05/02/2016
Hoy entra en vigor la Orden ECC/2316/2015, de 4 de noviembre, que establece la obligación de incluir el indicador de riesgo de los productos financieros, consistentes en una clasificación del producto en función del riesgo a través de 6 colores. El verde señala que se trata de un producto seguro y sencillo y el rojo alerta sobre la complejidad del producto, que puede ser difícil de comprender y se pueden producir pérdidas.
La necesidad de clasificar los productos financieros por su riesgo asociado a un aviso de colores surge como una propuesta del Defensor del Pueblo efectuada en el año 2012 y reiterada en distintas ocasiones. Se pretende que los ciudadanos que no conocen el sector financiero estén advertidos por las entidades financieras, al margen de otras informaciones, del tipo de producto que van adquirir y conozcan los posibles riesgos.
Han sido muchos y variados los productos y servicios ofrecidos por las entidades financieras a los clientes sin la adecuada y suficiente información, que permitiese valorar la situación. Los ciudadanos acudieron a la institución cuando conocieron la verdadera naturaleza de lo que habían suscrito. Desde el Defensor se considera que este nuevo aviso ayudará a un mercado más seguro para el consumidor.
Documentación relacionada:
24/04/2014. Nota Prensa – La CNMV prepara un sistema para advertir del riesgo real de los productos financieros, tal y como le pidió el Defensor del Pueblo.
21/11/2012. Nota Prensa – El Banco de España ha aceptado la propuesta de crear un semáforo que alerte sobre el riesgo en los productos bancarios.