Texto
El Defensor del Pueblo ha mostrado desde hace tiempo su preocupación por la situación en la que se encuentran los menores de edad en el Centro de Estancia Temporal para Inmigrantes (CETI). El citado centro, a pesar de los grandes esfuerzos que realiza su personal, no reúne las condiciones adecuadas para albergar a menores de edad, más allá de una primera acogida de emergencia. El grado de sobreocupación que soporta se ha convertido en estructural en los últimos tres años, con un importante cambio de perfil en sus residentes. El día de la última visita girada por personal de esta institución, el pasado 30 de septiembre, el centro cuadriplicaba su capacidad (1.700 personas) y más de 500 personas eran menores de edad, en su mayoría de nacionalidad siria. A la vista de lo expuesto, procede hacer las siguientes:
Consideraciones
1. La carencia de actividades y la inexistencia de espacios seguros para la infancia hace que la situación de los menores de edad necesite de especial atención.
2. El perfil de los menores de edad, en su inmensa mayoría de nacionalidad siria, con desconocimiento el idioma español y con graves traumas y carencias tras las experiencias vividas desde que salieron de su país, dificultan su escolarización normalizada.
Decisión
De conformidad con los artículos 28 y 30 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, reguladora del Defensor del Pueblo, se ha resuelto formular a ese Departamento la siguiente:
RECOMENDACIÓN
Diseñar un plan, con intervención de entidades especializadas en el ámbito de la infancia y en coordinación con la Secretaría General de Inmigración y Emigración, para programar y atender las necesidades educativas específicas de los menores que llegan al CETI.
En la seguridad de que esta recomendación será objeto de atención por parte de ese Departamento.
Le saluda muy atentamente,
Soledad Becerril
Defensora del Pueblo