Visita al Centro Penitenciario de Ourense.

RECOMENDACION:

Instaurar en todos los centros penitenciarios dependientes de esa Secretaría General una consulta de psicología clínica, dotándola adecuadamente de personal suficiente para prestar este servicio.

Fecha: 12/04/2021
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Rechazada
Queja número: 19002330

 

RECOMENDACION:

Realizar los cambios necesarios en la aplicación informática OMI (Oficina Médica Informatizada), para que se puedan incorporar fotografías a los partes de lesiones.

Fecha: 12/04/2021
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 19002330

 


Visita al Centro Penitenciario de Ourense.

Se agradece el escrito de contestación a la solicitud de ampliación de información con motivo de la visita realizada por el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP) al Centro Penitenciario de Ourense.

Consideraciones

1. Sobre la Sugerencia cuarta (grabación de audio en las celdas de sujeción mecánica), se informa que queda pendiente de disponibilidad presupuestaria.

Sobre esta cuestión, se insiste en que es criterio de esta institución que en las celdas donde se realizan sujeciones mecánicas queden grabados los sonidos habidos durante el tiempo que dure tan restrictiva medida.

2. Respecto de la Sugerencia novena (protocolo de la demanda de asistencia sanitaria urgente), se remiten las pautas de actuación del centro en materia de emergencia médica de personas internas, por lo que se acepta la misma.

3. En cuanto a la atención psicológica (conclusión 9), se describe la manera en que los psicólogos del centro llevan a cabo sus funciones. No obstante, durante la visita el médico del centro manifestó con claridad que los psicólogos del equipo de tratamiento no prestan este tipo de asistencia, y que el equipo médico no puede derivar a una persona interna para evaluación psicológica.

Como se ha puesto de manifiesto en otras ocasiones, en el ámbito penitenciario se observa una alta prevalencia de trastornos psicológicos y psiquiátricos, por lo que esta institución considera fundamental la existencia de un servicio de atención psicológica.

Al ser esta una cuestión recurrente en otros centros penitenciarios dependientes de ese centro directivo, se formula la RECOMENDACIÓN PRIMERA.

4. Se informa sobre el estado en que se encuentran las obras de la Unidad de custodia hospitalaria de Ourense (conclusión 24).

5. Se agradece la remisión de información sobre los destinos de hombres y mujeres, y la remuneración que se percibe en cada uno de los citados destinos, así como sobre cuantas internas e internos tienen contrato de trabajo (conclusión 31).

6. En relación con el uso por las internas del patio central (conclusión 33), se participa que no se llevan a cabo actividades en el mismo.

7. En cuanto a la conclusión 29 (modelo de parte de lesiones del programa OMI no incluye la opción de añadir fotografías), se informa que «para que esto suceda se requieren una condiciones de procedimiento, archivo y accesibilidad que respeten, además de la dignidad humana en su realización, también en este caso la compleja aplicación informática de la historia clínica digital utilizada en el ámbito penitenciario OMI …, circunstancias que necesitan unos requerimientos técnicos específicos en el software y en el hardware de la aplicación que no se contemplan en la misma».

Sobre este asunto, se reitera en que es criterio de esta institución que resulta imprescindible que se realicen fotografías de las lesiones, y que estas fotografías acompañen al parte de lesiones, o en su caso, queden a disposición de quien pueda solicitarlas posteriormente, tal y como se recomienda en el «Estudio sobre los partes de lesiones de las personas privadas de libertad» del Defensor del Pueblo.

Al ser esta una cuestión de carácter general, se formula la RECOMENDACIÓN SEGUNDA.

Decisión

De acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.1 y 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se efectúan las siguientes

RECOMENDACIONES

PRIMERA. Instaurar en todos los centros penitenciarios dependientes de esa Secretaría General una consulta de psicología clínica, dotándola adecuadamente de personal suficiente para prestar este servicio.

SEGUNDA. Realizar los cambios necesarios en la aplicación informática OMI, para que se puedan incorporar fotografías a los partes de lesiones.

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, en el sentido de si se aceptan o no las Recomendaciones formuladas, así como, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación.

Agradeciendo la colaboración que presta a esta institución,

le saluda atentamente,  

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.