Visita al centro penitenciario de Ibiza.

SUGERENCIA:

Cumplimentar el preceptivo parte judicial de lesiones en todos los casos en los que estas se hayan producido (ya sean autoinfligidas o no) y siempre que los internos manifiesten haber sufrido lesiones, aun cuando estas no resulten evidentes a la vista o no se puedan apreciar por ser lesiones de carácter interno.

Fecha: 03/04/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 18004088

 

SUGERENCIA:

Mejorar las condiciones de la celda de contención mecánica, en particular para que tenga un perímetro suficiente para la realización de la contención.

Fecha: 03/04/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Rechazada
Queja número: 18004088

 

SUGERENCIA:

Dar indicaciones para que se cumplimenten íntegramente todos los campos en el Sistema Informático Penitenciario (SIP) cuando se produce una huelga de hambre.

Fecha: 03/04/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 18004088

 

SUGERENCIA:

Cubrir los puestos de médico previstos en la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) que permanecen vacantes con el fin de garantizar una atención sanitaria de calidad y con una frecuencia adecuada.

Fecha: 03/04/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Rechazada
Queja número: 18004088

 

SUGERENCIA:

Adoptar las medidas necesarias para que las imágenes que se graban en la celda de sujeción mecánica se conserven por un periodo de seis meses.

Fecha: 03/04/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 18004088

 

SUGERENCIA:

Adoptar medidas que permitan una adecuada separación de las mujeres del establecimiento, evitando situaciones de discriminación ante la falta de espacio.

Fecha: 03/04/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Rechazada parcialmente
Queja número: 18004088

 

SUGERENCIA:

Adoptar las medidas necesarias para reparar las humedades apreciadas en el departamento de enfermería.

Fecha: 03/04/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 18004088

 

SUGERENCIA:

Dar indicaciones para que los datos de sujeciones mecánicas recogidas en el Libro de Registro de Medios Coercitivos coincidan con las comunicadas en el SIP.

Fecha: 03/04/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 18004088

 

SUGERENCIA:

Dar indicaciones a los facultativos del centro a fin de que los partes de lesiones se cumplimenten de manera adecuada, conforme a las Recomendaciones del MNP formuladas en el «Estudio sobre los partes de lesiones de las personas
privadas de libertad».

Fecha: 03/04/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 18004088

 

SUGERENCIA:

Adoptar las medidas oportunas para que el acceso de vehículos de emergencia desde el exterior del centro se realice sin ningún impedimento.

Fecha: 03/04/2019
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 18004088

 


Visita al centro penitenciario de Ibiza.

En la doble condición que ostenta el Defensor del Pueblo como Alto Comisionado de las Cortes Generales y Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), tres técnicos de esta institución, realizaron una visita al Centro Penitenciario de Ibiza.

Consideraciones

Como consecuencia de dicha visita se ha llegado a las siguientes conclusiones:

Malos tratos y conflictividad

1. Llama la atención que desde su apertura no se haya realizado ninguna anotación en el Libro registro de quejas por presuntos malos tratos. Del examen de partes de lesiones, se comprobó que, en un parte de asistencia por lesiones a un interno, este refirió haber sido golpeado por un funcionario. Sin prejuzgar la realidad de ese hecho, se debería recordar a los responsables del centro penitenciario la existencia del Libro de quejas por presuntos malos tratos, para el caso en que se produzca alguna queja, denuncia o actuación se cumplimente el citado libro.

Personal

2. Se reciben quejas por parte de los funcionarios relativas a la escasez de personal, especialmente para atender las necesidades del módulo de mujeres. La poca estabilidad de la plantilla, como consecuencia de la insularidad del centro y del elevado coste de la vivienda, hace que se produzca una alta rotación de funcionarios, lo que dificulta el trabajo y la actividad del centro.

3. Igualmente se apreciaron indicios que apuntan a la insuficiente dotación en el centro de ciertas plazas para atender a la población reclusa de una manera eficiente. En concreto el centro solo disponía en el momento de la visita de un psicólogo y un trabajador social. Se ruega información al respecto.

4. En el momento de la visita, en la RPT estaba vacante la plaza de jurista. Se informó de que esta se iba a cubrir en un plazo muy breve de tiempo.

Interesa conocer si finalmente quedó cubierta la citada plaza.

Medios coercitivos – Sujeciones mecánicas

5. No se ha aplicado sujeción mecánica a ningún interno incluido en el Programa de Atención Integral a los Enfermos Mentales (PAIEM) en 2016, 2017 y 2018 hasta la fecha de la visita, lo que se valora positivamente.

6. Igualmente resulta positiva la escasa utilización de las sujeciones mecánicas en el centro.

7. Por el cotejo de la lista de sujeciones mecánicas del SIP con el Libro de Registro de Aplicación de Medios Coercitivos, se comprobó que no se ha trasladado al SIP toda la información contenida en el citado libro. Asimismo, en el SIP hay registrados medios coercitivos que, sin embargo, no figuran anotados en el Libro de Aplicación de Medios Coercitivos y, en varios casos, no consta la hora de inicio y cese del medio utilizado.

Se formula la SUGERENCIA PRIMERA.

8. Una de las dos celdas utilizadas para realizar sujeciones mecánicas no dispone de videovigilancia, aunque la dirección del centro informó de que esta celda no se utiliza, no debería de estar preparada como celda de inmovilización.

9. Además, la celda de sujeción mecánica que se emplea actualmente no tiene un perímetro suficiente para la realización de la inmovilización, lo que dificulta el procedimiento de aplicación y puede llevar a generar lesiones en los funcionarios o un proceso más doloroso para el interno. No se cumple con las recomendaciones del Defensor del Pueblo, recogidas en la «Guía de buenas prácticas en contenciones mecánicas» elaborada por el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (2017).

Dado que se informó de que de las dos celdas de inmovilización solo se utiliza una, se debería considerar de reformar estos dos espacios para convertirlos en una única celda de contención.

Se formula la SUGERENCIA SEGUNDA.

10. La celda de sujeciones mecánicas del departamento de aislamiento no tiene las correas homologadas preparadas para la realización inmediata de la sujeción, en contra del criterio manifestado en el parágrafo 179 del Informe Anual 2014 del MNP (en adelante Informe Anual 2014), así como la «Guía de buenas prácticas en contenciones mecánicas».

11. Los funcionarios no han recibido formación en inmovilización mecánica. Sería necesario que los mismos recibieran un curso de formación específica sobre la aplicación de sujeción mecánica con correas homologadas.

Sobre este asunto se realizó una Recomendación en el expediente (…..), que fue aceptada de manera parcial.

12. Se informó de que las imágenes del sistema de videovigilancia se conservan durante un periodo de cuatro días. Se considera que el periodo de conservación de las imágenes es muy escaso, conforme al criterio establecido en la «Guía de buenas prácticas en contenciones mecánicas», las grabaciones se deberían conservar durante seis meses.

Se formula la SUGERENCIA TERCERA.

Medidas de protesta

13. Se ha comprobado en el listado de incidentes regimentales, que desde el 1 de enero de 2017 y hasta la fecha en que se realizó la visita se habían registrado en el SIP tres huelgas de hambre. En el registro consta la fecha de inicio de esta, sin embargo, no se indica la fecha de finalización.

Se formula la SUGERENCIA CUARTA.

Asistencia médica

14. El centro no dispone de asistencia médica las 24 horas, a pesar del criterio del Defensor del Pueblo manifestado en el parágrafo 201 del Informe Anual 2014.

En este caso no se formula sugerencia, dada la cercanía del centro penitenciario con el Hospital de Ibiza, pero se recuerda que el criterio del MNP es que la asistencia médica debe ser presencial en el centro durante las 24 horas y no tener que depender de los servicios de urgencia externos para una atención puntual.

15. No se realiza ningún tipo de telemedicina, a pesar de que evitaría desplazamientos a consultas externas, con los inconvenientes y gastos que éstas conllevan, tal y como se refleja en el parágrafo 199 del Informe Anual 2014.

No se formula sugerencia a este respecto dado que la implantación de esta medida no solo incumbe al centro, sino también a la Administración sanitaria.

16. Se valora positivamente la información facilitada sobre que no se producen pérdidas de citas médicas por falta de fuerza conductora.

17. A pesar de que en la Relación de Puestos de Trabajo tiene que haber tres médicos, el centro sólo tiene un facultativo en la plantilla, que cuenta con el apoyo de otro médico durante seis meses al año.

Se formula la SUGERENCIA QUINTA.

Partes de lesiones

18. Los partes de lesiones se siguen emitiendo en el formato habitual de instituciones penitenciarias, lo que no resulta conforme con lo recogido en los parágrafos 155 y 156 del Informe Anual 2014 y en las recomendaciones del «Estudio sobre los partes de lesiones de las personas privadas de libertad» del Defensor del Pueblo.

A pesar de que dichas recomendaciones fueron rechazadas por la Secretaría de Estado de Seguridad, debe insistirse en esta cuestión por su importancia en la investigación de las denuncias de eventuales malos tratos.

19. Para la prevención e investigación de los malos tratos resulta también especialmente importante que se cumplimenten los partes de lesiones de manera adecuada. En los partes examinados se observó que se limitaban a una descripción somera de lo observado superficialmente, y no se efectúa un juicio de compatibilidad entre el relato y lo observado. Ha de recordarse que, conforme a las recomendaciones del MNP formuladas en el citado «Estudio sobre los partes de lesiones de las personas privadas de libertad», estos deben incluir un relato íntegro y textual, a ser posible con las propias palabras de los internos (y cuando éste no desee facilitarlo dejar constancia de ello), una exploración detallada tanto física como psicológica y un juicio de consistencia o compatibilidad, junto a fotografías de las lesiones. Se debe también entregar copia del informe al interesado, dejar copia en la historia clínica y tramitarlo de modo inmediato al juzgado de vigilancia penitenciaria.

Se formula la SUGERENCIA SEXTA.

20. El personal del centro señala que, cuando se trata de autolesiones, no se cumplimentan los partes de lesiones, simplemente se comunica al director.

Se formula la SUGERENCIA SÉPTIMA.

Actividad laboral y talleres productivos

21. Se informa de que, para dar a los internos de alta en el régimen laboral especial hay dificultades para gestionar el Número de Identidad de Extranjero (NIE), ya que muchos internos carecen del mismo. Antes la Policía Nacional acudía al centro dos veces al año, lo que evitaba el desplazamiento de los internos. Ahora llaman al 060 e intentan gestionar la tramitación del NIE.

Interesa a esta institución que se precisen las dificultades que se tienen en el centro para realizar las gestiones oportunas para la tramitación del NIE de los internos.

22. En este centro las mujeres tienen dificultad para acceder a destinos remunerados. Únicamente pueden acceder a las dos plazas que hay en la panadería.

23. Durante la visita no se pudo aclarar la formación que reciben los internos de apoyo y si se procede a inscribir en el registro SIP y en el expediente personal de los internos la formación específica en materia de prevención de suicidios para que quede constancia documental y puedan ser identificados en el supuesto de que sean trasladados a otro establecimiento.

Se ruega información al respecto.

24. El centro penitenciario carecía de talleres productivos en el momento de la visita, y, según se informó, nunca los ha tenido. Se estima necesario que los servicios centrales analicen la tarea desempeñada por la entidad estatal de trabajo penitenciario y formación para el empleo con relación a la introducción de talleres productivos en este establecimiento, en la medida en que la disponibilidad de espacio en el centro lo permita.

Tratamiento penitenciario

25. Se indicó que se promueve el traslado de centro al de Mallorca para que puedan intervenir con los internos en programas específicos relacionados con el delito cometido y para ello, se acelera la clasificación de los internos que así lo requieran.

26. Se dispone de un único departamento residencial destinado a mujeres, lo que unido a la circunstancia de que se trata de un módulo de respeto, no permite que se cumpla con los criterios de separación exigidos por la Ley.

Se formula la SUGERENCIA OCTAVA.

Instalaciones

27. En el centro se mantiene la existencia de celdas colectivas en sus instalaciones. Se utiliza esta práctica de forma habitual y no como una excepción en casos de saturación de reclusos, llegando a incluir en un mismo habitáculo a tres internos, lo que no resulta conforme con lo recogido en el parágrafo 149 del Informe Anual 2014, y supone un incumplimiento del principio de unidad celular recogido en el artículo 13 de la Ley Orgánica General Penitenciaria.

28. Según se informó durante la visita, a pesar de contar con un polideportivo en muy buen estado, está infrautilizado debido a la falta de personal suficiente para dar cobertura a este espacio.

29. Se percibió por parte de los funcionarios malestar al no disponer de un aparcamiento específico, ya que se sienten expuestos al compartir el único existente con los familiares que vienen a visitar a los internos.

30. También se manifestó por los funcionarios que las salas de los módulos destinadas exclusivamente a ellos resultan demasiado accesibles a los internos y que se sienten igualmente expuestos.

31. Según la información facilitada, a pesar de que han realizado simulacros contra incendios, el acceso destinado a los bomberos desde el exterior del centro es demasiado estrecho para que puedan pasar los vehículos de emergencias, debido a la estrechez de la vía.

Se formula la SUGERENCIA NOVENA.

32. Durante la visita se observaron deficiencias de mantenimiento, por ejemplo en el departamento de enfermería, que presentaba significativas humedades en las paredes.

Se formula la SUGERENCIA DÉCIMA.

Servicio de orientación jurídica

33. Los internos del centro no disponen de Servicio de Orientación Jurídica Penitenciaria, en contra de lo recogido en el parágrafo 152 del Informe Anual 2014.

Actividades formativas y educativas

34. Existen dificultades para poder cursar estudios superiores a distancia.

Decisión

Con base en estas conclusiones y al amparo de lo dispuesto en el artículo 9.1 y 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se efectúan las siguientes

SUGERENCIAS

PRIMERA. Dar indicaciones para que los datos de sujeciones mecánicas recogidas en el Libro de Registro de Medios Coercitivos coincidan con las comunicadas en el Sistema de Información Penitenciaria.

SEGUNDA. Mejorar las condiciones de la celda de contención mecánica, en particular para que tenga un perímetro suficiente para la realización de la contención.

TERCERA. Adoptar las medidas necesarias para que las imágenes que se graban en la celda de sujeción mecánica se conserven por un periodo de seis meses.

CUARTA. Dar indicaciones para que se cumplimenten íntegramente todos los campos en el SIP cuando se produce una huelga de hambre.

QUINTA. Cubrir los puestos de médico previstos en la RPT que permanecen vacantes con el fin de garantizar una atención sanitaria de calidad y con una frecuencia adecuada.

SEXTA. Dar indicaciones a los facultativos del centro a fin de que los partes de lesiones se cumplimenten de manera adecuada, conforme a las Recomendaciones del MNP formuladas en el «Estudio sobre los partes de lesiones de las personas privadas de libertad».

SÉPTIMA. Cumplimentar el preceptivo parte judicial de lesiones en todos los casos en los que estas se hayan producido (ya sean autoinfligidas o no) y siempre que los internos manifiesten haber sufrido lesiones, aun cuando estas no resulten evidentes a la vista o no se puedan apreciar por ser lesiones de carácter interno, de conformidad con lo establecido en el parágrafo 155 del Informe Anual 2014.

OCTAVA. Adoptar medidas que permitan una adecuada separación de las mujeres del establecimiento, evitando situaciones de discriminación ante la falta de espacio.

NOVENA. Adoptar las medidas oportunas para que el acceso de vehículos de emergencia desde el exterior del centro se realice sin ningún impedimento.

DÉCIMA. Adoptar las medidas necesarias para reparar las humedades apreciadas en el departamento de enfermería.

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, en el sentido de si se aceptan o no las Sugerencias formuladas, así como, en caso negativo, las razones que pudieran justificar su no aceptación.

Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las cuestiones referidas en las demás conclusiones, así como a responder a las solicitudes de información realizadas.

Con esta misma fecha se da traslado al responsable del centro visitado, a la Fiscalía General del Estado y al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria – a estas dos últimas a efectos meramente informativos – de las Sugerencias y las conclusiones remitidas a esa Secretaría General.

Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta institución, así como la del personal que atendió la visita,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.