14/04/2021

Desde hace tiempo el Defensor del Pueblo, en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (MNP), está observando cómo cada vez es más frecuente que a los diferentes cuerpos policiales se les dote de armas de descarga eléctrica (pistolas táser).

A este respecto, en las visitas de inspección realizadas por el MNP  se ha constatado la existencia de estas pistolas en algunos cuerpos policiales.

La utilización de estos dispositivos puede suponer una afectación de  derechos fundamentales como el derecho a la vida y a la integridad física, lo que es motivo  de preocupación para el Defensor del Pueblo.

Ya que cualquier cuerpo policial puede disponer de este tipo de armas, el MNP considera necesario que con carácter urgente se aborde la  regulación estatal estableciendo  unas directrices comunes sobre el uso de las armas de descarga eléctrica. De este modo, todos los cuerpos policiales que dispongan de las mismas, tanto a nivel nacional, como autonómico y local, estarán sometidos a un marco normativo común que servirá de protección de los derechos de los ciudadanos contra los que se utilicen evitando que puedan producirse respuestas desproporcionadas.

Consulta de la Recomendación sobre la Regulación del uso de armas de descarga eléctrica