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Patricia Bárcena analiza el papel de instituciones de derechos humanos en la aplicación del Pacto de las Migraciones

La Adjunta Segunda se reúne con representantes de la Agencia de Asilo de la Unión Europea

Ángel Gabilondo: “Los informes del DP son una llamada a la reflexión sobre los problemas reales de la ciudadanía”
Se acusa recibo de su escrito sobre el asunto arriba indicado.
Consideraciones
1. En su respuesta indica que la Oficina de Asilo y Refugio (en adelante, OAR) es el servicio encargado de remitir, mediante correo electrónico, a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras la suspensión de la ejecución de las resoluciones denegatorias de protección internacional. Por su parte, la Dirección General de Política Interior (en adelante, DGPI) reconoce que en el momento actual la Policía Nacional no tiene conocimiento inmediato de todas las cuestiones relevantes que afectan a las solicitudes de protección internacional. Se ha informado de que, al objeto de paliar esta carencia, se va a poner en marcha una nueva aplicación informática, integrada con ADEXTTRA, lo que permitirá a la Policía tener conocimiento inmediato de las anotaciones que se practiquen en ella. Igualmente, la aplicación estará conectada a la plataforma de intermediación de datos, lo que facilitará enormemente el acceso a los datos sobre el estado de tramitación de solicitudes de protección internacional de otros órganos u organismos que lo precisen para el ejercicio de sus competencias. [...]
Se acusa recibo de su escrito sobre el asunto arriba indicado.
Consideraciones
1. En su respuesta indica que la Oficina de Asilo y Refugio (en adelante, OAR) es el servicio encargado de remitir, mediante correo electrónico, a la Comisaría General de Extranjería y Fronteras la suspensión de la ejecución de las resoluciones denegatorias de protección internacional. Por su parte, la Dirección General de Política Interior (en adelante, DGPI) reconoce que en el momento actual la Policía Nacional no tiene conocimiento inmediato de todas las cuestiones relevantes que afectan a las solicitudes de protección internacional. Se ha informado de que, al objeto de paliar esta carencia, se va a poner en marcha una nueva aplicación informática, integrada con ADEXTTRA, lo que permitirá a la Policía tener conocimiento inmediato de las anotaciones que se practiquen en ella. Igualmente, la aplicación estará conectada a la plataforma de intermediación de datos, lo que facilitará enormemente el acceso a los datos sobre el estado de tramitación de solicitudes de protección internacional de otros órganos u organismos que lo precisen para el ejercicio de sus competencias. [...]
Se acusa recibo de su escrito sobre el asunto arriba indicado.
Consideraciones
1. En su respuesta informa de que la normativa específica en materia de Seguridad Social exige, a efectos de cursar la afiliación y alta de los extranjeros en cualesquiera regímenes del sistema de la Seguridad Social, autorización administrativa para trabajar en vigor, expedida por el órgano competente en materia de extranjería. Continúa indicando que los efectos que se despliegan cuando se produce la denegación de la solicitud de protección internacional se regulan en el artículo 37 de la ley reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria poniéndolo en relación con el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (PACAP), cuyo apartado 1 determina que la interposición de cualquier recurso, excepto en casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado si bien, podrá acordarse, de oficio o a instancia de parte, la suspensión de la ejecutividad del acto impugnado en los supuestos previstos en el apartado 2 del citado artículo 117, disponiendo en su apartado 3 que la ejecución del acto se entenderá suspendida si, transcurrido un mes desde que se solicitó, no se hubiera resuelto sobre dicha suspensión. [...]
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