Visita al Centro Penitenciario de Topas (Salamanca).

RECOMENDACION:

Que se adecúe la normativa penitenciaria a la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía y los derechos de las personas LGTBI.

Fecha: 19/02/2025
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Sin respuesta
Queja número: 21007020

 


Visita al Centro Penitenciario de Topas (Salamanca).

Se agradece el escrito de contestación a las cuestiones remitidas con motivo de la visita realizada por el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP) al Centro Penitenciario de Topas (Salamanca).

Consideraciones

Recomendación Primera (Recoger correctamente la identidad sexual de las personas transexuales en la recogida de datos y elaboración de estadísticas).

El MNP recomendó en la visita realizada hace cuatro años «Recoger correctamente la identidad sexual de las personas transexuales en la recogida de datos y elaboración de estadísticas». Esa Administración no ha adecuado la normativa penitenciaria a la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía y los derechos de las personas LGTBI, pese al tiempo transcurrido y a que se trata de una necesidad básica, de la que se hace eco la prensa por incidentes al respecto en los centros penitenciarios.

Se formula la Recomendación Decimoprimera: «Que se adecúe la normativa penitenciaria a la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía y los derechos de las personas LGTBI».

Recomendación Segunda (Articular una respuesta tratamental de la discapacidad con enfoque de género).

Se solicita: a) el programa de intervención de drogodependencias con enfoque de género dirigido a personas con discapacidad citado en su escrito; b) los centros en los que se ha puesto en marcha el programa y porcentaje de mujeres participantes, sobre el total de mujeres con discapacidad y tratamiento de drogodependencias; c) la valoración de los resultados obtenidos en el año 2024 en su aplicación.

Recomendación Tercera (Protocolo para la detección e intervención en materia de violencia de género), Conclusión 6 (Reiteración de la Recomendación de incorporar la variable de mujer de minoría gitana en la recogida de datos y elaboración de estadísticas), Conclusión 9 (Reiteración de la Recomendación sobre sistematizar la recogida de datos para acciones compensatorias por distancia entre centro penitenciario y domicilio).

Dado que estas tres Recomendaciones fueron aceptadas por la Administración y razones informáticas impiden su realización, se reitera la Recomendación, realizada en el expediente (…), de que se solicite la consignación en los Presupuestos Generales del Estado de partida presupuestaria para el desarrollo informático para la recopilación de datos y su explotación sobre las mujeres presas, que posibilite el efectivo ejercicio de su derecho a la igualdad y demás derechos fundamentales.

Respecto de la Recomendación Tercera, se reitera la solicitud de información sobre el porcentaje de mujeres que han sufrido violencia de género con carácter previo a la entrada en prisión (años 2022, 2023 y 2024).

Recomendación Cuarta (Protocolo de prevención, detección y actuación y atención a las víctimas por agresión física o sexual en el centro).

Se reitera una vez más la solicitud de remisión de la regulación de la materia realizada por esa Administración, de conformidad con la legislación vigente.

Recomendación Quinta (Programa de Prevención de Suicidios).

Se solicita el porcentaje de protocolos de prevención de suicidios aplicados a personas transexuales del total de esta población penitenciaria en el año 2024.

Recomendación Decimosegunda (Revisión con enfoque de género de la aplicación de los medios coercitivos y del aislamiento).

Acepta la Administración la Recomendación, indicando en su escrito que «cada centro lleva a cabo su propio análisis y, de proceder, revisión de la aplicación de medios coercitivos».

Se solicita la remisión del análisis realizado por cada centro respecto de la revisión con enfoque de género de la aplicación de los medios coercitivos y del aislamiento en el año 2022, 2023 y 2024, y las medidas de corrección adoptadas. 

Conclusión 11 (Reiteración de la Recomendación de facilitar dossier de ingreso que incorpore enfoque de género y lenguaje inclusivo).

El dossier de ingreso al centro Penitenciario de Topas adjuntado a su escrito carece de lenguaje de enfoque de género y lenguaje inclusivo, pese a que esta Recomendación fue aceptada hace seis años.

Conclusión 16 (Reiteración de la Recomendación de desarrollar el Programa Ser mujer)

Recibida la información sobre el porcentaje (6,25 %) de presas que participó en el año 2023 en el programa «Ser mujer», el mismo se estima muy bajo teniendo en cuenta el alto porcentaje de mujeres que ha sufrido violencia de género y que éste es el tratamiento penitenciario para tal fin.

Se solicita información sobre el porcentaje de mujeres, sobre el total de mujeres de cada centro, que ha participado en el taller «Ser mujer» en el año 2024, desglosado por centros.

Conclusión 17 (Reiteración de la Recomendación de realizar un programa de tratamiento de adicciones con perspectiva de género que garantice la igualdad de oportunidades).

Se reitera la solicitud de información, desglosada por centros penitenciarios, acerca de las razones por las que en cárceles mixtas no residen mujeres en la Unidad Terapéutica, a fecha 31 de diciembre de 2024. Como indica en su escrito esa Administración, el acceso de las internas al tratamiento específico de adicciones es una necesidad básica a cubrir.

Decisión

Se solicita ampliación de información contenida en el escrito.

Agradeciendo la colaboración que presta a esta institución,

le saluda muy atentamente,

Ángel Gabilondo Pujol

Defensor del Pueblo

 

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