Se agradece su respuesta a la solicitud de información enviada en el expediente abierto tras la visita realizada por el Defensor del Pueblo en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), al Establecimiento Penitenciario Militar de Alcalá de Henares el día 10 de mayo de 2022.
Consideraciones
Mediante escrito de fecha 24 de marzo de 2023 se iniciaron actuaciones con todas las administraciones con competencia en materia penitenciaria con el fin de recabar información sobre la posibilidad de compartir o interconectar sus sistemas informáticos, asunto en la que es necesario avanzar como se expone en el Informe Anual del MNP (página 36).
Recibida la respuesta de todas ellas, se observa que la Administración Central, cuya base de datos se conoce como SIP, no estima prioritario ni tiene previsto abordar tal cuestión. La Administración penitenciaria del País Vasco, última en asumir la competencia en materia penitenciaria, ha informado de que ha seguido utilizando esta base de datos (SIP), por resultar imprescindible para dar continuidad a la actividad administrativa. En este sentido, se manifiesta que desde el inicio ha existido una relación fluida y una voluntad de cooperación entre ambas Administraciones para dar continuidad al uso de las aplicaciones.
Sin embargo, las otras dos administraciones cuentan con un sistema informático diferente y, en ningún caso, interconectado con el SIP. Estas dos administraciones, la Generalitat de Cataluña y la Administración militar no muestran oposición a tal cuestión. La Generalitat se limita en su escrito a exponer que para avanzar en este tema sería necesario abrir un espacio para tratar los aspectos técnicos necesarios y la protección de datos. Por su parte, la Administración militar, como ya mencionó en la visita, está dispuesta a abrir un diálogo al respecto y, de hecho, lo reclama y considera necesario, aunque reconoce las dificultades añadidas que podría suponer el que el establecimiento militar este integrado en la red de Defensa.
Bajo la rúbrica «relaciones electrónicas entre Administraciones», la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, regula en el capítulo IV del Título III esta cuestión. Aun habiendo manifestado las administraciones implicadas que se ha iniciado un diálogo al respecto, dadas las divergentes opiniones y en atención a la necesidad de avanzar en tal cuestión, se formula la siguiente RECOMENDACIÓN:
Que se lleve a cabo el diálogo necesario entre las diferentes administraciones con competencia en materia penitenciaria con el fin de avanzar en la unificación o interconexión de sus sistemas informáticos penitenciarios, en tanto cada una de ellas cuenta con un sistema propio y el hecho de que no estén conectados dificulta una recogida de datos homogénea y su reflejo en el expediente personal del interno, lo que puede repercutir negativamente en la toma de decisiones sobre el régimen de vida y el tratamiento.
Decisión
De conformidad con los artículos 1, 9 y 18 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, se continúan las actuaciones al objeto de recabar el pronunciamiento de cada una de las Administraciones con competencia en materia penitenciaria sobre la RECOMENDACIÓN formulada en el presente escrito.
Agradeciendo la colaboración que presta a esta institución,
le saluda muy atentamente,
Ángel Gabilondo Pujol
Defensor del Pueblo
Consulta la ficha de la visita al Establecimiento Penitenciario Militar de Alcalá de Henares (Madrid)