Texto
Dentro del marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), el pasado día 26 de enero de 2017, técnicos de esta institución han girado una visita a los calabozos del edificio de juzgados de la Plaza de Colón, 8 de Salamanca.
Consideraciones
Para su conocimiento, en el informe técnico adjunto se detallan las conclusiones y buenas prácticas observadas durante dicha visita.
Decisión
Con base en la conclusión núm. 3, referida a los calabozos del edificio de juzgados de Salamanca, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.1 de la Ley Orgánica 3/1981, del Defensor del Pueblo, se efectúa la siguiente
SUGERENCIA
Adoptar medidas para que el sistema de videovigilancia incluya grabación de imágenes y la cobertura del interior de las celdas, del resto de zonas comunes de la zona de calabozos y de la escalera de acceso al juzgado de guardia, conforme al criterio expresado en los parágrafos 477 del Informe Anual 2010 y 79 del Informe Anual 2014.
En atención a todo lo anterior, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se inicia la correspondiente ACTUACIÓN DE OFICIO, solicitando información en el sentido de si se acepta o no la SUGERENCIA formulada y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación, así como con relación a las otras conclusiones que se detallan en el informe técnico adjunto.
Con esta misma fecha, se da traslado al Juez Decano de Salamanca de la Sugerencia y conclusiones remitidas a esa Secretaría General.
Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta institución,
le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo