Visita al Puesto de la Guardia Civil de Mérida.

SUGERENCIA:

Modificar el diseño de la entrada para la persona detenida para que no coincida con el resto de los ciudadanos que acudan a estas dependencias.

Fecha: 29/06/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada parcialmente
Queja número: 21011255

 

SUGERENCIA:

Proceder a dictar las instrucciones oportunas para acondicionar las celdas y la retirada de elementos que puedan ser peligrosos para las personas que permanecen allí detenidas, adecuándolas a la Instrucción 11/2015 de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba la Instrucción técnica para el diseño y construcción de áreas de detención.

Fecha: 29/06/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 21011255

 

SUGERENCIA:

Reparar el llamador de la celda número dos para su correcto funcionamiento.

Fecha: 29/06/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 21011255

 

SUGERENCIA:

Proceder a la mejora del sistema de videovigilancia añadiendo cámaras en la zona de puertas y eliminar los ángulos muertos de las cámaras de las celdas.

Fecha: 29/06/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 21011255

 

SUGERENCIA:

Proceder a la modificación del sistema de conservación de imágenes del sistema de videovigilancia con el fin de que puedan conservarse durante 30 días a partir de su captación, según se refiere en la Instrucción 4/2018, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba el «Protocolo de actuación en las áreas de custodia de detenidos de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado».

Fecha: 29/06/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 21011255

 

SUGERENCIA:

Reparar la presión del agua de los lavabos para su correcto funcionamiento.

Fecha: 29/06/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 21011255

 

SUGERENCIA:

Garantizar que se proporciona bata o toalla a todas las personas detenidas que sean sometidos a un registro con desnudo integral.

Fecha: 29/06/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 21011255

 

SUGERENCIA:

Impartir las instrucciones oportunas para adquirir ropa para facilitársela a la persona detenida que la precise antes de su presentación a la autoridad judicial.

Fecha: 29/06/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada parcialmente
Queja número: 21011255

 

SUGERENCIA:

Guardar en todo caso las pertenencias de las personas detenidas en un lugar donde se proceda a su custodia segura.

Fecha: 29/06/2021
Administración: Dirección General de la Guardia Civil. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 21011255

 


Visita al Puesto de la Guardia Civil de Mérida.

En la doble condición que ostenta el Defensor del Pueblo como Alto Comisionado de las Cortes Generales y Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), tres técnicos de esta institución, realizaron una visita al Puesto de la Guardia Civil en Mérida.

Como consecuencia de dicha visita se han observado las siguientes conclusiones:

1. En estas dependencias la conducción de los detenidos hasta los calabozos se realiza a través de la entrada principal, coincidiendo con el público que acude a estas oficinas para realizar alguna gestión, lo que tiene implicaciones tanto desde el punto de vista de la seguridad como por la exposición que supone de quien, aun privado de libertad, mantiene los derechos fundamentales al honor y a la propia imagen.

Se formula la SUGERENCIA PRIMERA.

2. En las celdas había elementos que podrían ser peligrosos para la integridad de las personas que allí permanecen, como el enrejado en la puerta de la celda en caso de intento de autolesión o suicidio de las personas detenidas. Este hecho llama la atención puesto que las instalaciones se inauguraron en 2018 y la Instrucción donde se indica cómo han de ser las instalaciones es de 2015.

Se formula la SUGERENCIA SEGUNDA.

3. Se observó que el llamador de la celda número dos no funcionaba correctamente.

Se formula la SUGERENCIA TERCERA.

4. Con relación al sistema de videovigilancia, se observó que no se cubre todo el recorrido que realiza la persona detenida desde su entrada a las dependencias. No existe cámara en la zona de puertas. A esta deficiencia se añade la existencia de ángulos muertos en la cobertura de las cámaras de las celdas.

Se formula la SUGERENCIA CUARTA.

5. Respecto a los carteles informativos para comunicar que se trata de una zona videovigilada, se informó de que aunque no se habían colocado ya estaban en proceso de hacerlo.

Se solicita información sobre la efectiva colocación de tales carteles informativos.

6. Con relación a la duración de la conservación de las grabaciones del sistema de videovigilancia, se indicó que permanecían grabadas y conservadas durante 15 días, periodo de tiempo que esta institución considera insuficiente.

Se formula la SUGERENCIA QUINTA.

7. Se constató que el agua de todos los lavabos salía prácticamente sin presión, lo que dificulta el lavado de manos de las personas que allí permanecen.

Se formula la SUGERENCIA SEXTA.

8. Se observó la escasez de luz en las celdas. Como se ha señalado, las instalaciones son del año 2018 y, se observa que se podrían haber construido de forma que hubiera luz natural en todas las celdas.

Se solicita información al respecto.

9. Según la información recibida, los registros con desnudo integral se llevan a cabo de manera excepcional, pero no se disponía de bata o toalla para proporcionar a la persona detenida en estos casos. Si se informó de la existencia de un kit para mujeres detenidas, tras observarlo se aprecia que incluye una bata.

Se formula la SUGERENCIA SÉPTIMA.

10. Se solicita información sobre el sistema de climatización que se utiliza en esa zona de custodia.

11. No se dispone de ropa limpia a disposición de los detenidos que la precisen para que la puesta disposición judicial, o en libertad, en su caso sea en condiciones dignas.

Se formula la SUGERENCIA OCTAVA.

12. Las pertenencias de las personas detenidas se depositan en el cuarto de puertas.

Se formula la SUGERENCIA NOVENA.

13. Con relación a la existencia de un protocolo de actuación para detectar posible enfermedad física o psíquica, se informa que si la situación hiciera necesario el ingreso en calabozos de una persona con discapacidad, por parte del responsable de su custodia se extrema la vigilancia, solicitando la presencia de servicios médicos en caso de ser necesario y siempre dejando constancia de toda incidencia en el libro de registro y custodia de detenidos.

14. Respecto al protocolo de prevención de suicidios, se indica que los calabozos están ideados en su construcción para prevenir actos autolíticos, ya que la cama es de obra, carece de partes metálicas que se puedan arrancar, el sanitario y el lavabo son de acero e incrustados en la construcción por lo que tampoco es posible arrancar partes. La ventana y la puerta carecen de cristales que puedan ser rotos y utilizados como objetos cortantes. El personal responsable de la custodia de la persona privada de libertad dispone de monitores para la vigilancia permanente de las personas ingresadas en calabozos, debiendo realizar verificaciones periódicas del estado en que se encuentran y dejando constancia de las verificaciones e incidencias mediante la anotación en el libro de registro y custodia de detenidos. Si a criterio del responsable de la custodia fuera necesaria presencia de servicios sanitarios, se realiza llamada al 112 para requerir una ambulancia que se persona en escasos minutos.

15. En estas dependencias se informa de que también existe un protocolo de actuación para mujeres embarazadas. Se indica que si las circunstancias hicieran necesario el ingreso en calabozo de una mujer embarazada, por el responsable de la custodia se extreman las medidas de vigilancia para actuar rápidamente y requerir presencia de servicios médicos si fuera preciso.

16. Durante la visita se solicitó copia del libro de registro de detenidos, sin embargo, el archivo está dañado y no se puede acceder al mismo. Por ello, se solicita de nuevo los siguientes datos:

– Copia del resumen del libro de registro y custodia de personas detenidas desde el 1 de enero de 2020, con la indicación del número de personas que han permanecido bajo custodia, entrada y salida y demás datos.

– Copia de las fichas del libro de registro y custodia de personas detenidas donde se indiquen las vicisitudes de cada persona detenida durante el año 2021.

17. Además, se solicitaron atestados para el estudio de diversa documentación. Sin embargo, los archivos se han enviado dañados y no se puede acceder a los mismos. Por tanto, se solicita de nuevo copia de los siguientes atestados.

– Atestado 2021-…..-…..

– Atestado 2020-…..-…..

– Atestado 2020-…..-…..

– Atestado 2020-…..-…..

– Atestado 2020-…..-…..

– Atestado 2019-…..-…..

– Atestado 2019-…..-…..

Decisión

Con base en las conclusiones anteriores, y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9.1 y 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se efectúan a esa Dirección General de la Guardia Civil, respecto del Puesto de Mérida, las siguientes

SUGERENCIAS

PRIMERA. Modificar el diseño de la entrada para la persona detenida para que no coincida con el resto de los ciudadanos que acudan a estas dependencias.

SEGUNDA. Proceder a dictar las instrucciones oportunas para acondicionar las celdas y la retirada de elementos que puedan ser peligrosos para las personas que permanecen allí detenidas, adecuándolas a la Instrucción 11/2015 de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba la Instrucción técnica para el diseño y construcción de áreas de detención.

TERCERA. Reparar el llamador de la celda número dos para su correcto funcionamiento.

CUARTA. Proceder a la mejora del sistema de videovigilancia añadiendo cámaras en la zona de puertas y eliminar los ángulos muertos de las cámaras de las celdas.

QUINTA. Proceder a la modificación del sistema de conservación de imágenes del sistema de videovigilancia con el fin de que puedan conservarse durante 30 días a partir de su captación, según se refiere en la Instrucción 4/2018, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se aprueba el «Protocolo de actuación en las áreas de custodia de detenidos de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado».

SEXTA. Reparar la presión del agua de los lavabos para su correcto funcionamiento.

SÉPTIMA. Garantizar que se proporciona bata o toalla a todas las personas detenidas que sean sometidos a un registro con desnudo integral.

OCTAVA. Impartir las instrucciones oportunas para adquirir ropa para facilitársela a la persona detenida que la precise antes de su presentación a la autoridad judicial.

NOVENA. Guardar en todo caso las pertenencias de las personas detenidas en un lugar donde se proceda a su custodia segura.

Se agradece su preceptiva respuesta, en el plazo no superior a un mes a que hace referencia el artículo 30 de la Ley Orgánica 3/1981, antes citada, en el sentido de si se aceptan o no las Sugerencias formuladas, así como en caso negativo, las razones que fundamenten su no aceptación.

Asimismo, se ruega que su informe se extienda a detallar las medidas que se vayan a adoptar para subsanar las cuestiones referidas en las demás conclusiones, así como responder a las solicitudes de información realizadas.

Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta institución, así como la del personal que atendió la visita,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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