA: Respecto de la adaptación del programa individual de ejecución de la medida, en el anterior escrito remitido por esa Administración se señalaba que los programas individuales de ejecución de la medida se adaptan en todos los casos al perfil específico de cada persona interna.
Se solicita la remisión de los programas individuales de ejecución de la medida de las siete personas con discapacidad intelectual que estaban internadas en el momento de la visita del MNP.
Decisión
De conformidad con los artículos 1, 9 y 18 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, se continúan las actuaciones y se solicita ampliación de información contenida en las anteriores consideraciones.
Agradeciendo la colaboración que presta a esta institución,
le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo
Consulta la visita al Centro educativo La Zarza (Abanilla, Murcia)