Deudores hipotecarios

La regulación del mercado hipotecario debe respetar el derecho a una vivienda digna y el ejercicio de los demás derechos constitucionales vinculados. Al interpretar las normas sobre concesión y ejecución de las hipotecas estos derechos deben ser protegidos.

En la actual  situación de crisis económica, numerosas personas no pueden hacer frente al pago de las cuotas hipotecarias. El Defensor del Pueblo propone establecer un procedimiento de segunda oportunidad que concilie los intereses de acreedores y deudores para facilitar el pago de las deudas y encauzar la economía doméstica sobreendeudada.


CLÁUSULAS SUELO

El día 21 de enero se publicó en el BOE el Real Decreto Ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, en el que se prevé un sistema de reclamación previa a la interposición de actuaciones judiciales de obligada implantación para las entidades de crédito.

– La reclamación extrajudicial prevista es voluntaria para el consumidor. Se puede formular desde la entrada en vigor de la norma.

– El procedimiento es gratuito.

– El plazo para resolver es de 3 meses.

– Presentada la reclamación la entidad tiene que remitir una comunicación al consumidor con el desglose de la cantidad a devolver más los intereses. Si la entidad considera que la devolución no procede, comunicará las razones de su decisión y cerrará el procedimiento.

– La norma admite que se pueda acordar una medida compensatoria diferente de la devolución del efectivo. En este caso la entidad debe facilitar una valoración que permita conocer el efecto de la medida compensatoria y concederá un plazo de 15 días para que el consumidor manifieste su conformidad.

– Las cantidades devueltas no tributan en IRPF.

– Para ejercicios fiscales no prescritos habrá que regularizar la situación:

     a) si se aplicó la deducción por inversión en vivienda habitual y

     b) si se descontó la cantidad pagada en concepto de cláusula suelo como gasto deducible.

– Si no hay acuerdo y se acude a los tribunales de justicia rigen otras normas.

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