Reforma de aseos para evitar autolesiones de los detenidos o agresiones a los agentes de custodia.

SUGERENCIA:

Reformar el aseo utilizado por los detenidos para evitar que existan elementos que pudieran ser utilizados por aquellos para autolesionarse o agredir a los agentes de custodia, de acuerdo con los criterios establecidos en el parágrafo 83 del Ir a la web del Informe Anual del Defensor del Pueblo en el ejercicio de sus funciones como Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura del año 2014, en pdf y ventana nueva.

Fecha: 29/05/2020
Administración: Ente Público Puertos del Estado. Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Respuesta: Aceptada
Queja número: 19023473

 


Reforma de aseos para evitar autolesiones de los detenidos o agresiones a los agentes de custodia.

Se ha recibido en esta institución su escrito relativo al expediente registrado con el número de referencia arriba indicado.

Consideraciones

1. Se adjunta un informe pormenorizado sobre las condiciones en las que las personas detenidas permanecen en las dependencias, ilustrado con las correspondientes fotografías. Con relación a este informe, en el documento adjunto se ponen de relieve los criterios de esta institución sobre su contenido.

2. Se informa que la autoridad portuaria, en la contestación que remite a esa presidencia, manifiesta desconocer el “objeto o finalidad de la interposición de esta queja ante el Defensor del Pueblo” al ser el interesado representante sindical y agente de la policía portuaria.

Se le debe recordar que toda persona natural o jurídica puede dirigirse al Defensor del Pueblo si lo considera oportuno, de conformidad con la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo.

Las actuaciones que se inician por esta institución no siempre se ciñen a lo planteado por los interesados si no que pueden ir más allá, por lo que los datos que se han solicitado y a los que se dice que podía haber tenido acceso el propio interesado, no tienen por qué tener su origen en el escrito remitido por el compareciente.

3. Con relación al listado de las personas que han ingresado en la sala de contención, de los años 2017 a 2019, se observa que, en algunos casos, dichos ingresos corresponden a varias personas.

Por todo cuanto antecede se adopta la siguiente:

Decisión

En el ejercicio de las responsabilidades que le confieren al Defensor del Pueblo los artículos 54 de la Constitución y 1 y 9 de la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril de 1981, reguladora de esta institución, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 30.1 de aquella ley orgánica, formular a esa presidencia la siguiente:

SUGERENCIA

Reformar el aseo utilizado por los detenidos para evitar que existan elementos que pudieran ser utilizados por aquellos para autolesionarse o agredir a los agentes de custodia, de acuerdo con los criterios establecidos en el parágrafo 83 del Ir a la web del Informe Anual del MNP 2014 en PDF y ventana nueva.

Con relación a los informes emitidos se considera necesario solicitar de esa presidencia nueva información sobre los siguientes aspectos:

1. Se ha observado que hay casos en los que se procede al ingreso de más de una persona en dicha sala, por lo que se solicita informe de las dimensiones de la misma.

2. Con relación a lo anterior, se informe de la edad y sexo de las personas ingresadas en la sala que se relacionan a continuación:

– Dos personas el día .. de enero de 2017 que permanecieron dos horas.

– Cinco personas el día .. de junio de 2017 que permanecieron seis horas y 30 minutos.

– Dos personas el día .. de junio de 2017 que coincidieron durante 35 minutos.

– Dos personas el .. de agosto de 2017 que permanecieron tres horas.

– Dos personas el día .. de diciembre de 2017 que permanecieron una hora y 37 minutos.

– Dos personas el día .. de enero de 2018 que permanecieron una hora y 45 minutos.

– Dos personas el día .. de junio de 2018 que permanecieron tres horas y 31 minutos.

– Cuatro personas el día .. de julio de 2018 que permanecieron dos horas y 10 minutos.

– Dos personas el día .. de diciembre de 2018 que permanecieron dos horas y 40 minutos.

– Dos personas el día ..  de diciembre de 2018 que permanecieron 4 horas.

– Dos personas el día .. de julio de 2019 que permanecieron 30 minutos.

– Dos personas el día .. de agosto de 2019 que permanecieron 4 horas y 47 minutos.

3. Habida cuenta de que el aseo se encuentra en el exterior de la sala, se solicita que informe con qué medios cuentan los detenidos para avisar a los agentes de custodia para su salida y dónde permanecen dichos agentes cuando hay detenidos.

4. Aunque no resulta frecuente, si se ha observado que hay detenidos que se encuentran en la sala durante las horas de desayuno, comida o cena. Por ello se solicita que informe del tipo de alimentación y bebida que se proporciona a los mismos.

En consecuencia, prosigue la actuación solicitando información en el sentido de si se acepta o no la SUGERENCIA formulada y, en caso negativo, las razones que se estimen para su no aceptación, así como se de contestación a las nuevas cuestiones planteadas.

Le saluda muy atentamente,

Francisco Fernández Marugán

Defensor del Pueblo (e.f.)

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