Visita al Centro Penitenciario Asturias (Villabona).

RECOMENDACION:

Que se formulen programas para mejorar la condición física y el tratamiento de la fragilidad de las personas mayores en todos los centros penitenciarios y que se tomen medidas efectivas para garantizar que estos sean continuos y accesibles para las personas ubicadas en los distintos módulos.

Fecha: 20/09/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 23016501

 

RECOMENDACION:

Que se tomen medidas para garantizar que las personas mayores tengan acceso a las videollamadas en condiciones de igualdad, brindándose formación individualizada sobre el uso de los teléfonos y garantizándose en todos los casos el derecho a la intimidad en las comunicaciones.

Fecha: 20/09/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 23016501

 

SUGERENCIA:

Que se tomen medidas adecuadas para promover la participación voluntaria de las personas mayores en las actividades generales y específicas, evitar el sedentarismo y la depresión en contextos de privación de libertad.

Fecha: 20/09/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 23016501

 

SUGERENCIA:

Que en el Centro Penitenciario de Asturias se mejoren los registros de las actividades destinadas a personas mayores con el detalle de inscritos, participantes y fechas de ejecución. Asimismo, que se registre adecuadamente la participación de las personas mayores en actividades dirigidas al resto de la población penitenciaria.

Fecha: 20/09/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 23016501

 

SUGERENCIA:

Que se tomen medidas adecuadas para dar continuidad a las actividades y que se reanuden aquellas actividades y talleres en suspenso por la pandemia.

Fecha: 20/09/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 23016501

 

SUGERENCIA:

Que se tomen medidas para incentivar la colaboración y coordinación con los servicios sociales y/o comunitarios del Principado de Asturias, lo que redundará en una mejora en la atención psicosocial de las personas mayores con dependencia y/o fragilidad.

Fecha: 20/09/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: En trámite
Queja número: 23016501

 

SUGERENCIA:

Que se valore individualmente la ubicación de las personas mayores privadas de libertad en este Centro, en base a las condiciones de vida, seguridad, riesgo de abusos a su integridad psicofísica, estado de ánimo, grado de dependencia, fragilidad y/o deterioro cognitivo o físico.

Fecha: 20/09/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 23016501

 

SUGERENCIA:

Que se tomen medidas conducentes para garantizar que las personas mayores de todos los módulos puedan acceder a los espacios verdes de este Centro Penitenciario, pues el acceso a estos espacios cambia sustancialmente la percepción de la privación de libertad y movimiento. En particular, que se promueva la participación voluntaria de las personas mayores en el huerto en atención a los beneficios en la prevención del deterioro cognitivo y físico.

Fecha: 20/09/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 23016501

 

SUGERENCIA:

Que se tomen medidas conducentes a mejorar de forma integral el acceso y la asistencia médica de las personas mayores en este Centro Penitenciario, especialmente respecto del tratamiento de patologías crónicas, de rehabilitación, de dietas específicas, así como la evaluación y el acompañamiento de las personas con necesidades especiales (gafas, audífonos, etc.).

Fecha: 20/09/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 23016501

 

SUGERENCIA:

Que se tomen medidas adecuadas para garantizar que todas las personas mayores con independencia del módulo en el que residan tengan conocimiento y puedan participar voluntariamente del taller «En Forma» destinado a mejorar la condición física y el tratamiento de la fragilidad.

Fecha: 20/09/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 23016501

 

SUGERENCIA:

Que se tomen medidas para garantizar que las personas mayores puedan contar con un adecuado acompañamiento psicológico y jurídico durante la tramitación de la progresión de grado en particular cuando se trata de personas con enfermedad terminal y/o por motivos humanitarios.

Fecha: 20/09/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 23016501

 

SUGERENCIA:

Que se implemente de forma continua un Servicio de Orientación Jurídica Penitenciaria en el Centro Penitenciario de Asturias y que se tomen medidas específicas para garantizar el acceso de las personas mayores.

Fecha: 20/09/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 23016501

 


Visita al Centro Penitenciario Asturias (Villabona).

En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), dos técnicas del MNP, acompañadas por dos técnicas externas, médica y psiquiatra, así como un vocal del Consejo Asesor del MNP, realizaron de oficio una visita al Centro Penitenciario Asturias (Villabona), los días 16 y 17 de mayo de 2023.

Como consecuencia de dicha visita se ha efectuado un acta en la que se destacan los aspectos que a continuación se señalan. El contenido del presente escrito que coincide con el enviado a efectos meramente informativos a la Dirección del centro visitado, a la Fiscalía General del Estado, a la Fiscalía Superior de Justicia del Principado de Asturias y al Jugados de Vigilancia Penitenciaria único de Asturias, incluye las resoluciones adoptadas al amparo de los artículos 9.1 y 30.1 de Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo que dan lugar al inicio de actuaciones ante esa Secretaria General.

RECOMENDACIONES

PRIMERA. Que se formulen programas para mejorar la condición física y el tratamiento de la fragilidad de las personas mayores en todos los centros penitenciarios y que se tomen medidas efectivas para garantizar que estos sean continuos y accesibles para las personas ubicadas en los distintos módulos.

SEGUNDA. Que se tomen medidas para garantizar que las personas mayores tengan acceso a las videollamadas en condiciones de igualdad, brindándose formación individualizada sobre el uso de los teléfonos y garantizándose en todos los casos el derecho a la intimidad en las comunicaciones.

SUGERENCIAS

PRIMERA. Que se tomen medidas adecuadas para promover la participación voluntaria de las personas mayores en las actividades generales y específicas, evitar el sedentarismo y la depresión en contextos de privación de libertad.

SEGUNDA. Que en el Centro Penitenciario de Asturias se mejoren los registros de las actividades destinadas a personas mayores con el detalle de inscritos, participantes y fechas de ejecución. Asimismo, que se registre adecuadamente la participación de las personas mayores en actividades dirigidas al resto de la población penitenciaria.

TERCERA. Que se tomen medidas adecuadas para dar continuidad a las actividades y que se reanuden aquellas actividades y talleres en suspenso por la pandemia.

CUARTA. Que se tomen medidas adecuadas para garantizar que todas las personas mayores con independencia del módulo en el que residan tengan conocimiento y puedan participar voluntariamente del taller «En Forma» destinado a mejorar la condición física y el tratamiento de la fragilidad.

QUINTA. Que se valore individualmente la ubicación de las personas mayores privadas de libertad en este Centro, en base a las condiciones de vida, seguridad, riesgo de abusos a su integridad psicofísica, estado de ánimo, grado de dependencia, fragilidad y/o deterioro cognitivo o físico.

SEXTA. Que se tomen medidas conducentes para garantizar que las personas mayores de todos los módulos puedan acceder a los espacios verdes de este Centro Penitenciario, pues el acceso a estos espacios cambia sustancialmente la percepción de la privación de libertad y movimiento. En particular, que se promueva la participación voluntaria de las personas mayores en el huerto en atención a los beneficios en la prevención del deterioro cognitivo y físico.

SÉPTIMA. Que se tomen medidas conducentes a mejorar de forma integral el acceso y la asistencia médica de las personas mayores en este Centro Penitenciario, especialmente respecto del tratamiento de patologías crónicas, de rehabilitación, de dietas específicas, así como la evaluación y el acompañamiento de las personas con necesidades especiales (gafas, audífonos, etc.).

OCTAVA. Que se tomen medidas para incentivar la colaboración y coordinación con los servicios sociales y/o comunitarios del Principado de Asturias, lo que redundará en una mejora en la atención psicosocial de las personas mayores con dependencia y/o fragilidad.

NOVENA. Que se tomen medidas para garantizar que las personas mayores puedan contar con un adecuado acompañamiento psicológico y jurídico durante la tramitación de la progresión de grado en particular cuando se trata de personas con enfermedad terminal y/o por motivos humanitarios.

DÉCIMA. Que se implemente de forma continua un Servicio de Orientación Jurídica Penitenciaria en el Centro Penitenciario de Asturias y que se tomen medidas específicas para garantizar el acceso de las personas mayores.

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes al que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981 del Defensor del Pueblo, antes citada, en el sentido de si se aceptan o no las Recomendaciones y las Sugerencias formuladas, así como en caso negativo, las razones que fundamenten su no aceptación.

Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las cuestiones referidas, así como responder a las solicitudes de información realizadas en el informe técnico adjunto donde se detallan los aspectos observados durante la visita.

Agradeciendo la colaboración que presta,

le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

 

Consulta la ficha de la visita al Centro Penitenciario Asturias (Villabona)

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