Visita al Centro Penitenciario de Palma de Mallorca.

RECOMENDACION:

Que desde la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se den indicaciones a los centros penitenciarios para garantizar un registro completo y adecuado de las imágenes que se han extraído del circuito de videovigilancia, siguiendo lo establecido en la Instrucción 4/2022. A tal fin, resulta igualmente necesario que tales registros sean supervisados y remitidos por los centros a los servicios centrales con la periodicidad que se determine, en términos análogos a cómo debe hacer la inspección con el libro registro de alegaciones de malos tratos.

Fecha: 30/11/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Rechazada
Queja número: 23019617

 

RECOMENDACION:

Que por parte de la Subdirección General de Sanidad Penitenciaria de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se realicen inspecciones específicas regulares para supervisar la actuación del personal médico de instituciones penitenciarias, poniendo especial foco en materia de detección y documentación de alegaciones de malos tratos.

Fecha: 30/11/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Rechazada
Queja número: 23019617

 

RECOMENDACION:

Que por parte de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se diseñe un modelo para notificar a las personas internas el cambio de módulo y, eventualmente de celda, al menos cuando esta decisión sea tomada por el CP sin petición previa de la persona interesada. De esta manera, la decisión se podrá recurrir al Juez de Vigilancia Penitenciaria si considera que se trata de una decisión arbitraria. Dicha medida puede coadyuvar igualmente a reducir los tan frecuentes incidentes y medidas regimentales asociadas a cambios de dependencias.

Fecha: 30/11/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Rechazada
Queja número: 23019617

 

SUGERENCIA:

Que se proceda a la instalación de los sistemas de telecabina habilitados para la realización de videollamadas en el Centro Penitenciario de Mallorca en lugares que permitan garantizar el respeto a la intimidad de las personas comunicantes.

Fecha: 30/11/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Rechazada
Queja número: 23019617

 

SUGERENCIA:

Que por parte de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se den indicaciones al Centro Penitenciario de Mallorca para garantizar que se produce un registro inmediato en el sistema informático penitenciario de las circunstancias que acontecen en el centro, estableciéndose las medidas oportunas para asegurar que se lleva a cabo igualmente en los días y jornada no habitual. De lo contrario, resulta inoperativa la supervisión a través del SIP que pudiera hacerse desde los servicios centrales.

Fecha: 30/11/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada parcialmente
Queja número: 23019617

 

SUGERENCIA:

Que por parte del Centro Penitenciario de Mallorca se proceda a dejar constancia por escrito de la celebración y acuerdos adoptados en las reuniones semanales que se llevan a cabo para valorar la situación de las personas sometidas a limitaciones regimentales, con el fin de dotar de mayores garantías este proceso, aplicando lo dispuesto en la normativa administrativa para las sesiones de los órganos colegiados (artículo 18 de la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público).

Fecha: 30/11/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada parcialmente
Queja número: 23019617

 

SUGERENCIA:

Que por parte de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se adopten las medidas establecidas en el artículo 212 del Reglamento Penitenciario para incrementar el personal facultativo con el que cuenta el Centro Penitenciario de Mallorca, con el fin de garantizar la debida atención médica a las personas internas y su adecuada documentación en las historias clínicas, evitando igualmente con ello el perjuicio del personal de enfermería atribuyéndole funciones que no le corresponden.

Fecha: 30/11/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 23019617

 

SUGERENCIA:

Que por parte de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se adopten las medidas necesarias para garantizar que en el Centro Penitenciario de Mallorca la prestación odontológica básica es gratuita para todas las personas internas, en línea con la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud y en cumplimiento de la normativa penitenciaria que la engloba dentro de la atención médica primaria.

Fecha: 30/11/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 23019617

 

SUGERENCIA:

Que se den indicaciones en el Centro Penitenciario de Mallorca para que el libro registro del módulo de aislamiento en que se anotan circunstancias tales como las salidas al patio, los cacheos o el reconocimiento médico de las personas internas, sea cumplimentado con la debida diligencia, con el fin de que sea fiel reflejo de lo sucedido y evitar discordancias con otros registros que contemplan estos mismos datos.

Fecha: 30/11/2023
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Rechazada
Queja número: 23019617

 


Visita al Centro Penitenciario de Palma de Mallorca.

En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), tres técnicas del MNP y una del Área de Seguridad y Justicia, acompañadas por dos técnicos externos, médico y psiquiatra, realizaron de oficio una visita al Centro Penitenciario de Palma de Mallorca (Islas Baleares), los días 12 y 13 de junio de 2023.

Como consecuencia de dicha visita se ha efectuado un acta en la que se destacan los aspectos que a continuación se señalan. El contenido del presente escrito que coincide con el enviado a efectos meramente informativos a la Dirección del centro visitado, a la Fiscalía General del Estado, a la Fiscalía Territorial de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears y al Juzgado de Vigilancia Penitenciaria nº 1 de Palma, incluye las resoluciones adoptadas al amparo de los artículos 9.1 y 30.1 de Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo que dan lugar al inicio de actuaciones ante esa Secretaria General.

RECOMENDACIONES

PRIMERA. Que desde la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se den indicaciones a los centros penitenciarios para garantizar un registro completo y adecuado de las imágenes que se han extraído del circuito de videovigilancia, siguiendo lo establecido en la Instrucción 4/2022. A tal fin, resulta igualmente necesario que tales registros sean supervisados y remitidos por los centros a los servicios centrales con la periodicidad que se determine, en términos análogos a cómo debe hacer la inspección con el libro registro de alegaciones de malos tratos.

SEGUNDA. Que por parte de la Subdirección General de Sanidad Penitenciaria de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se realicen inspecciones específicas regulares para supervisar la actuación del personal médico de instituciones penitenciarias, poniendo especial foco en materia de detección y documentación de alegaciones de malos tratos.

TERCERA. Que por parte de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se diseñe un modelo para notificar a las personas internas el cambio de módulo y, eventualmente de celda, al menos cuando esta decisión sea tomada por el CP sin petición previa de la persona interesada. De esta manera, la decisión se podrá recurrir al Juez de Vigilancia Penitenciaria si considera que se trata de una decisión arbitraria. Dicha medida puede coadyuvar igualmente a reducir los tan frecuentes incidentes y medidas regimentales asociadas a cambios de dependencias.

SUGERENCIAS

PRIMERA. Que se proceda a la instalación de los sistemas de telecabina habilitados para la realización de videollamadas en el Centro Penitenciario de Mallorca en lugares que permitan garantizar el respeto a la intimidad de las personas comunicantes.

SEGUNDA. Que por parte de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se den indicaciones al Centro Penitenciario de Mallorca para garantizar que se produce un registro inmediato en el sistema informático penitenciario (SIP) de las circunstancias que acontecen en el centro, estableciéndose las medidas oportunas para asegurar que se lleva a cabo igualmente en los días y jornada no habitual. De lo contrario, resulta inoperativa la supervisión a través del SIP que pudiera hacerse desde los servicios centrales.

TERCERA. Que por parte del Centro Penitenciario de Mallorca se proceda a dejar constancia por escrito de la celebración y acuerdos adoptados en las reuniones semanales que se llevan a cabo para valorar la situación de las personas sometidas a limitaciones regimentales, con el fin de dotar de mayores garantías este proceso, aplicando lo dispuesto en la normativa administrativa para las sesiones de los órganos colegiados (artículo 18 de la Ley 40/2015 de RJSP).

CUARTA. Que por parte de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se adopten las medidas establecidas en el artículo 212 del Reglamento Penitenciario para incrementar el personal facultativo con el que cuenta el Centro Penitenciario de Mallorca, con el fin de garantizar la debida atención médica a las personas internas y su adecuada documentación en las historias clínicas, evitando igualmente con ello el perjuicio del personal de enfermería atribuyéndole funciones que no le corresponden.

QUINTA. Que por parte de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias se adopten las medidas necesarias para garantizar que en el Centro Penitenciario de Mallorca la prestación odontológica básica es gratuita para todas las personas internas, en línea con la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud y en cumplimiento de la normativa penitenciaria que la engloba dentro de la atención médica primaria.

SEXTA. Que se den indicaciones en el Centro Penitenciario de Mallorca para que el libro registro del módulo de aislamiento en que se anotan circunstancias tales como las salidas al patio, los cacheos o el reconocimiento médico de las personas internas, sea cumplimentado con la debida diligencia, con el fin de que sea fiel reflejo de lo sucedido y evitar discordancias con otros registros que contemplan estos mismos datos.

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes al que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981 del Defensor del Pueblo, antes citada, en el sentido de si se aceptan o no las Recomendaciones y las Sugerencias formuladas, así como en caso negativo, las razones que fundamenten su no aceptación.

Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las cuestiones referidas, así como responder a las solicitudes de información realizadas en el informe técnico adjunto donde se detallan los aspectos observados durante la visita.

Agradeciendo la colaboración que presta,

le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

 

Consulta la ficha de la visita al Centro Penitenciario de Palma de Mallorca

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.