Visita al Centro Penitenciario Monterroso (Lugo).

RECOMENDACION:

Adoptar las medidas necesarias para la creación de un programa de alfabetización, en colaboración con las autoridades educativas autonómicas, en el que puedan participar todos los internos que lo precisen, y procurar su promoción entre la población penitenciaria.

Fecha: 05/05/2020
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Rechazada parcialmente
Queja número: 19016980

 

SUGERENCIA:

Promover la utilización del sistema de videoconferencia para que los internos puedan realizar comunicaciones familiares.

Fecha: 05/05/2020
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19016980

 

SUGERENCIA:

Proporcionar a los internos una cantidad suficiente de productos higiénicos.

Fecha: 05/05/2020
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19016980

 

SUGERENCIA:

Ampliar la cobertura del sistema de videovigilancia de manera que abarque todas las zonas en las que puedan encontrarse los internos, a excepción de las celdas y los baños.

Fecha: 05/05/2020
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 19016980

 

SUGERENCIA:

Cubrir los puestos de personal sanitario previstos en la RPT que permanecen vacantes con el fin de garantizar una atención sanitaria de calidad y con una frecuencia adecuada.

Fecha: 05/05/2020
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 19016980

 

SUGERENCIA:

Dar indicaciones para que los funcionarios que prestan servicio en este centro penitenciario cumplan con su deber de portar su placa identificativa y vigilar el riguroso cumplimiento de esta previsión.

Fecha: 05/05/2020
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19016980

 

SUGERENCIA:

Dar indicaciones para que el Libro de registro de denuncias por malos tratos se cumplimente de forma correcta.

Fecha: 05/05/2020
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19016980

 

SUGERENCIA:

Garantizar una adecuada formación continua de los trabajadores del centro.

Fecha: 05/05/2020
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19016980

 

SUGERENCIA:

Unificar en un solo libro registro los medios coercitivos empleados, haciendo distinción del tipo de sujeción mecánica que se aplica, y de las horas de inicio y cese de cada medio coercitivo empleado.

Fecha: 05/05/2020
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19016980

 

SUGERENCIA:

Dar indicaciones para que se registre correctamente la aplicación de medios coercitivos en el correspondiente libro de registro y en el SIP, de conformidad con lo indicado en el parágrafo 178 del Informe Anual 2014.

Fecha: 05/05/2020
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19016980

 

SUGERENCIA:

Eliminar los cabeceros de las dos camas donde se realizan contenciones mecánicas, así como situar en el centro la cama de la celda de contención del módulo de enfermería, de manera que se permita el adecuado movimiento alrededor de la misma de las personas que están practicando la inmovilización.

Fecha: 05/05/2020
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19016980

 

SUGERENCIA:

Dar indicaciones para que las consultas médicas que se realizan a los internos que permanecen cumpliendo sanciones se realicen con carácter general en la consulta existente en los mismos, compatibilizando la dignidad e intimidad del acto médico con la seguridad que resulte en cada caso necesaria.

Fecha: 05/05/2020
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 19016980

 

SUGERENCIA:

Consignar en el evolutivo de las historias clínicas el resultado de todas las actuaciones médicas.

Fecha: 05/05/2020
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19016980

 

SUGERENCIA:

Establecer un protocolo para el reconocimiento médico de los internos sometidos a aislamiento.

Fecha: 05/05/2020
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Rechazada
Queja número: 19016980

 

SUGERENCIA:

Protocolizar el sistema de demanda de asistencia sanitaria, tanto a demanda, como urgente.

Fecha: 05/05/2020
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19016980

 

SUGERENCIA:

Generalizar en la medicación psicofarmacológica, los tratamientos directamente observados o, al menos, el reparto diario de la medicación.

Fecha: 05/05/2020
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Rechazada
Queja número: 19016980

 

SUGERENCIA:

Adoptar las medidas oportunas para garantizar que se proporcione siempre copia del parte de lesiones emitido al interesado.

Fecha: 05/05/2020
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19016980

 

SUGERENCIA:

Mantener el centro en un estado adecuado de limpieza y mantenimiento.

Fecha: 05/05/2020
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19016980

 

SUGERENCIA:

Adoptar las medidas oportunas para los internos que acuden a pasar consultar al módulo de enfermería, se puedan sentar mientras se produce la consulta.

Fecha: 05/05/2020
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19016980

 

SUGERENCIA:

Procurar que los servicios médicos del centro desarrollen más programas específicos para el PAIEM, y se elaboren las actas de las reuniones del equipo multidisciplinar.

Fecha: 05/05/2020
Administración: Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior
Respuesta: Aceptada pero no realizada
Queja número: 19016980

 


Visita al Centro Penitenciario Monterroso (Lugo).

En el marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), tres técnicos de esta institución, acompañados por un técnico externo y una técnica del Valedor do Pobo, realizaron de oficio una visita al Centro penitenciario Lugo-Monterroso.

Como consecuencia de dicha visita se ha llegado a las siguientes conclusiones, de las que se le da traslado para su conocimiento:

Instalaciones y aspectos generales

1. En el centro no se realiza separación interior de las personas privadas de libertad, conforme establece el artículo 16 de la Ley Orgánica General Penitenciaria.

2. Durante la visita se proporcionaron formularios de queja a varios internos, y hubo algunos que reconocieron que no podían rellenar el formulario, pues no sabian leer ni escribir.

Se formula una RECOMENDACIÓN.

3. De las entrevistas mantenidas con varios internos, se conoció el caso de uno que tiene amputado un pie, el interno manifestó que estaba tramitando el reconocimiento de su discapacidad, pero en el centro no tenían conocimiento de este hecho.

4. El centro dispone de un amplio espacio exterior donde hay instaladas unas porterías. Se indicó que esta instalación no puede ser disfrutada por la mayoría de los internos.

5. En el centro hay una sala de videoconferencias que se utiliza para realizar diligencias procesales. Sin embargo, no está prevista la utilización del sistema de videoconferencia para que los internos puedan realizar comunicaciones con familiares. Durante la visita un interno manifestó que no veía a su hijo desde hacía años.

Se formula la SUGERENCIA PRIMERA.

6. Los internos del centro no disponen de Servicio de Orientación Jurídica Penitenciaria, en contra de lo recogido en el parágrafo 152 del Informe Anual 2014.

7. Durante la visita algunos internos manifestaron que la cantidad de productos de higiene que les suministran es insuficiente (indicó que les dan cuatro rollos de papel al mes). No proporcionar dichas necesidades básicas puede suponer por si mismo, un trato degradante.

Se formula la SUGERENCIA SEGUNDA.

8. El estado de limpieza y mantenimiento de las instalaciones no resultaba adecuado, ya que se observaron restos de basura (además de ceniza e insectos muertos). Por otro lado, muchas de las ventanas están muy deterioradas, y no aíslan lo suficiente.

Se formula la SUGERENCIA TERCERA.

9. Se indicó que el centro no dispone de una instalación de fibra óptica, lo que podría afectar entre otros, al sistema de videovigilancia, a las comunicaciones por videoconferencia, o a la telemedicina.

Videovigilancia

10. La cobertura del sistema de videovigilancia resulta insuficiente, ya que solo abarca la zona perimetral y las dos celdas de sujeciones mecánicas.

Se formula la SUGERENCIA CUARTA.

11. Las celdas de sujeción mecánica disponen de videovigilancia, que permite la grabación de las imágenes. No obstante, se informó de que en la celda de contención mecánica situada en el departamento de aislamiento no se graba sonido, a pesar de que el sistema cuenta con soporte de audio.

Se solicita información sobre los motivos por los que el sistema no graba sonido.

 Personal

12. Se constató que en el momento de la visita faltaban por cubrir varias plazas de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT). Esta situación motiva que en algunas ocasiones solo haya un funcionario en cada módulo, lo que implica que no puede realizar las funciones de vigilancia, pues está en el cuarto de funcionarios.

13. Se constató que de los cuatro médicos que están previstos en la Relación de Puestos de Trabajo, el centro cuenta con dos facultativos. Según se informó, se presta asistencia sanitaria presencial en dos turnos de 8 a 15 horas y de 15 a 22 horas. No obstante, al no estar cubiertos todos los puestos de personal sanitario previstos en la RPT afecta irremediablemente a la calidad y la frecuencia de la asistencia sanitaria.

Se formula la SUGERENCIA QUINTA.

14. Durante la visita se observó que no todos los funcionarios iban identificados, contrariamente a lo señalado en el parágrafo 158 del Informe Anual 2014 del MNP (en adelante Informe Anual).

Se formula la SUGERENCIA SEXTA.

Libro denuncias malos tratos

15. El centro cuenta con un Libro de registro de denuncias de malos tratos, no obstante, a pesar de contar el citado libro con una sola anotación, se comprobó que la misma se refería a una protesta de un interno por un cambio de módulo y no a una denuncia por malos tratos. Además el libro se había diligenciado en abril del 2019, y la queja anotada tenía fecha enero de 2018. Asimismo, los apartados «Trámites» y «Resolución autoridad» están sin completar.

Se formula la SUGERENCIA SÉPTIMA.

Medios coercitivos y limitaciones regimentales

16. Resulta positiva la escasa utilización de las sujeciones mecánicas en el centro.

17. El personal del centro refiere que se imparten cursos de resolución pacífica de conflictos, pero no reciben formación sobre aplicación de medios coercitivos.

Se formula la SUGERENCIA OCTAVA.

18. El libro de medios coercitivos recoge la aplicación de la sujeción mecánica sin distinguir cuando se utilizan esposas o correas homologadas, no obstante, esta información se recoge en otro documento denominado libro registro de sujeciones mecánicas. Tras el examen del citado libro, se comprueba que las anotaciones realizadas desde el día 6 de abril de 2017, y hasta la última anotación, no se registran las horas en los campos inicio y cese de la medida. Asimismo, cuando se aplica a un mismo interno un aislamiento provisional junto con una sujeción mecánica, no siempre se especifica la duración de cada medio.

Se formula la SUGERENCIA NOVENA.

19. Se pudo comprobar que el listado del Sistema Informático Penitenciario (SIP) no coincidía con el Libro de registro de medios coercitivos en ninguno de los tipos de medios coercitivos aplicados. Del examen de ambos se deduce que el registro se está efectuando de forma incorrecta en ambos soportes, por lo que  se desconocen cuáles son las cifras reales de la aplicación de medios coercitivos en el centro.

Por ello, se formula la SUGERENCIA DÉCIMA.

20. En las celdas específicas para realizar contenciones mecánicas, las camas disponen de un cabecero de madera que está pegado al colchón, que puede resultar peligroso para el interno en momentos de agitación.

Asimismo, la cama de la celda de contención del módulo de enfermería, no está situada en el centro de la estancia, lo que no garantiza la seguridad de los funcionarios cuando realizan las maniobras de reducción y contención, conforme a las recomendaciones recogidas en el parágrafo 179 del Informe Anual 2014 y en la «Guía de buenas prácticas en contenciones mecánicas», elaborada por el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura.

Se formula la SUGERENCIA DECIMOPRIMERA.

Asistencia sanitaria

21. El centro no dispone de asistencia médica las 24 horas, a pesar del criterio del Defensor del Pueblo manifestado en el parágrafo 201 del Informe Anual 2014.

22. Según se manifestó, la supervisión médica de aquellos internos que están sometidos a sanción o aislamiento provisional se realiza a través del cangrejo de la celda y en presencia de un funcionario de vigilancia, en contra de lo expresado en el parágrafo 189 del Informe Anual 2014.

Se formula la SUGERENCIA DECIMOSEGUNDA.

23. No siempre se anota en los evolutivos de la historia clínica de los internos el resultado de todas las actuaciones médicas.

Se formula la SUGERENCIA DECIMOTERCERA.

24. Los reconocimientos médicos que se realizan a los internos sometidos a aislamiento no se efectúan conforme con un protocolo, por lo que no existen, por tanto, pautas que determinen en qué debe consistir dicho reconocimiento, tal y como se recoge en el parágrafo 81 del Informe Anual 2016.

Se formula la SUGERENCIA DECIMOCUARTA.

25. No se dispone de un registro de solicitudes de asistencia sanitaria. Para pedir esta asistencia el interno debe solicitarlo al funcionario que esté prestando servicio en el módulo, no quedando constancia de los internos que han solicitado la asistencia ni de si esta se ha realizado. Solo queda constancia de la asistencia efectivamente prestada en la historia clínica, lo que no es acorde con el criterio recogido en el parágrafo 202 del Informe Anual 2014. Asimismo, no existe este registro para las solicitudes de asistencia sanitaria urgente.

Por ello, se formula la SUGERENCIA DECIMOQUINTA.

26. Dada la alta prevalencia de trastornos psicológicos y psiquiátricos, sería conveniente instaurar una consulta de psicología clínica, dotándola de personal suficiente para prestar servicios, de conformidad con lo recogido en el parágrafo 207 del Informe Anual 2014 y en los parágrafos 88 y 89 del Informe Anual 2016.

27. No se realiza ningún tipo de telemedicina, lo que evitaría desplazamientos a consultas externas, y los inconvenientes y gastos que éstas conllevan, tal y como se refleja en el parágrafo 199 del Informe Anual 2014.

No se formula sugerencia a este respecto dado que la implantación de esta medida no solo incumbe al centro, sino también a la Administración sanitaria territorial competente.

28. Aunque esta es una cuestión que excede de la concreta situación de este establecimiento, sigue pendiente la integración de los servicios médicos de Instituciones Penitenciarias en los Servicios Públicos de Salud, tal y como se recoge en el parágrafo 197 del Informe Anual 2014. En tanto no se lleve a cabo dicha integración resultaría recomendable que se establecieran convenios de colaboración entre la Administración penitenciaria y las consejerías correspondientes.

29. La administración de alguna parte de la medicación psicótropa dos veces en semana posibilita la acumulación de psicofármacos en poder de los internos, algo que debería evitarse para impedir situaciones de sobredosificación y alteraciones graves de la convivencia.

Se formula la SUGERENCIA DECIMOSEXTA.

30. Se valora positivamente el desarrollo del Programa de Atención Integral al Enfermo Mental (PAIEM), pero se ha de intentar una mayor participación de los profesionales de los servicios médicos en el mismo, con el desarrollo de mayor número de programas, así como elaborar actas de las reuniones del equipo multidisciplinar y solucionar el déficit del Programa de intervención del centro.

Se formula la SUGERENCIA DECIMOSÉPTIMA.

31. De las entrevistas mantenidas con los internos y con el personal del centro, se constata que la atención sanitaria en la consulta ubicada en el módulo de enfermería, se produce con los internos de pie, en la posición más alejada de donde está ubicada la mesa desde donde atiende el médico.

Se formula la SUGERENCIA DECIMOCTAVA.

32. Cuando un interno se incluye en el Programa de Prevención de Suicidios (PPS) se le asigna automáticamente un único interno de apoyo, que es quien está pendiente las 24 horas del día. La forma de selección de los internos de apoyo y el nivel de formación resulta adecuado.

Sin embargo, se considera necesario que cada interno incluido en el PPS disponga de más de un interno de apoyo, con el objetivo de que este interno no tenga que estar las 24 horas del día pendiente.

33. Se hace necesario que se indexe toda la documentación médica existente en formato papel en la historia informática que está empezando a implantar la SGIP en todos los establecimientos penitenciarios. También sería necesario que se exigiese la firma digital para todo documento emitido y la garantía de que una vez firmado no puede ser modificado.

34. La generalización del uso del programa OMI (Oficina Médica Informatizada), independientemente de las numerosas ventajas que tiene, supone una dificultad para poder acceder a la información de las historias clínicas por parte de cualquier evaluador externo (como el Defensor del Pueblo u otros organismos) ya que se precisa una clave de acceso de la que no dispone. Debería arbitrarse un sistema para que se pueda acceder con clave propia al contenido de dicha historia clínica.

Esta cuestión ha sido tramitada en el expediente número …… En la respuesta, ese centro directivo no estima procedente el acceso al programa OMI por parte de evaluadores externos, como el Defensor del Pueblo.

Partes de lesiones

35. El modelo de parte de lesiones es el que está disponible en el del programa OMI (Oficina Médica Informatizada) de la SGIP. El nuevo modelo digital no incorpora todos los elementos de Recomendaciones del «Estudio sobre los partes de lesiones de las personas privadas de libertad» del Defensor del Pueblo, pues no incluye la opción de añadir fotografías.

Sería conveniente que los partes de lesiones describieran con mayor precisión los mecanismos de producción y el agente causal referidos por el interno (golpe, forcejeo, empleo de defensas, uso de esposas, etc.), incluso en ausencia de lesiones objetivables. En caso de diagnóstico de lesiones, se aconseja una descripción detallada de sus características (localización, dimensiones, morfología, coloración, etc.), de forma que se pueda interpretar el grado de coherencia existente entre los signos observados en el examen físico y lo referido por el interno, así como que, en la medida de lo posible, la descripción vaya acompañada de un registro gráfico (fotografías o esquemas) que permita documentar adecuadamente las lesiones existentes, o la ausencia de ellas, de acuerdo con lo recogido en los parágrafos 155 y 156 del Informe Anual 2014, así como las recomendaciones del «Estudio sobre los partes de lesiones de las personas privadas de libertad» del Defensor del Pueblo.

36. Siempre que los médicos atienden unas lesiones emiten el correspondiente parte de lesiones, independientemente del origen que el interno atribuya a las mismas. Además, si refiere un mecanismo lesivo, emiten el parte aunque no se aprecien estas lesiones, lo que resulta adecuado. Sin embargo, a los internos solo se les entrega copia de los partes de lesiones emitidos si lo solicitan expresamente, lo que contradice lo establecido en el parágrafo 156 del Informe Anual 2014.

Se formula la SUGERENCIA DECIMONOVENA.

Actividades y tratamiento

37. Durante la visita se refirió que el maestro del taller cerrajería del centro estaba próximo a su jubilación, y la dirección manifestó que no habían podido gestionar su sustitución, lo que implicaría la desaparición del citado taller.

Se solicita información sobre la cuestión anterior.

Decisión

En consecuencia, con base en estas conclusiones, y al amparo de lo dispuesto en los artículos 9.1 y 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se han iniciado actuaciones ante la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y, se ha efectuado, respecto de ese centro penitenciario, la siguiente

RECOMENDACIÓN

Adoptar las medidas necesarias para la creación de un programa de alfabetización, en colaboración con las autoridades educativas autonómicas, en el que puedan participar todos los internos que lo precisen, y procurar su promoción entre la población penitenciaria.

Asimismo, se han formulado las siguientes

SUGERENCIAS

PRIMERA. Promover la utilización del sistema de videoconferencia para que los internos puedan realizar comunicaciones familiares.

SEGUNDA. Proporcionar a los internos una cantidad suficiente de productos higiénicos.

TERCERA. Mantener el centro en un estado adecuado de limpieza y mantenimiento.

CUARTA. Ampliar la cobertura del sistema de videovigilancia de manera que abarque todas las zonas en las que puedan encontrarse los pacientes, a excepción de las celdas y los baños.

QUINTA. Cubrir los puestos de personal sanitario previstos en la RPT que permanecen vacantes con el fin de garantizar una atención sanitaria de calidad y con una frecuencia adecuada.

SEXTA. Dar indicaciones para que los funcionarios que prestan servicio en este centro penitenciario cumplan con su deber de portar su placa identificativa y vigilar el riguroso cumplimiento de esta previsión.

SÉPTIMA. Dar indicaciones para que el Libro de registro de denuncias por malos tratos se cumplimente de forma correcta.

OCTAVA. Garantizar una adecuada formación continua de los trabajadores del centro.

NOVENA. Unificar en un solo libro registro los medios coercitivos empleados, haciendo distinción del tipo de sujeción mecánica que se aplica, y de las horas de inicio y cese de cada medio coercitivo empleado.

DÉCIMA. Dar indicaciones para que se registre correctamente la aplicación de medios coercitivos en el correspondiente libro de registro y en el SIP, de conformidad con lo indicado en el parágrafo 178 del Informe Anual 2014.

DECIMOPRIMERA. Eliminar los cabeceros de las dos camas donde se realizan contenciones mecánicas, así como situar en el centro la cama de la celda de contención del módulo de enfermería, de manera que se permita el adecuado movimiento alrededor de la misma de las personas que están practicando la inmovilización.

DECIMOSEGUNDA. Dar indicaciones para que las consultas médicas que se realizan a los internos que permanecen cumpliendo sanciones se realicen con carácter general en la consulta existente en los mismos, compatibilizando la dignidad e intimidad del acto médico con la seguridad que resulte en cada caso necesaria.

DECIMOTERCERA. Consignar en el evolutivo de las historias clínicas el resultado de todas las actuaciones médicas.

DECIMOCUARTA. Establecer un protocolo para el reconocimiento médico de los internos sometidos a aislamiento.

DECIMOQUINTA. Protocolizar el sistema de demanda de asistencia sanitaria, tanto a demanda, como urgente.

DECIMOSEXTA. Generalizar en la medicación psicofarmacológica, los tratamientos directamente observados o, al menos, el reparto diario de la medicación.

DECIMOSÉPTIMA. Procurar que los servicios médicos del centro desarrollen más programas específicos para el PAIEM, y se elaboren las actas de las reuniones del equipo multidisciplinar.

DECIMOCTAVA. Adoptar las medidas oportunas para los internos que acuden a pasar consultar al módulo de enfermería, se puedan sentar mientras se produce la consulta.

DECIMONOVENA. Adoptar las medidas oportunas para garantizar que se proporciona siempre copia del parte de lesiones emitido al interesado.

Finalmente, se comunica que la ficha de la visita se encontrará en breve accesible al público en el siguiente enlace:

https://www.defensordelpueblo.es/gestionDocumentalWS/rest/matrizSeguimientoMNP/19016980.

Agradeciendo la colaboración prestada a esta institución, así como la del personal que atendió la visita,

le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

El Defensor del Pueblo está a tu disposición para estudiar tus quejas y problemas

¿Deseas presentar una queja?

También se puede remitir por correo postal, por fax, o entregar en persona, en nuestro servicio de atención al ciudadano en c/ Zurbano, 42 (28010 Madrid).

Si lo prefieres, puedes descargar este formulario en formato pdf Descargar formulario y, una vez que lo hayas cumplimentado, nos lo envías por correo electrónico a: registro@defensordelpueblo.es

Si tienes alguna dificultad para poner tu queja puedes ponerte en contacto con nosotros en el teléfono gratuito 900 101 025, solo disponible para llamadas desde España. Si llamas desde el extranjero marca (+34) 91 432 62 91.