El nuevo bono social eléctrico recoge las recomendaciones del Defensor del Pueblo

11/10/2017

El Defensor del Pueblo (e.f.), Francisco Fernández Marugán, ha valorado positivamente que el Real Decreto que regula la aplicación del bono social de electricidad para consumidores vulnerables recoja las recomendaciones formuladas por la Institución.

Así, la nueva regulación aprobada por el Consejo de Ministros del pasado viernes establece la renta como criterio para acceder al bono social e introduce medidas que protegen a los consumidores en el mercado libre, tal y había recomendado el Defensor del Pueblo.

También contempla que no se corte el suministro por impago sin antes verificar con los servicios sociales la posible situación de vulnerabilidad de los consumidores afectados.

Para el Defensor del Pueblo esta medida es especialmente relevante. La Institución lleva años recomendando establecer procedimientos de comunicación y coordinación entre las empresas suministradoras y los servicios sociales antes de realizar un corte de suministro, para evitar que personas en situación de vulnerabilidad se queden sin electricidad.

Otras recomendaciones del Defensor del Pueblo que incorpora el nuevo bono social eléctrico son la modulación del umbral de renta para proteger a determinados colectivos (menores, mayores y personas con discapacidad) y la introducción de mecanismos de recurso contra las peticiones denegadas.

En las conclusiones de las jornadas sobre protección de los consumidores vulnerables en materia de energía eléctricas organizadas por el Defensor del Pueblo en marzo de 2017, la Institución destacaba la importancia de proteger los hogares donde residan menores de edad, personas mayores y personas con discapacidad.

En opinión de Fernández Marugán, “hay que valorar el principio de interés superior del menor, y el hecho de que la falta de suministro eléctrico afecta al derecho fundamental a la educación, porque en los meses de invierno los menores han de realizar sus tareas escolares después de la puesta de sol”. Del mismo modo, para el Defensor, “las personas mayores y las personas con discapacidad cuentan con unas necesidades particulares que no pueden olvidarse”.

El Defensor del Pueblo envió en abril de este año recomendaciones a la Secretaría de Estado de Energía para que fueran tenidas en cuenta en el reglamento que desarrolla el Real Decreto-Ley 7/2016 sobre el bono social eléctrico.

Estas recomendaciones perseguían definir:

  • – Un concepto de consumidor vulnerable de acuerdo con criterios de renta del consumidor.
  • – Modular el umbral de renta de conformidad con las circunstancias personales.
  • – Dar publicidad suficiente a los requisitos para acceder al bono social.
  • – Establecer un procedimiento de impugnación en caso de denegación del derecho al bono social.
  • – Aplicar el bono social eléctrico a los consumidores vulnerables acogidos al mercado libre.
  • – Proteger contra el corte de suministro a los consumidores vulnerables ante impagos de deudas originado en una refacturación por supuesto fraude.
  • – Proteger especialmente contra el corte de suministro a menores, personas mayores y personas con discapacidad.
  • – Establecer un órgano de cooperación administrativa que se reúna con carácter periódico para resolver los problemas que se planteen en la aplicación de las nuevas medidas.

Precisamente, Fernández Marugán presentará el martes 17 de octubre en la Comisión Mixta Congreso-Senado de Relaciones con el Defensor del Pueblo el estudio “Protección de los consumidores vulnerables en materia de energía eléctrica”, que recopila la doctrina de la Institución en esta materia.

 

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