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El contenido de su comunicación ya fue aceptado previamente por lo que la notificación no puede ser rechazada


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Le recordamos que desde aquí puede acceder a la Situación de su queja. Tiene acceso a las comunicaciones mantenidas con el Defensor y la posibilidad de añadir más información o documentación a su expediente.

Sepa que las comunicaciones entre el Defensor y los organismos públicos están sometidas al deber de reserva que establece la Ley Orgánica reguladora de esta Institución (art. 22.2 Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril).


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