Jefatura Superior de Policía de Valencia Incluir en los impresos de información de derechos, la posibilidad de interponer hábeas corpus

Tipo de actuación: Sugerencia

Administración: Dirección General de la Policía. Ministerio del Interior

Respuesta de la Administración: Aceptada

Queja número: 17007796


Texto

Dentro del marco de las visitas programadas por el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), el pasado día 26 de abril de 2017, dos técnicos de esta institución realizaron una visita a la Jefatura Superior de Policía de Valencia.

Consideraciones

1.-Al encontrarse inhabilitados los calabozos de dicha Jefatura, dado que la custodia de detenidos en la ciudad de Valencia se lleva a cabo en la Inspección Central de Guardia, del complejo de Zapadores, se giró visita a dicha dependencia.

2.-Para su conocimiento, en el informe técnico adjunto se detallan las conclusiones observadas durante la visita efectuada a la citada ICG.

Decisión

Con base en las conclusiones núms. 5, 6 y 7 y de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 30.1 de la ley Orgánica 3/1981, del Defensor del Pueblo, se efectúan a V.I., respecto de la ICG de Valencia, las siguientes

SUGERENCIAS

1.-Informar a los detenidos, en los impresos de información de derechos, de la posibilidad de interponer un procedimiento de hábeas corpus, tal y como se propone en los parágrafos 476 del Informe Anual 2010 y 78 del Informe Anual 2014.

2.-Dar indicaciones para informar a los detenidos que pueden ser escuchados a través del interfono cuando se encuentran en sus celdas.

3.-Dar indicaciones para proporcionar a cada detenido que ingrese en los calabozos mantas lavadas y no usadas previamente por ningún detenido anterior, de acuerdo con lo expresado en el parágrafo 96 del Informe Anual 2014 del MNP.

En atención a todo lo anterior, y al amparo de lo dispuesto en el articulo 9.1 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, se inicia la correspondiente ACTUACIÓN DE OFICIO, solicitando información en el sentido de si se aceptan o no las SUGERENCIAS formuladas y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación, así como con relación a las otras conclusiones que se detallan en el informe técnico adjunto.

Con esta misma fecha, se da traslado al responsable de la dependencia visitada de las Sugerencias y conclusiones remitidas a esa Dirección General.

Agradeciendo la colaboración que siempre presta a esta institución, así como la del personal que atendió la visita,

le saluda muy atentamente,

Soledad Becerril

Defensora del Pueblo

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